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  Gaceta Numero: 7884 - 1

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GACETA 7884 ? 1 CORRESPONDIENTE A MARZO 5 DE 2010.

Gobernación del Atlántico
Secretaria Privada
CONTRATO No 0132*2010*000006
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE APOYO A LAS GESTION SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO Y HUGO JOSE PENSO CORREA
Entre los suscritos a saber, JAIME ALEJANDRO AMIN HERNANDEZ, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía N? 72.134.948 de Barranquilla, actuando en nombre del Departamento del Atlántico en su condición de Secretario Privado, por una parte y quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, Y por la otra parte, y HUGO JOSE PENSO CORREA mayor de edad identificado con el Nit. 79.487.227-2 quién en adelante se denominará el CONTRATISTA, acuerdan celebrar el presente contrato de prestación de servicios profesionales de apoyo a la gestión contenido en las cláusulas que aquí se enuncian previas las siguientes consideraciones: 1) Que el Departamento del Atlántico a través de la Secretaria Privada, por solicitud de la Asesora de Comunicaciones Emeralda Ariza mediante documento de fecha enero 6 de 2010, requiere contratar "La prestación de servicios profesionales de apoyo a la gestión en el área de la Asesoría de Comunicaciones quien apoyara los procesos , situaciones y hechos comunicativos a nivel periodístico y organizacional para el mejor funcionamiento de dicha dependencia"2) Que de conformidad con la Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y demás decreto reglamentarios y el documento denominado "Certificado de Idoneidad y Solicitud de Oferta para la Celebración de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Apoyo a la Gestión de la Administración Departamental", de fecha 7 de abril de 2009 suscrito por el Secretario Privado se solicitó al comunicador social y periodista HUGO JOSE PENSO CORREA presentara oferta aceptando o no las condiciones expuestas en dicho documento. 3) Que mediante documentos de fecha enero 26 de 2010 el comunicador social y periodista HUGO JOSE PENSO CORREA, presenta su propuesta donde clara y expresamente señala que acepta las condiciones establecidas en el documentos denominado Certificado e Idoneidad y Solicitud de Oferta para la Celebración de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Apoyo a la Gestión de la Administración Departamental". 4) Que mediante constancia de fecha enero 27 de 2010 suscrita por el Secretario Privado se evaluó la oferta presentada por el comunicador social y periodista HUGO JOSE PENSO CORREA y en consecuencia se considera procedente su contratación. 5) Que existe la disponibilidad requerida según certificado No. 300444 del 25 de enero de 2010. OBJETO: EL CONTRATISTA, se compromete y obliga para con EL DEPARTAMENTO a prestar sus servicios profesionales en la Asesoría de Comunicaciones, como comunicador social y periodista apoyando los procesos, situaciones y hechos comunicativos a nivel periodístico y organizacional con el fin de mejorar la estructura y el funcionamiento de dicha dependencia de conformidad con el estudio de Conveniencia y Necesidad Para Contratación De Apoyo a la Gestión suscrito por Esmeralda Ariza Hernández Asesora De Comunicaciones de enero 6 de marzo de 2010 Y el Certificado de Idoneidad Conveniencia para la Celebración de un contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión del Departamento, la oferta del contratista. Documentos todos que forman parte integral del presente contrato. PARAGRAFO PRIMERO: AUTONOMIA DEL CONTRATISTA. Las labores que cumple el CONTRATISTA en virtud del presente contrato las ejecuta con autonomía, en consecuencia no genera ningún vínculo laboral entre el DEPARTAMENTO y el CONTRATISTA. PARAGRAFO SEGUNDO: Las partes manifestaran y así debe quedar consignado y aceptado en el contrato que no se incluye el pago de gastos de transporte ni alimentación por parte del Departamento ni el factor de riesgo del transporte y de prestar el transporte por parte del Departamento este no asume el factor de riesgo de dicho transporte. PARAGRAFO TERCERO: Si se presentaren desplazamientos hacia otra ciudad distinta del domicilio del contratista, los gastos de alimentación y alojamiento serán a cargo del Departamento, previo concepto favorable y autorización expresa del interventor del contrato, ofreciendo el Departamento cancelar por este concepto la tarifa fija de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/L ($350.000) y media tarifa cuando no se pernocte en el lugar. Lo anterior no incluirá los gastos que tenga el Contratista por concepto de tiquetes aéreos y/o terrestres; estos serán cotizados en los rangos de tarifas económicas que se ofrezcan en el mercado y cancelados por el Departamento al Contratista. PLAZO DE EJECUCION: EL CONTRATISTA deberá desarrollar los servicios objeto del presente contrato a partir del acto aprobatorio de la garantía y hasta el 8 de diciembre de 2010. VIGENCIA: La vigencia del presente contrato contiene el plazo del contrato y cuatro meses más. VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor total del contrato corresponde a la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/L($43.550.000.oo) exento de I.V.A. La suma antes señalada se cancelará así: Un pago anticipado del 30% por valor de ($13.065.000.00) El saldo en cuotas mensuales vencidas, excepto la del mes de diciembre de 2010 que se causara el 8 del mismo mes y año previo recibido a satisfacción por parte del interventor del contrato y al lleno de los requisitos administrativos exigidos para el pago de la cuenta. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de este contrato que no se haya incurso en inhabilidad e incompatibilidad de orden constitucional o legal para suscribirlo. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en el área de noticias, crónicas y reportajes internos y externos que produzcan noticias para los medios. 2) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en la redacción de los boletines de prensa con las declaraciones o pronunciamientos del Gobernador y/o los funcionarios de la administración departamental para los noticieros de la mañana. 3) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en la atención periodística de las reuniones del Gobernador. 4) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en la Coordinación y divulgación periodística de la agenda del Gobernador. 5) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en el cubrimiento periodístico cuando se produzcan visitas a nuestro departamento de funcionarios del gobierno central , como ministros, gerentes y representantes de entidades oficiales; entes territoriales como gobernadores y alcaldes: cuerpos consulares y embajadores y en general visitantes de importancias que generen noticias. 6) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en la redacción y corrección de los boletines de prensa generados por otras dependencias y enviados para su divulgación en los medios de comunicación. 7) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en la vigilancia y publicación de las noticias en la página web previa autorización de la Asesora de Comunicaciones. 8) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones en la selección del material fotográfico de los boletines de prensa previa aceptación de la Asesora de Comunicaciones. 9) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones recopilando y filtrando las noticias que se generen en la Región del Caribe y dando divulgación local de las que se requieran. 10) poyar a la Asesoría de Comunicaciones en el archivo físico y virtual de las noticias donde sea parte la administración departamental. 11) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en la atención de la información que se genera desde la Federación Nacional de Departamentos, realizando boletines de interés para el Departamento y lograr su divulgación dentro de los federados, igualmente deberá mantener actualizando dicho archivo físico y virtual incluyendo material fotográfico y de grabación. 12) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones, en el cubrimiento de las notas periodísticas que se produzcan como resultado de los consejos de gobierno, consejos de seguridad, y las agendas conjuntas de la Gobernador y del Alcalde de Barranquilla. 13) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en el planteamiento de las estrategias en el área de comunicaciones. 14) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en la gerencia del trabajo periodístico encaminado a la publicación en los medios de comunicación que se produzcan en la administración. 15) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones, en la elaboración de los boletines de prensa, y en el manejo de lobby de los reporteros, corresponsales y editores y directores de los medios. 16) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones en la redacción, coordinación y edición de los documentos que se produzcan en la dependencia como periódicos, tabloides y universal. 17) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones, formando parte de aquellos grupos organizaciones creados o que se creen para contribuir a la planificación y ejecución de los planes de acción requeridos para garantizar una buena labor comunicación al de la administración departamental. 18) Apoyar a la Asesoría de Comunicaciones, en las convocatorias de ruedas de prensa. CLAUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMUN al presente contrato se incorporan las cláusulas excepcionales al derecho común estipuladas en los artículos 14 al 18 de la Ley 80 de 1993.GARANTIAS: El contratista prestará garantía única para avalar las obligaciones surgidas de este contrato la cual podrá consistir en garantía bancaria o póliza de compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. La misma debe cubrir los siguientes riesgos: 1) El pago anticipado por el1 00% del valor entregado por el plazo del contrato y cuatro meses más 2) El cumplimiento del contrato: por el 20% del valor del contrato por el plazo del contrato y 4 meses más. IMPUTACION PRESUPUESTAL: El presente contrato se imputará al Capitulo: 2.11.11.11.12.12 Artículo: 2082 del Presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2010. CLAUSULA PENAL PECUNIARIA. El contratante fija como valor de esta cláusula la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA y CINCO MIL PESOS M/L ($4.355.000.00), la cual se deducirá del valor de la garantía del contrato, o del saldo a favor de EL CONTRATISTA si lo hubiere y se hará efectiva directamente por la entidad contratante, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total, y se considerará como pago parcial, pero definitivo de los perjuicios causados a la entidad contratante. CLAUSULA MULTAS: En caso de incumplimiento parcial o de cumplimiento tardío o defectuoso a sus obligaciones, EL CONTRATISTA se hará acreedor a multas diarias sucesivas equivalentes al uno por ciento (1.0%) del valor total del contrato, sin que llegue a superar el cinco por ciento (5.0%) del valor del contrato. PARAGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza a EL DEPARTAMENTO a la deducción del valor correspondiente por este concepto del saldo que se le adeude en virtud de la ejecución del presente contrato. PROHIBICION DE CESION. EL CONTRATISTA no podrá ceder los derechos y obligaciones contraídas mediante el presente contrato salvo autorización expresa y escrita del DEPARTAMENTO. JURISDICCION COMPETENTE. Las controversias que se susciten en torno al presente contrato serán dirimidas por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. LIQUIDACION: El presente contrato será objeto de liquidación de común acuerdo entre las partes, o de manera unilateral por parte de EL DEPARTAMENTO a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del contrato, a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga, según el caso. DOMICILIO: Para todos los efectos legales el domicilio contractual es la ciudad de Barranquilla. CONTROL EN LA EJECUCION DEL CONTRATO: El DEPARTAMENTO por conducto de un Interventor supervisará y controlará la debida ejecución del contrato, para tal efecto el Interventor tendrá las siguientes atribuciones: 1) Verificar que EL CONTRATISTA cumpla con las obligaciones señaladas en este contrato y en la propuesta. 2) Informar al DEPARTAMENTO respecto a las demoras o incumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA. 3) Certificar respecto al cumplimiento de EL CONTRATISTA, dicha certificación se constituye en requisito previo para cada uno de los pagos que se debe realizar. 4) No puede adoptar decisión alguna de manera inconsulta con EL DEPARTAMENTO. 5) Proyectar las actas de suspensión, reinicio y liquidación del contrato. REQUISITO ESPECIAL DE LEGALIZACION: Para la celebración, renovación o liquidación del presente contrato, requerirá del cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de sus obligaciones con el sistema de seguridad social integral. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 de la ley 789 de 2002. EJECUCION: Para la ejecución del contrato se requerirá aprobación de la garantía a que descritas anteriormente y el registro presupuestal correspondiente. IMPUESTOS: E11% De Su Valor Por Pro-Cultura, E11% De Su Valor Por Pro-Desarrollo, El 1 % De Su Valor Por Pro-Electrificación, El 1.5% De Su Valor Por Pro-Ciudadela, el 1 % de su valor por estampillas Pro Hospitales de 1er y 2do nivel-.

