Para que se apruebe la reforma estatutaria debe contar con el quorum establecido en el articulo 29, literal e, numeral 2, de la ley 743 de 2002, el cual establece que para la reforma de estatutos ?Solamente podra instalarse la asamblea de afiliados o delegados, con no menos de la mitad mas uno de sus miembros y se requiere el voto afirmativo de por lo menos los dos tercios (2/3) de estos??
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