La notificacion personal es el medio idoneo para dar a conocer a los afectados de las actuaciones y decisiones tomadas dentro de un proceso en el cual este siendo parte, si la persona no atiende el llamado a notificarse personalmente dentro de los cinco (5) dias siguientes a la citacion, opera subsidiariamente la fijacion del edicto durante diez (10) dias. Pues para garantizar a los afectados el debido proceso debe agotarse la notificacion personal a cada uno de ellos. De no ser asi, se cercenaria su derecho de defensa y contradiccion.
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