Dado en Barranquilla a los 27 de Enero de 2010.

JAIME AMIN HERNANDEZ
Secretario Privado
HUGO JOSE PENSO CORREA
Contratista.




Gobernación del Atlántico
Secretaria Privada
CONTRATO No 0132*2010*000020
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE APOYO A LAS GESTION SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO Y SANTOS DE JESUS SUAREZ BADILLO
Entre los suscritos a saber, JAIME ALEJANDRO AMIN HERNANDEZ, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía N? 72.134.948 de Barranquilla, actuando en nombre del Departamento del Atlántico en su condición de Secretario Privado, por una parte y quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, y por la otra parte, y SANTOS DE JESUS SUAREZ BADILLO mayor de edad identificado con el Nit. 72.123.465-1 quién en adelante se denominará el CONTRATISTA, acuerdan celebrar el presente contrato de prestación de servicios profesionales de apoyo a la gestión contenido en las cláusulas que aquí se enuncian previas las siguientes consideraciones: 1) Que el Departamento del Atlántico a través de la Secretaria Privada, por solicitud de la Asesora de Comunicaciones Emeralda Ariza mediante documento de fecha enero 6 de 2010, requiere contratar la prestación de servicios profesionales en la Asesoría de Comunicaciones, como comunicador social y periodista apoyando los procesos, situaciones y hechos comunicativos a nivel periodístico y organizacional con el fin de mejorar la estructura y el funcionamiento de dicha dependencia 2) Que de conformidad con la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 2474 de 2008 y el documento denominado "Certificado de Idoneidad y Solicitud de Oferta para la Celebración de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Apoyo a la Gestión de la Administración Departamental", de fecha 22 de enero suscrito por el Secretario Privado se solicitó al comunicador social y periodista SANTOS DE JESUS SUAREZ BADILLO presentara oferta aceptando o no las condiciones expuestas en dicho documento. 3) Que mediante documentos de fecha enero 27 de 2010 el comunicador social y periodista SANTOS DE JESUS SUAREZ BADILLO, presenta su propuesta donde clara y expresamente señala que acepta las condiciones establecidas en el documentos denominado Certificado e Idoneidad y Solicitud de Oferta para la Celebración de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Apoyo a la Gestión de la Administración Departamental". 4) Que mediante constancia de fecha enero 28 de 2010 suscrita por el Secretario Privado se evaluó la oferta presentada por el comunicador social y periodista SANTOS DE JESUS SUAREZ BADILLO y en consecuencia se considera procedente su contratación. 5) Que existe la disponibilidad requerida según certificado No. 300359 del 22 de enero de 2010. OBJETO: EL CONTRATISTA, se compromete y obliga para con EL DEPARTAMENTO a prestar sus servicios profesionales en la Asesoría de Comunicaciones, como comunicador social y periodista apoyando los procesos, situaciones y hechos comunicativos a nivel periodístico y organizacional con el fin de mejorar la estructura y el funcionamiento de dicha dependencia de conformidad con el estudio de Conveniencia y Necesidad Para Contratación De Apoyo a la Gestión suscrito por Esmeralda Ariza Hernández Asesora De Comunicaciones de fecha 6 de enero de 2010 y el Certificado de Idoneidad Conveniencia para la Celebración de un contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión del Departamento, la oferta del contratista. Documentos todos que forman parte integral del presente contrato. PARAGRAFO PRIMERO: AUTONOMIA DEL CONTRATISTA. Las labores que cumple el CONTRATISTA en virtud del presente contrato las ejecuta con autonomía, en consecuencia no genera ningún vínculo laboral entre el DEPARTAMENTO y el CONTRATISTA. PARAGRAFO SEGUNDO: Las partes manifestaran y así debe quedar consignado y aceptado en el contrato que no se incluye el pago de gastos de transporte ni alimentación por parte del Departamento ni el factor de riesgo del transporte y de prestar el transporte por parte del Departamento este no asume el factor de riesgo de dicho transporte. PARAGRAFO TERCERO: Si se presentaren desplazamientos hacia otra ciudad distinta del domicilio del contratista, los gastos de alimentación y alojamiento serán a cargo del Departamento, previo concepto favorable y autorización expresa del interventor del contrato, ofreciendo el Departamento cancelar por este concepto la tarifa fija de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/L ($350.000) Y media tarifa cuando no se pernocte en el lugar. Lo anterior no incluirá los gastos que tenga el Contratista por concepto de tiquetes aéreos y/o terrestres; estos serán cotizados en los rangos de tarifas económicas que se ofrezcan en el mercado y cancelados por el Departamento al Contratista. PLAZO DE EJECUCJON: EL CONTRATISTA deberá desarrollar los servicios objeto del presente contrato a partir del acto aprobatorio de la garantía y hasta el 8 de diciembre de 2010. VIGENCIA: La vigencia del presente contrato contiene el plazo del contrato y cuatro meses más. VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor total del contrato corresponde a la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/L($43.550.000.oo) exento de I.VA La suma antes señalada se cancelará así: Un pago anticipado del 30% por valor de ($13.065 .. 000.00) El saldo en cuotas mensuales vencidas, excepto la del mes de diciembre de 2010 que se causara el 8 del mismo mes y año previo recibido a satisfacción por parte del interventor del contrato y al lleno de los requisitos administrativos exigidos para el pago de la cuenta. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de este contrato que no se haya incurso en inhabilidad e incompatibilidad de orden constitucional o legal para suscribirlo. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en la redacción y revisión de los documentos que de ella emanen como comunicados de prensa etc. 2)Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en la vigilancia de los contenidos de los comunicados de prensa y demás documentos que de ella emanen. 3) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en el planteamiento de las estrategias en el área de comunicaciones. 4) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en el manejo de las comunicaciones, relaciones públicas y campañas publicitarias. 5) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en la gerencia del trabajo periodístico encaminado a la publicación en los medios de comunicación que se produzcan en la administración. 6) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en la elaboración de lo boletines de prensa, y en el manejo de lobby de los reporteros, corresponsales, editores y directores de los medios. 7) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en la redacción, coordinación y edición de los documentos que se produzcan en la dependencia como periódicos, tabloides y universal. 8) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en la difusión de las noticias de la Administración Municipal. 9) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones formando parte de aquellos grupos organizacionales creados o que se creen para contribuir a la planificación y ejecución de los planes de acción requeridos para garantizar una buena labor comunicacional de la administración departamental. 10) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en la producción del programa lnstitucional de televisión que se transmite por Telecaribe. 1) Brindar apoyo a la Asesoría de Comunicaciones, en el área de crónicas y reportajes internas y externas que produzcan noticias para los medios. CLAUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMUN al presente contrato se incorporan las cláusulas excepcionales al derecho común estipuladas en los artículos 14 al18 de la Ley 80 de 1993.GARANTIAS: El contratista prestará garantía única para avalar las obligaciones surgidas de este contrato la cual podrá consistir en garantía bancaria o póliza de compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. La misma debe cubrir los siguientes riesgos: 1) El pago anticipado por el 100% del valor entregado por el plazo del contrato y cuatro meses más 2) El cumplimiento del contrat9: por el 20% del valor del contrato por el plazo del contrato y 4 meses más. IMPUTACION PRESUPUESTAL: El presente contrato se imputará al Capitulo: 2.11.11.11.12.12 Artículo: 2082 del Presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2010. CLAUSULA PENAL PECUNIARIA. EL DEPARTAMENTO En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de EL ASOCIADO o de declaratoria de caducidad, éste deberá pagar al DEPARTAMENTO una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato sin que para el efecto sea necesario ningún tipo de requerimiento ni acto administrativo que la imponga y podrá ser descontada al momento de liquidarse el mismo o cobrarse a través de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El valor que se haga efectivo se considerará como pago parcial pero no definitivo por los perjuicios causados al DEPARTAMENTO. CLAUSULA MULTAS: En caso de incumplimiento parcial o de cumplimiento tardío o defectuoso a sus obligaciones, EL CONTRATISTA se hará acreedor a multas diarias sucesivas equivalentes al uno por ciento (1.0%) del valor total del contrato, sin que llegue a superar el cinco por ciento (5.0%) del valor del contrato. PARAGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza a EL DEPARTAMENTO a la deducción del valor correspondiente por este concepto del saldo que se le adeude en virtud de la ejecución del presente contrato. PROHIBICION DE CESION. EL CONTRATISTA no podrá ceder los derechos y obligaciones contraídas mediante el presente contrato salvo autorización expresa y escrita del DEPARTAMENTO. JURISDICCION COMPETENTE. Las controversias que se susciten en torno al presente contrato serán dirimidas por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. LIQUIDACION: El presente contrato será objeto de liquidación de común acuerdo entre las partes, o de manera unilateral por parte de EL DEPARTAMENTO a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del contrato, a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga, según el caso. DOMICILIO: Para todos los efectos legales el domicilio contractual es la ciudad de Barranquilla. CONTROL EN LA EJECUCION DEL CONTRATO: El DEPARTAMENTO por conducto de un Interventor supervisará y controlará la debida ejecución del contrato, para tal efecto el Interventor tendrá las siguientes atribuciones: 1) Verificar que EL CONTRATISTA cumpla con las obligaciones señaladas en este contrato y en la propuesta. 2) Informar al DEPARTAMENTO respecto a las demoras o incumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA. 3) Certificar respecto al cumplimiento de EL CONTRATISTA, dicha certificación se constituye en requisito previo para cada uno de los pagos que se debe realizar. 4) No puede adoptar decisión alguna de manera inconsulta con EL DEPARTAMENTO. 5) Proyectar las actas de suspensión, reinicio y liquidación del contrato. REQUISITO ESPECIAL DE LEGALIZACiON: Para la celebración, renovación o liquidación del presente contrato, requerirá del cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de sus obligaciones con el sistema de seguridad social integral. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 de la ley 789 de 2002. EJECUCION: Para la ejecución del contrato se requerirá aprobación de la garantía a que descritas anteriormente y el registro presupuestal correspondiente. IMPUESTOS: El 1 % De Su Valor Por Pro-Cultura, El 1 % De Su Valor Por Pro-Desarrollo, El 1 % De Su Valor Por Pro-Electrificación, El 1.5% De Su Valor Por Pro-Ciudadela, el 1 % de su valor por estampillas Pro Hospitales de 1er y 2do nivel-

