Es cuando un servidor publico viola un deber o incurre en una prohibicion o en una incompatibilidad, inhabilidad, impedimento, conflictos de intereses, o en extralimitacion o abuso de derechos y funciones.
La Ley 734 de 2002, Codigo Disciplinario Unico, consagra una serie de deberes y prohibiciones para los servidores publicos. La incursion en cualquiera de los comportamientos previstos en este Codigo o el incumplimiento de deberes y prohibiciones constituye falta disciplinaria y da lugar a la accion e imposicion de la sancion correspondiente.
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