El Tribunal de Garantias tiene la funcion de velar porque las elecciones se lleven a cabo en debida forma, es decir, conforme a la ley, los estatutos, o las decisiones adoptadas en asamblea previa con el quorum requerido por el articulo 29 de la ley 743 de 2002. es de anotar que segun lo se?alado en el paragrafo 1 del articulo 31 de la ley 743 de 2002, no existe ningun impedimento de tipo legal que prohiba la existencia de relaciones de consanguinidad, (relacion de hermanos et.), entre un miembro del tribunal de garantias y uno de los candidatos a la eleccion de dignatarios, como quiera que los unicos requisitos exigidos por la ley, son que el miembro del tribunal, no sea ni candidato a la eleccion, ni dignatario de la Junta de Accion Comunal.
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