Dado en Barranquilla a los 28 de enero de 2010.
JAIME AMIN HERNANDEZ
Secretario Privado
SANTOS DE JESUS SUAREZ BADILLO
Contratista.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO
OTROSI No. 0110*2009*000083*07*6
,
OTROSI No.01 AL CONTRATO No.0110*2009*000084 SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO Y EL CENTRO DE EVENTOS Y EXPOSICIONES DEL CARIBE S.A.- CEEC S.A. PARA LA SUSCRIPCION DE 4.000.000 DE ACCIONES.
Entre los suscritos, EDUARDO VERANO DE LA ROSA, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No.7.458.360 de Barranquilla, Gobernador, actuando en nombre del Departamento del Atlántico, quien en adelante se denominará EL SUSCRIPTOR, y por la otra, JULIO LUIS JACOME DE LA PEÑA, mayor, e identificado como aparece al pie de su firma, quien en su calidad de Gerente General de CENTRO DE EVENTOS Y EXPOSICIONES DEL CARIBE S.A. "CEEC S.A.", constituida por Escritura Pública No. 2291 del 23 de octubre de 20081 en la Notaría 3a de Barranquilla, inscrita en la Cámara de Comercio de Barranquilla el 29 de octubre de 2008, bajo el No. 143.825, con Nit No. 900.249.143-1, quien en adelante se denominará EL EMISOR, se ha celebrado el presente otrosi al contrato, contenido en las cláusulas que aquí se enuncian previas las siguientes consideraciones: 1) Que el 18 de diciembre de 2009 se suscribió el contrato NO.0110*2009*000084 entre el Departamento del Atlántico y El EMISOR .. 2) Que según el objeto del contrato es la suscripción de 4.000.000 acciones nominativas por parte de EL SUSCRIPTOR que la sociedad CENTRO DE EVENTOS Y EXPOSICIONES DEL CARIBE S.A. ha ofrecido, entrando a formar parte de dicha sociedad como accionista con la participación accionaría que aparece en acta de Asamblea de Accionista y en el reglamento de colocación de acciones que forma parte de este contrato, y que le precede como antecedente. 3) Que se ha recibido solicitud del CENTRO DE EVENTOS y EXPOSICIONES DEL CARIBE S.A. en la cual manifiestan que por encontrarse este contrato tipificado dentro del Código de Comercio como un contrato de suscripción de acciones, la minuta debe ajustarse a los parámetros estipulados en la Ley de conformidad con el Código mencionado. 4) Que por lo anteriormente expuesto, el Secretario de Desarrollo Económico, ha solicitado el otrosí al contrato antes señalado. 5) Que con fundamento en lo anterior la Secretaría Jurídica procede a realizar las siguientes modificaciones. CLAUSULA PRIMERA: Modifíquese la Cláusula Primera: Objeto; la cual quedará así:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO: La suscripción por parte de EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO de 4.000.000 de acciones nominativas de valor nominal de $1.000.00 cada una en la sociedad CENTRO DE EVENTOS Y EXPOSICIONES DEL CARIBE S.A, entrando a formar parte en calidad de accionista. CLAUSULA SEGUNDA: Modifíquese la Cláusula Segunda: Obligaciones de las Partes; la cual quedará así: CLAUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES. A-DE EL EMISOR 1) Emitir las acciones y expedir los títulos a nombre de EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO. 2) Se obliga a entregar al Departamento del Atlántico las acciones descritas en la cláusula primera. B-DE EL SUSCRIPTOR: 1) Pagar A EL EMISOR el valor de las acciones en la forma establecida en la cláusula sexta. 2) Designar un funcionario que supervise el recibo de los TITULOS de las acciones emitidas y entregadas. CLAUSULA TERCERA: Modifíquese la Cláusula Quinta: Valor del Contrato: la cual quedará así CLAUSULA QUINTA: VALOR. Para todos los efectos fiscales, la suscripción de las acciones respectivas se hará por un valor de CUATRO MIL MILLONES DE PESOS ($4.000.000.000.oo).

CLAUSULA CUARTA: Modifíquese la Cláusula Sexta: Forma de Pago: la cual quedará así CLAUSULA SEXTA: FORMA DE PAGO. EL SUSCRIPTOR pagará a EL EMISOR, el valor de las acciones de la siguiente manera, de conformidad con el reglamento: A) Una cuota inicial correspondiente a la tercera parte de las acciones suscritas B) El saldo restante se cancelara en tres cuotas en las fechas estipuladas en el reglamento de colocación de acciones. CLAUSULA QUINTA: Modifíquese el numeral 5) de la Cláusula Décima Segunda: Control en la Ejecución del contrato, la cual quedará así: 5) Supervisar el recibo y el contenido de los títulos de las acciones emitidas y entregadas CLAUSULA SEXTA: Modifíquese la Cláusula Décima Tercera: Publicación e Impuestos, la cual quedará así CLAUSULA DECIMA TERCERA: PUBLICACION E IMPUESTOS. El presente contrato debe ser publicado en la Gaceta Departamental por cuenta de EL SUSCRIPTOR. Dada la naturaleza del contrato no se causan impuestos de legalización. CLAUSULA SEPTIMA: Elimínese las Siguientes Cláusulas: CLAUSULA CUARTA: VIGENCIA. CLAUSULA TERCERA EJECUCION DEL CONTRATO Y CLAUSULA OCTAVA: MULTAS y su parágrafo. CLAUSULA OCTAVA: Todas las demás cláusulas del contrato objeto de la presente modificación continúan iguales.
CLAUSULA NOVENA: Esta adición deberá publicarse en la Gaceta Departamental por cuenta de EL DEPARTAMENTO.

Dado en Barranquilla, a los 30 de Diciembre de 2009.

EDUARDO VERANO DE LA ROSA
El Suscriptor
JULIO LUIS JACOME DE LA PEÑA
El representación del Emisor.


Desarrollo Económico
Contrato No. 0110*2010*000003
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO Y CLAUDIA MARCELA YURGAKY REY
CONTRATANTE: DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO JAIME BLANCO ARISTIZABAL, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nro.8.738.432 de Barranquilla, Subsecretario de Gestión Empresarial encargado de las funciones del Secretario de Desarrollo Económico según Decreto No. 000021 de enero 26 de 2010, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo, mediante Resolución No. 000083 del 18 de mayo de 2004, con fundamento en lo normado en los Artículos 12 y 25; numeral 10 de la Ley 80 de 1993, 14 del Decreto 679 de 1994, 51 de la Ley 179 de 1994, 9 de la Ley 489 de 1998, 37 del Decreto 2150 de 1995, artículo 81 del Decreto 0066 de 2008, reglamentario de la Ley 1150 de 2007, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra parte CLAUDIA MARCELA YURGAKY REY, mayor de edad identificado con la cédula de ciudadanía No, 32.741.630 de Barranquilla, actuando en su condición de CONTRATISTA.

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO. EL CONTRATISTA se compromete y obliga para con EL DEPARTAMENTO a prestar los servicios profesionales como apoyo a la gestión de la Secretaría de Desarrollo Económico para la asesoría y acompañamiento en las áreas de evaluación al desarrollo de proyectos de carácter agroproductivo y empresarial, así como la elaboración y seguimiento de los planes de acción y construcción y evaluación de indicadores de gestión y resultado. Todo de conformidad con el estudio previo, análisis de necesidad y propuesta del contratista, documentos todos que forman parte integral del presente contrato.

CLAUSULA SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES. A- DEL CONTRATISTA: 1) Cumplir con el objeto del contrato de la forma establecida en su propuesta. 2) Constituir la garantía a que alude la Cláusula Octava. 3) Presentar toda la información que el interventor designado por EL DEPARTAMENTO le requiera sobre la ejecución del objeto del contrato. BDEL DEPARTAMENTO: 1) Cancelar a EL CONTRATISTA el valor del contrato en la forma establecida en la Cláusula Séptima. 2) Designar un funcionario como interventor el cual supervisará la ejecución del objeto del contrato, 3) Requerir el cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de sus obligaciones con el sistema de seguridad social integral.

CLAUSULA TERCERA: NATURALEZA DE LOS SERVICIOS. Las partes estipulan expresamente que es un contrato regido por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.

CLAUSULA CUARTA: EXCLUSION DE RELACION LABORAL Este contrato no genera relación laboral ni prestaciones sociales a favor de las personas naturales que presten sus servicios a EL CONTRATISTA en desarrollo de este contrato.

CLAUSULA QUINTA: PLAZO DE EJECUCION EL CONTRATISTA deberá desarrollar los servicios objeto del presente contrato dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de perfeccionamiento del contrato.

CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA: La vigencia del presente contrato de prestación de servicios se establece por 12 meses contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.

CLAUSULA SEPTIMA: VALOR y FORMA DE PAGO: El valor total del contrato corresponde a la suma de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS ($18.000.000.00). La suma antes señalada se cancelará así: a) un anticipo del veinte por ciento (20%) por valor de $3.600.000.00, una vez se perfeccione y legalice el mismo. b) El saldo, es decir, el ochenta por ciento restante, se cancelará mediante actas parciales de ejecución, las cuales serán suscritas por el contratista e interventor previa amortización del anticipo.

CLAUSULA OCTAVA: GARANTIA UNICA DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA constituirá a favor del DEPARTAMENTO la garantía única, que podrá consistir en caución bancaria o póliza de compañía de seguros, la cual amparará los siguientes riesgos: 1) Anticipo del contrato: por el 100% del valor del anticipo y por el plazo del contrato. 2) Cumplimiento del contrato: por el 10% del valor del contrato por la vigencia de éste y 4 meses más., 3) Calidad del objeto del contrato: por el 10% del valor del contrato por la vigencia de éste y 4 meses más

CLAUSULA NOVENA: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA. El contratante fija como valor de esta cláusula la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL PESOS M/L ($1.80000000), la cual se deducirá del valor de la garantía del contrato, o del saldo a favor de EL CONTRATISTA si lo hubiere y se hará efectiva directamente por la entidad contratante, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total, y se considerará como pago parcial, pero definitivo de los perjuicios causados a la entidad contratante.

CLAUSULA DECIMA: IMPUTACION PRESUPUESTAL. El presente contrato de prestación de servicios se imputará al Capítulo 2.11.13.1, Artículo 5940 del Presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2010.

CLAUSULA DECIMA PRIMERA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de este contrato de prestación de servicios que no se haya incurso en inhabilidad e incompatibilidad de orden constitucional o legal para suscribirlo.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: MULTAS. En caso de incumplimiento parcial o de cumplimiento tardío o defectuoso a sus obligaciones, EL CONTRATISTA se hará acreedor a multas diarias sucesivas equivalentes al uno por ciento (1.0%) del valor total del contrato, sin que llegue a superar el cinco por ciento (5.0%) del valor del contrato. PARAGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza a EL DEPARTAMENTO a la deducción del valor correspondiente por este concepto del saldo que se le adeuda en virtud de la ejecución del presente contrato.

CLAUSULA DECIMA TERCERA: PROHIBICION DE CESION. EL CONTRATISTA no podrá ceder los derechos y obligaciones contraídas mediante el presente contrato salvo autorización expresa y escrita del DEPARTAMENTO.

CLAUSULA DECIMA CUARTA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de este contrato de prestación de servicios que no se haya incurso en inhabilidad e incompatibilidad de orden constitucional o legal para suscribirlo.

CLAUSULA DECIMA QUINTA: JURISDICCION COMPETENTE. Las controversias que se susciten en torno al presente contrato serán dirimidas por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

CLAUSULA DECIMA SEXTA: LIQUIDACION. El presente contrato será objeto de liquidación de común acuerdo entre las partes, o de manera unilateral por parte de EL DEPARTAMENTO a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (04) meses siguientes a la finalización del contrato, a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga, según el caso.

CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: DOMICILIO. Para todos los efectos legales el domicilio contractual es la ciudad de Barranquilla.

CLAUSULA DECIMA OCTAVA: CONTROL EN LA EJECUCION DEL CONTRATO. EL DEPARTAMENTO por conducto de un interventor supervisará y controlará la debida ejecución del contrato, para tal efecto el interventor tendrá las siguientes atribuciones: 1) Verificar que EL CONTRATISTA cumpla con las obligaciones señaladas en este contrato y en la propuesta. 2) Informar al DEPARTAMENTO respecto a las demoras o incumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA. 3) Certificar respecto al cumplimiento de EL CONTRATISTA, dicha certificación se constituye en requisito previo para cada uno de los pagos que se debe realizar. 4) No puede adoptar decisión alguna de manera inconsulta con EL DEPARTAMENTO. 5) Proyectar las actas de suspensión, reinicio y liquidación del contrato.

CLAUSULA DECIMA NOVENA: REQUISITO ESPECIAL DE LEGALIZACION. Para la celebración, renovación o liquidación del presente contrato, requerirá del cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de sus obligaciones con el sistema de seguridad social integral. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

CLAUSULA VIGESIMA: CLAUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMUN. Al presente contrato se incorporan las cláusulas excepcionales al derecho común estipuladas en los artículos 14 al 19 de la Ley 80 de 1993.

CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA: EJECUCION. Para la ejecución del contrato se requerirá aprobación de la garantía a que alude la Cláusula Octava y el registro presupuestal correspondiente.

CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA: PUBLICACION E IMPUESTOS. El 1 % del valor del contrato por estampilla pro-Hospitales 1er. y 2do. nivel(0802), el 1 % del valor del contrato por estampilla pro-Cultura(0648), el 1 % del valor del contrato por estampilla pro-Desarrollo(0040), el 1% del valor del contrato por estampilla pro-Electrificación(0314), el 15% del valor del contrato por estampilla pro-Ciudadela(0326).

Dado en Barranquilla a los veintiséis días del mes de enero de 2010.

JAIME BLANCO ARISTIZABAL
Subsecretario Gestión Empresarial
CLAUDIA M. YURGAKY REY
Contratista.


Secretaría de Desarrollo Económico
Contrato No. 0110 - 2010*000004
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y ARMANDO ANTONIO PEINADO GARCES
CONTRATANTE: DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO. JAIME BLANCO ARISTIZABAL, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nro.8.738A32 de Barranquilla, Subsecretario de Gestión Empresarial encargado de las funciones del Secretario de Desarrollo Económico según Decreto No. 000021 de enero 26 de 2010, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo, mediante Resolución No 000083 del 18 de mayo de 2004, con fundamento en lo normado en los Artículos 12 Y 25; numeral 10 de la Ley 80 de 1993, 14 del Decreto 679 de 1994, 51 de la Ley 179 de 1994, 9 de la Ley 489 de 1998, 37 del Decreto 2150 de 1995, artículo 81 del Decreto 0066 de 2008, reglamentario de la Ley 1150 de 2007, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra parte ARMANDO ANTONIO PEINADO GARCES, mayor de edad identificado con la cédula de ciudadanía N? 8.693.526 de Barranquilla actuando en su condición de CONTRATISTA.

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO. EL CONTRATISTA se compromete y obliga para con EL DEPARTAMENTO a prestar los siguientes servicios: ASESORIA PROFESIONAL EN EL AREA DE FORMULACION DE PROYECTOS EN EL SECTOR AGRICOLA DEPARTAMENTAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO DEPARTAMENTAL. Todo de conformidad con el estudio previo, análisis de necesidad y propuesta del contratista, documentos todos que forman parte integral del presente contrato.

CLAUSULA SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES. A- DEL. CONTRATISTA: 1) Cumplir con el objeto del contrato de la forma establecida en su propuesta. 2) Constituir la garantía a que alude la Cláusula Octava. 3) Presentar toda la información que el interventor designado por EL DEPARTAMENTO le requiera sobre la ejecución del objeto del contrato. BDEL DEPARTAMENTO: 1) Cancelar a EL CONTRATISTA el valor del contrato en la forma establecida en la Cláusula Séptima. 2) Designar un funcionario como interventor el cual supervisará la ejecución del objeto del contrato. 3) Requerir el cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de sus obligaciones con el sistema de seguridad social integral.

CLAUSULA TERCERA: NATURALEZA DE LOS SERVICIOS. Las partes estipulan expresamente que es un contrato regido por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.

CLAUSULA CUARTA: EXCLUSION DE RELACION LABORAL. Este contrato no genera relación laboral ni prestaciones sociales a favor de las personas naturales que presten sus servicios a EL CONTRATISTA en desarrollo de este contrato.

CLAUSULA QUINTA: PLAZO DE EJECUCION EL CONTRATISTA deberá desarrollar los servicios objeto del presente contrato dentro de los seis (6) meses siguientes contados a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato.

CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA: La vigencia del presente contrato de prestación de servicios profesionales se establece por 12 meses contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento.

CLAUSULA SEPTIMA: VALOR y FORMA DE PAGO. El valor total del contrato corresponde a la suma de DOCE MILLONES DE PESOS ($12,000,000.00). La suma antes, señalada se cancelará asi: un anticipo del veinte por ciento (20 %), ($2,400,000,00), una vez se perfeccione y legalice el mismo b) El saldo, es decir, el ochenta por ciento restante, se cancelará mediante actas parciales de ejecución, las cuales serán suscritas por el contratista e interventor previa amortización del anticipo,

CLAUSULA OCTAVA: GARANTIA UNICA DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA constituirá a favor del DEPARTAMENTO la garantía única, que podrá consistir en caución bancaria o póliza de compañía de seguros, la cual amparará los siguientes riesgos: 1) Anticipo del contrato: por el 100% del valor del anticipo y cuatro meses más, 2) Cumplimiento del contrato: por el 10% del valor del contrato por la vigencia de éste y 4 meses más, 3) Calidad del objeto del contrato: por el 10% del valor del contrato por la vigencia de éste y 4 meses más,

CLAUSULA NOVENA: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA, El contratante fija como valor de esta cláusula la suma de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS M/L ($1,200,000,00), la cual se deducirá del valor de la garantía del contrato, o del saldo a favor de EL CONTRATISTA si lo hubiere y se hará efectiva directamente por la entidad contratante, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total, y se considerará como pago parcial, pero definitivo de los perjuicios causados a la entidad contratante,

CLAUSULA DECIMA: IMPUTACION PRESUPUESTAL. El presente contrato de prestación de servicios se imputará al Capitulo: 2,11.13,1, Artículo: 5940 del Presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2010,

CLAUSULA DECIMA PRIMERA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de este contrato de prestación de servicios que no se haya incurso en inhabilidad e incompatibilidad de orden constitucional o legal para suscribirlo,

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: MULTAS, En caso de incumplimiento parcial o de cumplimiento tardío o defectuoso a sus obligaciones, EL CONTRATISTA se hará acreedor a multas diarias sucesivas equivalentes al uno por ciento (1,0%) del valor total del contrato, sin que llegue a superar el cinco por ciento (5,0%) del valor del contrato, PARAGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza a EL DEPARTAMENTO a la deducción del valor correspondiente por este concepto del saldo que se le adeuda en virtud de la ejecución del presente contrato,

CLAUSULA DECIMA TERCERA: PROHIBICION DE CESION, EL CONTRATISTA no podrá ceder los derechos y obligaciones contraídas mediante el presente contrato salvo autorización expresa y escrita del DEPARTAMENTO.

CLAUSULA DECIMA CUARTA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de este contrato de prestación de servicios que no se haya incurso en inhabilidad e incompatibilidad de orden constitucional o legal para suscribirlo,

CLAUSULA DECIMA QUINTA: JURISDICCION COMPETENTE, Las controversias que se susciten en torno al presente contrato serán dirimidas por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, CLAUSULA DECIMA SEXTA: LIQUIDACION, El presente contrato será objeto de liquidación de común acuerdo entre las partes, o de manera unilateral por parte de EL DEPARTAMENTO a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (04) meses siguientes a la finalización del contrato, a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga, según el caso.

CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: DOMICILIO. Para todos los efectos legales el domicilio contractual es la ciudad de Barranquilla.

CLAUSULA DE CIMA OCTAVA: CONTROL EN LA EJECUCION DEL CONTRATO. EL DEPARTAMENTO por conducto de un interventor supervisará y controlará la debida ejecución del contrato, para tal efecto el interventor tendrá las siguientes atribuciones: 1) Verificar que EL CONTRATISTA cumpla con las obligaciones señaladas en este contrato y en la propuesta. 2) Informar al DEPARTAMENTO respecto a las demoras o incumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA. 3) Certificar respecto al cumplimiento de EL CONTRATISTA, dicha certificación se constituye en requisito previo para cada uno de los pagos que se debe realizar. 4) No puede adoptar decisión alguna de manera inconsulta con EL DEPARTAMENTO. 5) Proyectar las actas de suspensión, reinicio y liquidación del contrato.

CLAUSULA DECIMA NOVENA: REQUISITO ESPECIAL DE LEGALIZACION. Para la celebración, renovación o liquidación del presente contrato, requerirá del cumplimiento por parte de EL CONTRA TIST A de sus obligaciones con el sistema de seguridad social integral. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

CLAUSULA VIGESIMA: CLAUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMUN. Al presente contrato se incorporan las cláusulas excepcionales al derecho común estipuladas en los artículos 14 al 19 de la Ley 80 de 1993.

CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA: EJECUCION. Para la ejecución del contrato se requerirá aprobación de la garantía a que alude la Cláusula Octava y el registro presupuestal correspondiente.

CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA: PUBLICACION E IMPUESTOS. El 1% del valor del contrato por estampilla pro-Hospitales 1er. y 2do. nivel(0802), e11% del valor del contrato por estampilla pro-Cultura(0648), el 1 % del valor del contrato por estampilla pro-Desarrollo(0040), e11% del valor del contrato por estampilla pro-Electrificación(0314), el 1.5% del valor del contrato por estampilla pro-Ciudadela(0326).

Dado en Barranquilla a los veintisiete días del mes de enero del 2010.

JAIME BLANCO ARISTIZABAL
Subsecretario de Gestión Empresarial
ARMANDO PEINADO GARCES
Contratista.



Gobernación del Atlántico
DESPACHO DEL GOBERNADOR
RESOLUCION No 00005
"Por medio de la cual se declara una Urgencia Manifiesta en el Departamento del Atlántico"
El Gobernador del Departamento del Atlántico, en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las consagradas en los artículos 42 y 43 de la Ley 80 de 1993, artículo 2?, numeral 4, literal a), de la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, así como en sus decretos reglamentarios, y
CONSIDERANDO:
Que por causa del Fenómeno denominado del Niño se presenta un tiempo seco en todo el País, disminución de las precipitaciones pluviales y bajos niveles en los caudales de los ríos y represas; lo que ha generado problemas de abastecimiento de agua en la mayoría de las regiones.

