La afiliacion es la inscripcion directa en el libro de afiliados y la realiza el secretario de la junta, quien debera revisar si el interesado cumple o no los requisitos. En el caso en que se niegue o impida la inscripcion, esta procedera mediante solicitud escrita y radicada con la firma de recibido por el secretario de la organizacion o el organismo interno que los estatutos determinen o en su defecto ante la personeria local o la entidad publica que ejerce inspeccion, vigilancia y control. Si existe justa causa para no hacer la inscripcion, el la Comision de Convivencia y Conciliacion de la junta resolver la situacion dentro de los tres (3) dias habiles siguientes; si dentro de este termino no hay pronunciamiento alguno, se inscribira automaticamente al peticionario.
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