Que de acuerdo con la información y alertas del Instituto de Hidrología Meteorología y estudios Ambientales IDEAM, se prevee que estas condiciones climáticas se prolongaran hasta el mes de abril aproximadamente, situación que trae consigo problemas de abastecimiento de agua en la mayoría de las regiones y en particular nuestros municipios, por los descensos acelerados en los niveles del caudal del Rio Magdalena.

Que ante la situación calamitosa presentada en varios municipios se celebró en reunión en la sala de Juntas de la Gobernación del Atlántico, el día 18 de enero de 2010, con participación de funcionarios del IDEAM, MINAMBIENTE, CORMAGDALENA, la CRA, la DIRECCION NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO, LA UNIVERSIDAD DEL NORTE, LOS ALCALDES MUNICIPALES, EMPRESAS OPERADORAS DE LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO Y DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, donde se dimensionó la gravedad de los hechos que se presentan en todo el Departamento y la que se espera se presentará por la prolongación del tiempo seco que se extenderá hasta mediados del mes de abril.

Que los niveles del Rio Magdalena vienen descendiendo de manera acelerada y según informe presentado por la Secretaria de Agua Potable y Saneamiento básico, el descenso de los niveles del río han " ... generado ya problemas de navegabilidad en el tramo Barrancabermeja-Calamar, así como en las captaciones de algunos sistemas de acueducto localizadas en su ribera. En el Departamento del Atlántico los casos más críticos son los siguientes: Manatí y el Acueducto Regional Campo De la Cruz-Candelaria que captan en la misma dársena, Ponedera, y Palmar de Varela así como la Estación de Bombeo de San Pedrito del Distrito de Riego de Santa Lucia, cuya bocatoma quedo en seco y hubo que suspender el Bombeo" .

Que se han identificado como situaciones críticas que han paralizado el servicio y continua la amenaza en la prestación del servicio de agua potable, que exigen la inmediata intervención del estado para prevenir hechos de calamidad pública, en los siguientes Municipios: a. PUERTO COLOMBIA.- De conformidad con el estudio técnico realizado por la Secretaria de Agua Potable y Saneamiento Básico, en el Acueducto de este Municipio que tiene la bocatoma a 7 Km de bocas de ceniza, desembocadura del Río magdalena en el Mar Caribe, debido al bajo caudal del río la cuna salina ha avanzado mas allá de dicha bocatoma, por lo que el agua suministrada tiene un contenido alto de salinidad, lo que ha generado protesta de la comunidad b. CAMPO DE LA CRUZ-CANDELARIA-MANATI.- En el mismo informe se indica que "El sistema de captación de estos dos acueductos consisten en un canal de aducción de 100m de largo que conecta a un brazo del Río Magdalena con la dársena de pre sedimentación, donde están ubicadas dos barcazas flotantes: Una del Acueducto Regional Campo de la Cruz, Candelaria y la otra del acueducto de Manatí. Tanto el canal de aducción como la dársena presentan alta sedimentación, lo que agravado por el bajo nivel del río, dificultan el acceso de agua cruda para bombeo desde las barcazas. Lo mas grave es que la boca de aguas arriba del brazo del Río que alimenta la bocatoma se cerro y actualmente solo entra agua por la boca de aguas abajo" c. PONEDERA.- En este Municipio, dice el informe "La boca de entrada aguas arriba del brazo del Río donde capta el acueducto de Ponedera, que atiende actualmente a la cabecera municipal y el corregimiento de Santa Rita, se cerró, por lo que al brazo solo le entra un poco de agua por la boca del río aguas abajo. Por esta razón la barcaza quedo en seco y hubo que alargar la tubería de succión. "Lo grave es que en dicho brazo del río descarga el alcantarillado de dicha población, por lo que puede generarse problemas sanitarios y ambientales al quedar esa agua empozada, por desconexión del brazo con el cauce principal del río. Adicionalmente el puerto o embarcadero de Ponedera, que es utilizado a diario por la población de Guaimaro (Magdalena) también quedo seco". d. PALMAR DE VARELA.- En la bocatoma de este Municipio se presenta la siguiente problemática, según el informe referido de SAPSB: "La dársena donde capta el Acueducto de Palmar de Varela ubicada en un antiguo brazo del río, queda en seco durante la época de niveles bajos del río, Enero-Abril, y lógicamente este año no fue la excepción. Para superar esta situación en dicho periodo se bombea desde el rio a la dársena con motobomba diesel a través de un canal en tierra, que es el mismo que alimenta la dársena en época de niveles medios y altos del Río Magdalena" e. SANTA LUCIA.- Para este Municipio según el informe "La zona sobre el canal del dique donde capta la barcaza flotante del acueducto de Santa Lucia, que además de la cabecera abastece el corregimiento de Algodonal, presenta problemas de sedimentación en la orilla del canal. f. ACUEDUCTOS RURALES.- Sobre estos expone el informe: Existen corregimientos o veredas que se alimentan de jagueyes y que hoy están completamente secos como por ejemplo Arroyo Negro, y el Cerrito y Villa Lata en Piojó. Igualmente corregimientos que se abastecen de pozos que reducen considerablemente su capacidad de producción en esta época seca como son Gallego y Patilla en Sabanalarga, Cien Pesos y Las Tablas en Repelón. Así mismo poblaciones conectadas a acueductos regionales con problemas: Bohorquez (Campo de la Cruz) y Leña y Carreto en Candelaria" .

Que dadas estas circunstancias y para mitigar su impacto, buscar soluciones inmediatas a la problemática que generen o amenacen con situaciones de calamidad en la prestación de los servicios públicos, se hace necesario que se acometan las medidas inmediatas para ese efecto.

Que en el mismo informe que soporta este acto, emanado de la Secretaria de Agua Potable y Saneamiento básico, se debe proceder de manera inmediata a realizar, entre otras, las siguientes actividades: dragados, reparaoión de equipos de bombeo, traslado de bocatomas, interconexión de acueductos, la contratación de carrotanques para el suministro de agua, realizar obras de acceso a las barcazas y habilitar las redes que lo requieran.

Que igualmente se hace necesario realizar el monitoreo del nivel de la laguna de Luruaco en el sector de la bocatoma en este Municipio, el nivel del embalse del Guájaro en el sector de captación de agua de los sistemas de acueducto Repelón y Rotinet.

Que igualmente se hace necesario que de manera concertada las oficinas de prevención de riesgos y atención de desastres del Departamento, la CRA y demás actores responsables de esta temática, realicen permanentemente las mediciones, control y seguimiento en lis cuerpos de agua, para tomar las demás acciones que en el curso del monitoreo se requieran.

Que en el informe elaborado por la Secretaria de Agua Potable y Saneamiento Básico, se han identificado las actividades prioritarias en los distintos Municipios, y ha hecho una estimación inicial de costos.

Que los hechos narrados y la situación que se presenta en cada Municipio, así como los datos que ellDEAM reporta sobre el comportamiento del fenómeno que se extenderá hasta el mes de abril de 2010, amenazan con una falta total en el servicio de agua potable por la sequía a la que se están sometiendo las fuentes, y coloca en estado de emergencia sanitaria a la población de diferentes Municipios, y de manera particular en los descritos en este acto.

Que las autoridades Locales y las comunidades vienen solicitando la intervención inmediata y urgente del Departamento para que se acometan las actividades y se ejecuten las obras necesarias para garantizar un mínimo suministro de agua potable que lleve a superar la situación que se presenta y a prevenir una mayor problemática que atente contra la salubridad de las comunidades.

Que el Departamento considera necesario conjurar la situación de calamidad que se presenta y la que amenaza con prolongarse con efectos adversos y peligrosos para la salud, por desabastecimiento total de este elemento vital para todo ser humano.

Que el mismo desabastecimiento genera un impacto sobre la flora y la fauna y las especies vivas en general, por que este elemento es vital para la supervivencia de todos los seres vivos, y la sequía que se presenta amenaza con desparecer distintas especies, incluso la de la población si no se toman medidas inmediatas para mitigar su impacto.

Que para conjurar las situaciones expuestas se hace necesario contratar las obras civiles, Estudios, Consultorías, Servicios Profesionales Especializados, suministros, transporte y cualquier otro contrato necesario para afrontar la emergencia presentada en el Departamento del Atlántico a causa de la prolongación de los efectos del FENOMENO DEL NINO que azotan el país y la región en particular.

Que según el inciso segundo del Artículo 2? de la Constitución Política "las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra y bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

Que según el artículo 41 inciso cuarto de la Ley 80 de 1993, ?... En caso de situaciones de urgencia manifiesta a que se refiere el artículo 42 de esta Ley que no permitan la suscripción de contrato escrito, se prescindirá de éste y aún del acuerdo acerca de la remuneración no obstante deberá dejarse constancia escrita de la autorización impartida por la entidad estatal contratante?
Que el Gobernador del Atlántico, en mérito de todo lo expuesto:

RESUELVE

ARTICULO 1?.: Declarar la Urgencia Manifiesta para conjurar la situación excepcional que por emergencias generalizadas debidas a las crudas sequías que se presentan y que amenazan con incrementarse, amenazando el abastecimiento de este elemento vital para el ser humano, en los Municipios del Departamento del Atlántico como consecuencia de la prolongación del fenómeno del Niño y los efectos de sequía en la región.

ARTICULO 2?.: En los términos del artículo 24 numeral primero de la Ley 80 de 1993 procédase a la celebración de los actos jurídicos y contratos que se requieran, para hacer frente a la situación de emergencia que se presenta en el Departamento del Atlántico y hasta que se controle la situación excepcional del desastre.

PARAGRAFO: Realícense los traslados presupuéstales necesarios internos del Presupuesto General del Departamento del Atlántico en la presente vigencia.

ARTICULO 3?; Envíese copia del presente acto administrativo, los soportes técnicos contentivos de la evaluación de daños y análisis de necesidades, obras de protección y mitigación, contratos y convenios que se ejecuten bajo este estado de urgencia a las autoridades de control, Ministerio Público y Contraloría Departamental, de conformidad con lo señalado en el artículo 43 de la ley 80 de 1993.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE y CUMPLASE
Dado en Barranquilla a los dieciocho (18) días del mes de enero de 2010.

EDUARDO VERANO DE LA ROSA
Gobernador



Gobernación
del Atlántico
DESPACHO DEL GOBERNADOR 000051
DECRETO No.000051 DE 2010

"Por la cual se adoptan los Mapas de Riesgo y las Políticas de Administración de Riesgos de la Gobernación del Departamento del Atlántico"
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
En uso de sus facultades legales, en especial las consignadas en el artículo 12 del Decreto 1153 de 2005 y,

CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que según lo establecido por el artículo 209 de la Constitución Nacional, la función administrativa del Estado colombiano está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

SEGUNDO.- Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005 se debe implementar en los organismos y entidades públicas el Modelo Estándar de Control Interno, MECI 1000:2005.

TERCERO.- Que mediante Decreto No. 1153 de 2005 se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno, MECI 1000:2005 en la Gobernación del Departamento del Atlántico.

CUARTO.- Que de conformidad con el Modelo Estándar de Control Interno adoptado, en particular, lo previsto en el artículo décimo segundo del mencionado decreto, dentro del componente "Administración de Riesgos", se establecerán por la Gobernación del Departamento del Atlántico los mapas de riesgo para cada uno de los procesos de la entidad.

QUINTO.- Que de conformidad con el Modelo Estándar de Control Interno adoptado, en particular, lo previsto en el numeral 12.5 del artículo décimo segundo del mencionado decreto, dentro del componente "Administración de Riesgos", se establecerán Políticas de Administración de Riesgos orientadas a la toma de decisiones, respecto al tratamiento de los riesgos y sus efectos al interior de la entidad.
DECRETA:

ARTICULO PRIMERO. ADOPCION DEL MAPA DE RIESGOS. Adoptar y difundir en la Gobernación del Departamento del Atlántico el Mapa de Riesgos para cada uno de los procesos de la entidad, detallado en el anexo, el cual hace parte integrante del presente acto.

ARTICULO SEGUNDO. ADOPCION DE LAS POLITICAS DE ADMINISTRACION DE RIESGOS. Adoptar y difundir las siguientes Políticas de Administración de Riesgos:

2.1. POLITICAS GENERALES
La Gobernación del Departamento del Atlántico diseñará e implementará controles, de acuerdo con las siguientes prioridades: Se escogerá el control que teniendo el mismo beneficio que otro incurra en un menor costo, el que teniendo igual costo preste un mayor beneficio o el que teniendo igual costo y beneficio sea mas fácil de implementar.
Los responsables de cada proceso tendrán a su cargo el diseño e implementación de planes de emergencia, contingencia y recuperación para proteger a la entidad en caso de ocurrencia de los riesgos calificados de gravedad catastrófica.
El Comité de Coordinación de Control Interno de la entidad tendrá a su cargo la responsabilidad por la continua actualización de las políticas de administración del riesgo, en coordinación con los equipos de procesos.

2.2. POLITICAS POR PROCESOS

2.2.1. PLANEACION

Aplicar y controlar permanentemente el cumplimiento de los valores del Código de Etica y el Código de Buen Gobierno .

Aplicar estrictamente la Ley 152/94. Cumplir con los plazos establecidos en el cronograma para la entrega de informaciones requeridas durante las etapas del proceso.

Establecer diálogos de concertación.

Crear incentivos tributarios y mecanismos que faciliten al contribuyente el pago de los tributos
Establecer los ajustes y la actualización del estatuto tributario.
Formular e implementar el Plan de capacitación
Fijar y aplicar mecanismos de control al software de operacionalización del plan de desarrollo.
Formular e implementar el Plan de Capacitación.

2.2.2. AGUA Y SANEAMIENTO BASICO
En la formulación y viabilización de proyectos de construcción de obras para el sector de agua y saneamiento básico, es fundamental el estudio técnico de impacto ambiental que evite el deterioro del medio ambiente en la zona.

Se elaborará un plan anual de capacitación en materia de Contratación Administrativa. Actualizar el manual de contratación administrativa.

Se fortalecerá la Elaboración del Plan de Desarrollo Con la participación de los diversos actores.

Se mantendrá un diagnóstico actualizado de la infraestructura en agua y saneamiento básico del Departamento y de las necesidades de las comunidades.

Se adelantarán jornadas de Fortalecimiento en el Area de Etica Pública.

Se deben determinar y hacer cumplir las Especificaciones técnicas para las obras.

Implementar un sistema de Control de Calidad para los materiales que se empleen en la construcción de las obras que contrate la entidad (Plan de Calidad de Obra).

Se hará Seguimiento y Control permanente durante la ejecución de las obras.

Existirá Seguimiento permanente a obras ejecutadas para solicitar oportunamente los requerimientos para mejorar los deterioros.
El proceso de Servicios Administrativos deberá garantizar el suministro de materiales, equipos y vehículos y personal requerido para las interventorías de obra.

El proceso de Gestión Humana deberá garantizar el suministro del personal requerido para las interventorías de obra.
En todo momento se deben analizar y estudiar jurídicamente las condiciones de acuerdo con el tipo de proyecto a ejecutar .

Con el objeto de prevenir riesgos de perdidas de recursos se deben presentar oportunamente los casos en los que hubo reclamaciones de restablecimiento del equilibrio contractual al comité de conciliación para efectos de evitar demandas.

2.2.3. SALUD
Se establecerán capacitaciones y entrenamientos en servicio al cliente a los funcionarios encargados de atender usuarios, con el fin de evitar la mala atención e incumplimientos.

Se diseñaran planes de auditorías acordes con las entidades prestadoras de servicios de salud con el fin de realizar un seguimiento adecuado que permita detectar oportunamente factores que puedan generar interrupciones en la prestación de sus servicios.

Se establecerán jornadas periódicas de capacitación, en las cuales se resalten las responsabilidades asignadas a cada servidor público, dentro del proceso en el que ejerza sus funciones.

Se establecerán mantenimientos preventivos periódicos que permitan evitar deterioro de los equipos.

Existirán controles de celaduría, vigilancia privada, y las correspondientes pólizas de seguros a efectos de garantizar que los recursos no se pierdan o extravíen.

Como resultado de las evaluaciones, en los casos en que la situación lo amerite, se dará traslado a la Oficina de Quejas y control Disciplinario para efectos de abrir los procesos disciplinarios.

2.2.4. EDUCACION
Establecer un plan de emergencia con la subsecretaria de Desarrollo administrativo para subsanar la falta de apoyo logístico en lo relacionado con transporte, medios de comunicación, etc.

Establecer dentro del presupuesto los valores necesarios para subsanar lo antes mencionado.

Se establecerán las alianzas estratégicas con organizaciones de base y el sector privado, necesarias para una gestión optima en la prestación de los servicios de educación.

También serán fuentes de información las jornadas de Día de Niño, navidad etc.; para efectos de mantener bases de datos actualizadas y lograr cubrir a toda la población. De igual forma hacer cruces de información con DANE y Acción Social.

Conformar comisiones de auditaje para realizar un seguimiento adecuado al comportamiento de la matricula, permanencia y deserción.

Organizar un equipo de trabajo interdisciplinario con el fin de realizar los análisis de la matrícula y socializar a través de la web las cifras estadísticas oficiales del departamento.

Hacer seguimiento y establecer el plan de mejoramiento correspondiente con el fin de fortalecer las debilidades encontradas y mejorar los controles.

Se establecerán capacitaciones y entrenamientos en servicio al cliente a los funcionarios encargados de atender usuarios, con el fin de evitar la mala atención y los incumplimientos.

2.2.5. INFRAESTRUCTURA
En la formulación y viabilización de proyectos de construcción de obras de infraestructura, es fundamental el estudio técnico de impacto ambiental que evite el deterioro del medio ambiente en la zona.

Se elaborará un plan anual de capacitación en materia de Contratación Administrativa. Actualizar el manual de contratación administrativa.

Se fortalecerá la Elaboración del Plan de Desarrollo Con la participación de los diversos actores.

Se mantendrá un diagnóstico actualizado de la infraestructura en agua y saneamiento básico del Departamento y de las necesidades de las comunidades.

Se adelantarán jornadas de Fortalecimiento en el Area de Etica Pública
Se deben determinar y hacer cumplir las Especificaciones técnicas para las obras.

Implementar un sistema de Control de Calidad para los materiales que se empleen en la construcción de las obras que contrate la entidad (Plan de Calidad de Obra).

Se hará Seguimiento y Control permanente durante la ejecución de las obras.

Existirá Seguimiento permanente a obras ejecutadas para solicitar oportunamente los requerimientos para mejorar los deterioros.

El proceso de Servicios Administrativos deberá garantizar el suministro de materiales, equipos y vehículos y personal requerido para las interventorías de obra.

El proceso de Gestión Humana deberá garantizar el suministro del personal requerido para las interventorías de obra.

En todo momento se deben analizar y estudiar jurídicamente las condiciones de acuerdo con el tipo de proyecto a ejecutar .

Con el objeto de prevenir riesgos de pérdidas de recursos se deben presentar oportunamente los casos en los que hubo reclamaciones de restablecimiento del equilibrio contractual al comité de conciliación para efectos de evitar demandas.

2.2.6. LABORATORIO
Garantizar la seguridad de los elementos de valores y seguir los procedimientos establecidos para la salida de éstos.

Brindar todas las garantías necesarias para que los Consejos Municipales de Cultura asesoren en la formulación de la política cultural de los municipios del Departamento del Atlántico.

Permitir la participación de los consejos municipales de cultura en la refrendación de los planes de desarrollo cultural.

Socializar en cada uno de los municipios la conformación y participación de la sociedad civil en los procesos culturales en cada uno de los municipios
.
Garantizar que las organizaciones culturales que quieran acceder a recursos del departamento, se encuentren debidamente organizadas, incluyendo los procedimientos legales.

2.2.8. PREVENCION y ATENCION DE DESASTRES

Mantener un ambiente laboral favorable al cumplimiento de los objetivos mediante la sensibilización de los funcionarios sobre la importancia de sanas relaciones interpersonales.

Garantizar la disponibilidad de los recursos para llevar a cabo todos los proyectos planteados en el plan de Desarrollo.

Garantizar una adecuada definición de los perfiles de los funcionarios que deban desempeñar sus actividades al interior de este proceso.

Mantener un ambiente ético a través de la constante sensibilización sobre los valores éticos de la entidad.
Cumplir a cabalidad las directrices del código de buen Gobierno, para garantizar un adecuado manejo estratégico del proceso.

Diseñar planes de prevención acorde con las condiciones c1imáticas con el fin de desarrollar programas que lleven a evitar efectos trágicos de eventos naturales.

2.2.9. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
Aplicar y controlar permanentemente el cumplimiento de los valores del Código de Etica y divulgación de manual de funciones y de procedimientos.

Aplicar permanentemente el Código de Etica y el código único disciplinario y divulgación de manual de funciones y de procedimientos.

Aplicar las leyes disciplinarias, del código de ética e implementación de acciones comunicativas

Manejar adecuadamente la Ley de: Presupuesto (decreto 111/89), Ley 819/03 del marco fiscal de mediano plazo, Estatuto tributario, Políticas fiscales de recaudo código de ética y código disciplinario. Manual de funciones, Normatividad existente relacionada con el tema, Manual de procedimientos.

2.2.10. TECNOLOGIA DE LA INFORMACION
Mantener en todos los computadores de la Entidad administrados y con software antivirus actualizado.

Establecer lineamientos claros sobre la forma como se deben realizar las copias de seguridad y mantener un registro de ello.

Garantizar la seguridad contra ataques externos por parte de hackers, mediante el establecimiento de los controles necesarios para tal fin.

2.2.11. PARTICIPACION COMUNITARIA
Se deben fortalecer los medios para la promoción, capacitaciones de las normas y leyes pertinentes, tanto a funcionarios como a las organizaciones civiles.

La Gobernación del Departamento del Atlántico garantizará la participación activa de la comunidad y siempre existirán procedimientos que garanticen las rendiciones de cuenta y la interacción con todos los habitantes del territorio atlanticense.

2.2.12. COMPETITIVIDAD
Diseñar un Plan de trabajo mensual para el seguimiento y control del Plan de Desarrollo.

Diseñar y ejecutar un Plan de Mantenimiento de equipos, maquinas, vehículos y software que garantice un desarrollo de las actividades de forma ininterrumpida y que conlleve a la consecución de los objetivos trazados en el Plan de Desarrollo.

Formular y cumplir con el Plan de Capacitaciones dirigido a funcionarios y entidades de apoyo, para garantizar un cubrimiento mayor.

Debe existir una Planificación y el correspondiente control de los proyectos productivos liderados por este proceso y que tiene impacto en la comunidad.

Diseñar cronogramas en los cuales se establezcan los tiempos para los procedimientos de contratación, con el fin de ejecutar todos los proyectos contenidos en el Plan de Desarrollo.

Elaborar un Plan de Formación donde determine temas, actividades, beneficiarios y seguimiento.

2.2.13. PASAPORTE
Capacitar permanentemente a los servidores públicos sobre la normatividad legal vigente, con el fin de evitar incurrir en errores por desconocimiento de las normas y/o directrices impartidas por el Ministerio.

Diseñar y desarrollar programas de mantenimiento preventivo, para garantizar la continuidad de las actividades y prestar un adecuado servicio a la comunidad.

Realizar periódicamente jornadas de sensibilización en Etica Pública con el fin de fortalecer los valores éticos en los servidores públicos que realizan sus actividades en este proceso.

Mantener las medidas de seguridad y control para la salvaguarda de la documentación y de las libretas de pasaporte.

2.2.14. GESTION HUMANA
Se elaborará y mantendrá en funcionamiento un Plan de Salud Ocupacional, dirigido a los funcionarios de la entidad con el fin de prevenir accidentes de trabajo y minimizar el impacto de los mismos en el momento de su ocurrencia.

El sistema de Evaluación del Desempeño se constituirá en insumo fundamental en el diseño e implementación de los planes de capacitación y entrenamiento de los funcionarios de la entidad, esto con el fin de minimizar los riesgos de "Errores y Omisiones", "Demoras" e "Incumplimientos".

Capacitar permanentemente a los servidores públicos sobre la normatividad legal vigente, con el fin de evitar incurrir en errores por su desconocimiento.

Realizar periódicamente jornadas de sensibilización en Etica Pública con el fin de fortalecer los valores éticos en los servidores públicos que realizan sus actividades en este proceso.

2.2.15. GESTION DOCUMENTAL.

Realizar jornadas de Capacitación periódicamente, con el fin de mantener actualizados a los servidores públicos sobre la normatividad legal vigente.

Establecer y cumplir los cronogramas de los programas de mantenimiento preventivo. Realizar todas las acciones necesarias tendientes a lograr la Sensibilización en Etica Pública, Medidas de seguridad y control en todos los servidores públicos.

2.2.16. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Estandarizar los métodos de trabajo, mediante el continuo diseño, rediseño y reglamentación de los procedimientos de la entidad.

Establecer y cumplir los cronogramas de los programas de mantenimiento preventivo Realizar periódicamente jornadas de sensibilización en Etica Pública con el fin de fortalecer los valores éticos en los servidores públicos que realizan sus actividades en este proceso.

Se implementarán acciones para garantizar la seguridad de los funcionarios, usuarios y bienes a cargo de la administración, haciendo énfasis en el control de acceso a las instalaciones de la entidad.

2.2.17. GESTION DE PROYECTOS.

En la formulación y viabilización de proyectos, es fundamental el estudio técnico que evite la construcción de obras de infraestructura en zonas de alto riesgo ante la presencia de fenómenos naturales.

Se capacitará a la Alta dirección sobre Habilidad de concertación y manejo de conflictos.

Se dará aplicación estricta de las leyes, Diálogo de concertación, Denuncias.

Como estrategia para minimizar riesgos financieros, todos los proyectos de incentivos tributarios serán analizados y evaluados rigurosamente.

Se dará estricto cumplimiento a las leyes y se diseñaran los proyectos de ajuste y actualización del estatuto tributario Departamental, para mantenerlo acorde con las exigencias de la economía global y la situación económica y financiera del ente territorial y de la nación.

Se programarán capacitaciones teniendo en cuenta las funciones asignadas al cargo y las reformas presentadas en la normatividad, a efectos de mantener actualizado a los servidores públicos así como también en la socialización y aplicabilidad del manual de funciones y procedimientos.

2.2.18. PRESUPUESTO
Realizar periódicamente jornadas de capacitación al personal en materia presupuestal incluyendo a los ordenadores del gasto y a funcionarios del área jurídica de la entidad, con el fin de mantenerse actualizados y no incurrir en errores por desconocimiento de las normas vigentes.

Diseñar y desarrollar programas de mantenimiento preventivo, para garantizar la continuidad de las actividades y prestar un adecuado servicio.

Diseñar estrategias tendientes a garantizar la continuidad de las operaciones y la salvaguarda de la información mediante una comunicación permanente, fluida y clara con el área de Tecnología de la Información.

Cumplir a cabalidad con los términos para la entrega de la información solicitada por terceros, partes interesadas y organismos de control tanto internos como externos, con el fin de evitar sanciones y apertura de procesos.

Mantener un ambiente laboral sano que permita la fluidez en la comunicación y la entrega oportuna de las tareas e informes asignados.

Ajustar los rubros presupuestales de acuerdo con la información consolidada del monitoreo.

2.2.19. RENTAS

El recaudo de los tributos Departamentales se incrementará mediante la adopción de estrategias persuasivas y coactivas hacia los contribuyentes, como acción de prevención ante el riesgo "Déficit Fiscal".
Existirá un monitoreo permanente de las Proyecciones de Ingresos respecto a los resultados de las bajas de los ingresos.

Mantener una planta de personal y establecer responsabilidades por proceso con el fin de lograr las metas de recaudo trazadas y poder cumplir con los compromisos y realizar las obras de infraestructura contenidas en el plan de desarrollo.

Fortalecer el proceso de notificación estableciendo en los manuales de la entidad los términos legales a efectos de informar a las partes interesadas y a los contribuyentes de la entidad los mecanismos para tales acciones.

Velar por la correcta aplicación de las instrucciones de la Dirección para la determinación de las normas de amnistía tributaria.

La Alta Dirección debe gestionar mecanismos a nivel nacional para el debido control del contrabando de la evasión y de la elusión y para el fortalecimiento de las medidas sancionatorias para estos casos.

Establecer la priorización del gasto en la adquisición o arriendo de un sotfware especializado para apoyo de los procesos tributarios del Departamento por parte de la Alta Dirección.

Gestionar por parte de la Alta Dirección mecanismos a nivel nacional para el debido control del contrabando de la evasión y de la elusión y para el fortalecimiento de las medidas sancionatorias para estos casos.

2.2.20. TESORERIA
Se utilizarán sistemas de información automatizados para la gestión y control de los aspectos financieros con el fin de minimizar la ocurrencia de errores humanos en las liquidaciones de Impuestos.

Fortalecer los mecanismos de seguridad y accesos, Refuerzos de sistemas de antivirus y de seguridad, Formación y recomendación a usuarios clientes
Se utilizarán sistemas de información automatizados para la gestión y control de los aspectos financieros con el fin de minimizar la ocurrencia de errores humanos en las liquidaciones de Impuestos.

Para este proceso se deberá establecer un mecanismo adecuado para la selección de las personas, teniendo en cuenta sus competencias.

El tipo de papel que se utilice para la impresión de los bonos, será de alta calidad y de las mejores condiciones de seguridad con el fin de minimizar las probabilidades de que sea falsificado.

Fortalecer los mecanismos de seguridad y accesos, Refuerzos de sistemas de antivirus y de seguridad, Formación y recomendación a usuarios clientes.

Garantizar el acceso a los contribuyentes que desean hacer sus pagos.

Garantizar a través del sistema de información que los pagos se hagan dentro de los términos de oportunidad y exactitud.

Capacitar periódicamente a los servidores públicos que participan en los procedimientos de pagos, en aspectos relacionados con el sistema de información.

Las inversiones siempre se deben hacer en términos de estudios técnicos que permitan medir el nivel de riesgo y que su rentabilidad sea la más adecuada.

Las medidas de seguridad para restringir el acceso de personas ajenas al área de Tesorería, deben ser de gran cobertura con el fin de que proporciones tranquilidad sobre la información que se guarda.

2.2.21. CONTABILIDAD
Impartir los lineamientos para la validez de los documentos soportes de las transacciones

Establecer mecanismos de seguimiento a las devoluciones de cuentas cuando se originan por la revisión inadecuada por parte del interventor.
Diseñar cronogramas de entrega de información a entes externos y de control.

Realizar las acciones correspondientes para lograr que las órdenes de pago sean correctamente imputadas y registradas en el sistema de información contable.

Coordinar con la Secretaria de Informáticas, jornadas de actualización en el manejo del sistema de información contable.

2.2.22. GESTION JURIDICA
Desarrollar jornadas de Sensibilización en Etica Pública a efectos de mantener en todos los servidores públicos, los valores institucionales.

Realizar jornadas de capacitación periódicas en los aspectos relacionados con la aplicación de la normatividad territorial vigente.

Fomentar la cultura de la Prevención del daño antijurídico.

2.2.23. CONTROL INTERNO

Implementar y mantener en funcionamiento un Sistema de Indicadores de Gestión que permita evaluar objetiva y oportunamente la ejecución adecuada de los procesos de la entidad, tomando como base el cumplimiento del mandato constitucional (Misión).

2.2.24. CONTROL DISCIPLINARIO

Mantener los controles y procedimientos existentes para garantizar el debido proceso y la resolución oportuna y en derecho de los procesos disciplinarios a que haya lugar.

2.2.25. GESTION DE CALIDAD.

Mantener de presente los mandatos establecidos en la ley y la norma de calidad para el sector público
Todos los cronogramas de auditorías y verificación del cumplimiento de las normas de calidad, se deben cumplir y llevar a cabo en su totalidad.

Cada proceso auditor será objeto de revisión con el fin de garantizar la validez de los hallazgos.

Cada uno de los auditores de calidad, dispondrá del tiempo necesario para el cumplimiento de la totalidad de las actividades enmarcadas en los cronogramas de actividades

ARTICULO TERCERO. DIVULGACION Y SOCIALIZACION. Los mapas de riesgo y las políticas de administración de riesgos que se adoptan mediante este decreto, deberán ser divulgados y socializadas por el Equipo MECI. Igualmente deberá ser incluido como módulo obligatorio en los procesos de inducción y reinducción que se brinda a los funcionarios de la Entidad.

ARTICULO CUARTO. VIGENCIA Y DEROGATORIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 00544 de 2008.
PUBLIQUESE y CUMPLASE.
Dada en Barranquilla, a los 15 de Febrero del 2010.

EDUARDO VERANO DE LA ROSA
Gobernador del Atlántico.

DEPARTAMENTO DELTLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR 0544
DECRETO No.00544 DE 2008
"Por la cual se adoptan los Mapas de Riesgo y las Políticas de Administración de Riesgos de la Gobernación del Departamento del Atlántico"
EL SECRETARIO PRIVADO DEL DEPARTAMENTO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
En uso de sus facultades legales, en especial las consignadas en el artículo 12 del Decreto 1153 de 2005 y,
CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que según lo establecido por el artículo 209 de la Constitución Nacional, la función administrativa del Estado colombiano está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

SEGUNDO.- Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005 se debe implementar en los organismos y entidades públicas el Modelo Estándar de Control Interno, MECI 1000:2005.

TERCERO.- Que mediante Decreto No. 1153 de 2005 se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno, MECI 1000:2005 en la Gobernación del Departamento del Atlántico.

CUARTO.- Que de conformidad con el Modelo Estándar de Control Interno adoptado, en particular, lo previsto en el artículo décimo segundo del mencionado decreto, dentro del componente "Administración de Riesgos", se establecerán por la Gobernación del Departamento del Atlántico los mapas de riesgo para cada uno de los procesos de la entidad.

QUINTO.- Que de conformidad con el Modelo Estándar de Control Interno adoptado, en particular, lo previsto en el numeral 12.5 del artículo décimo segundo del mencionado decreto, dentro del componente "Administración de Riesgos", se establecerán Políticas de Administración de Riesgos orientadas a la toma de decisiones, respecto al tratamiento de los riesgos y sus efectos al Interior de la entidad.

DECRETA

ARTICULO PRIMERO. ADOPCION DEL MAPA DE RIESGOS. Adoptar y difundir en la Gobernación del Departamento del Atlántico el Mapa de Riesgos para cada uno de los procesos de la entidad, detallado en el anexo, el cual hace parte integrante del presente acto.

ARTICULO SEGUNDO. ADOPCION DE LAS POLITICAS DE ADMINISTRACION DE RIESGOS. Adoptar y difundir las siguientes Políticas de Administración de Riesgos:

2.1. POLITICAS GENERALES
La Gobernación del Departamento del Atlántico diseñará e implementará controles, de acuerdo con las siguientes prioridades: Se escogerá el control que teniendo el mismo beneficio que otro incurra en un menor costo, el que teniendo igual costo preste un mayor beneficio o el que teniendo igual costo y beneficio sea mas fácil de implementar.
Los responsables de cada proceso tendrán a su cargo el diseño e implementación de planes de emergencia, contingencia y recuperación para proteger a la entidad en caso de ocurrencia de los riesgos calificados de gravedad catastrófica.
El Comité de Coordinación de Control Interno de la entidad tendrá a su cargo la responsabilidad por la continua actualización de las políticas de administración del riesgo, en coordinación con los equipos de procesos.

2.2. POLITICAS POR PROCESOS

2.2.1. DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO
En la formulación y viabilización de proyectos, es fundamental el estudio técnico que evite la construcción de obras de infraestructura en zonas de alto riesgo ante la presencia de fenómenos naturales.
Se capacitará a la Alta dirección sobre Habilidad de concertación y manejo de conflictos.

Se dará aplicación estricta de las leyes, Diálogo de concertación, Denuncias.

Como estrategia para minimizar riesgos financieros, todos los proyectos de incentivos tributarios serán analizados y evaluados rigurosamente.

Se dará estricto cumplimiento a las leyes y se diseñaran los proyectos de ajuste y actualización del estatuto tributario Departamental, para mantenerlo acorde con las exigencias de la economía global y la situación económica y financiera del ente territorial y de la nación.

Se programarán capacitaciones teniendo en cuenta las funciones asignadas al cargo y las reformas presentadas en la normatividad, a efectos de mantener actualizado a los servidores públicos así como también en la socialización y aplicabilidad del manual de funciones y procedimientos.

2.2.2. DESARROLLO ADMINISTRATIVO

Estandarizar los métodos de trabajo, mediante el continuo diseño, rediseño y reglamentación de los procedimientos de la entidad.

Este proceso deberá diseñar estrategias que permitan mejorar la atención al usuario, analizando la posibilidad de la centralización de los trámites y servicios que se prestan en la entidad, enmarcados dentro de las políticas del orden nacional en este tema.

Se mantendrá actualizado el inventario de bienes muebles e inmuebles de la entidad, con el fin de establecer el valor de reposición de los bienes asegurados y amparados en la Póliza Global de Manejo de los Bienes Muebles e Inmuebles propiedad de la entidad.

Se implementarán acciones para garantizar la seguridad de los funcionarios, usuarios y bienes a cargo de la administración, haciendo énfasis en el control de acceso a las instalaciones de la entidad.

Se elaborará y mantendrá en funcionamiento un Plan de Salud Ocupacional, dirigido a los funcionarios de la entidad con el fin de prevenir accidentes de trabajo y minimizar el impacto de los mismos en el momento de su ocurrencia.

El sistema de Evaluación del Desempeño se constituirá en insumo fundamental en el diseño e implementación de los planes de capacitación y entrenamiento de los funcionarios de la entidad, esto con el fin de minimizar los riesgos de "Errores y Omisiones", "Demoras" e "Incumplimientos".

2.2.3. HACIENDA PUBLICA

El recaudo de los tributos Departamentales se incrementará mediante la adopción de estrategias persuasivas y coactivas hacia los contribuyentes, como acción de prevención ante el riesgo "Déficit Fiscal".

Existirá un monitoreo permanente de las Proyecciones de Ingresos respecto a los resultados de las bajas de los ingresos.

Ajustar los rubros presupuesta les de acuerdo con la información consolidada del monitoreo. (Presupuesto)

Se utilizarán sistemas de información automatizados para la gestión y control de los aspectos financieros con el fin de minimizar la ocurrencia de errores humanos en las liquidaciones de Impuestos.

2.2.4. OBRAS PARA EL DESARROLLO

En la formulación y viabilización de proyectos de construcción de obras de infraestructura, es fundamental el estudio técnico de impacto ambiental que evite el deterioro del medio ambiente en la zona.

Se elaborará un plan anual de capacitación en materia de Contratación Administrativa. Actualizar el manual de contratación administrativa.

Se fortalecerá la Elaboración del Plan de Desarrollo Con la participación de los diversos actores.

Se mantendrá un diagnóstico actualizado de la infraestructura del Departamento y de las necesidades de las comunidades.

Se adelantarán jornadas de Fortalecimiento en el Area de Etica Pública

Se deben determinar y hacer cumplir las Especificaciones técnicas para las obras. Implementar un sistema de Control de Calidad para los materiales que se empleen en la construcción de las obras que contrate la entidad (Plan de Calidad de Obra).

Se hará Seguimiento y Control permanente durante la ejecución de las obras.

Existirá Seguimiento permanente a obras ejecutadas para solicitar oportunamente los requerimientos para mejorar los deterioros.

El proceso de gestión administrativa deberá garantizar el suministro de materiales, equipos y vehículos y personal requerido para las interventorías de obra.

En todo momento se deben analizar y estudiar jurídicamente las condiciones de acuerdo con el tipo de proyecto a ejecuta

Con el objeto de prevenir riesgos de pérdidas de recursos se deben presentar oportunamente los casos en los que hubo reclamaciones de restablecimiento del equilibrio contractual al comité de conciliación para efectos de evitar demandas.

2.2.5. PRESTACION SERVICIO DE SALUD

Se establecerán capacitaciones y entrenamientos en servicio al cliente a los funcionarios encargados de atender usuarios, con el fin de evitar la mala atención e incumplimientos.

Se diseñaran planes de auditorías acordes con las entidades prestadoras de servicios de salud con el fin de realizar un seguimiento adecuado que permita detectar oportunamente factores que puedan generar interrupciones en la prestación de sus servicios.

Se establecerán jornadas periódicas de capacitación, en las cuales se resalten las responsabilidades asignadas a cada servidor público, dentro del proceso en el que ejerza sus funciones.

Se establecerán mantenimientos preventivos periódicos que permitan evitar deterioro de los equipos.

Existirán controles de celaduría, vigilancia privada, y las correspondientes pólizas de seguros a efectos de garantizar que los recursos no se pierdan o extravíen.

Como resultado de las evaluaciones, en los casos en que la situación lo amerite, se dará traslado a la Oficina de Quejas y control Disciplinario para efectos de abrir los procesos disciplinarios

2.2.6. PRESTACION SERVICIOS DE EDUCACION

Establecer un plan de emergencia con la subsecretaria de Desarrollo administrativo para subsanar la falta de apoyo logístico en lo relacionado con transporte, medios de comunicación, etc.

Establecer dentro del presupuesto los valores necesarios para subsanar lo antes mencionado
Se establecerán las alianzas estratégicas con organizaciones de base y el sector privado, necesarias para una gestión optima en la prestación de los servicios de educación.

También serán fuentes de información las jornadas de Día de Niño, navidad etc.; para efectos de mantener bases de datos actualizadas y lograr cubrir a toda la población. De igual forma hacer cruces de información con DANE y Acción Social

Conformar comisiones de auditaje para realizar un seguimiento adecuado al comportamiento de la matricula, permanencia y deserción.

Organizar un equipo de trabajo interdisciplinario con el fin de realizar los análisis de la matrícula y socializar a través de la web las cifras estadísticas oficiales del departamento.

Hacer seguimiento y establecer el plan de mejoramiento correspondiente con el fin de fortalecer las debilidades encontradas y mejorar los controles

Se establecerán capacitaciones y entrenamientos en servicio al cliente a los funcionarios encargados de atender usuarios, con el fin de evitar la mala atención y los incumplimientos.

2.2.7. APOYO A LA GESTION MUNICIPAL

Existirá un mejoramiento continuo de los aspectos técnicos, tecnológicos y logísticos (departamento y municipio)

Comprometer a los funcionarios de la importancia de la comunicación entre la Gobernación del Departamento del Atlántico y todos sus municipios para efectos de mantener una coordinación y una integración que facilite el logro de los objetivos planteados.

Aplicar los instrumentos para llevar el control de las acciones municipales en las cuales la Gobernación del Departamento del Atlántico tiene incidencia, con el fin de asignar oportunamente los recursos necesarios para su culminación.

Se deberán presentar propuestas de proyectos y programas a la nación y al departamento.

2.2.8. PARTICIPACION COMUNITARIA

Se deben fortalecer los medios para la promoción, capacitaciones de las normas y leyes pertinentes, tanto a funcionarios como a las organizaciones civiles.

La Gobernación del Departamento del Atlántico garantizará la participación activa de la comunidad y siempre existirán procedimientos que garanticen las rendiciones de cuenta y la interacción con todos los habitantes del territorio atlanticense.

2.2.9. EVALUACION Y CONTROL

Implementar y mantener en funcionamiento un Sistema de Indicadores de Gestión que permita evaluar objetiva y oportunamente la ejecución adecuada de los macro procesos y procesos de la entidad, tomando como base el cumplimiento del mandato constitucional (Misión).

ARTICULO TERCERO. DIVULGACION Y SOCIALIZACION. Los mapas de riesgo y las políticas de administración de riesgos que se adoptan mediante este decreto, deberán ser divulgadas y socializadas por el Equipo MECI. Igualmente deberá ser incluido como módulo obligatorio en los procesos de inducción y reinducción que se brinda a los funcionarios de la Entidad.

ARTICULO CUARTO. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE y CUMPLASE. 27 de Nov. De 2008

JAIME AMIN HERNANDEZ
Secretario Privado encargado de las funciones de Gobernador

 

     Publicado: Friday, March 05, 2010    

 

 
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