GACETA 7839 ? 1 ? CORRESPONDIENTE A AGOSTO 31 DE 2008.
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO
2008
CONTRATO No 01 *11 *2008
CONTRATO ADICIONAL No 1 AL CONTRATO DE INTERVENTORIA No.01 *11 *2007*000096 DE 2007 SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y LUIS GUILLERMO NARVAEZ RICARDO
Entre los suscritos a saber: LORETTA JIMENEZ SANCHEZ, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 32639288 de Barranquilla, quien obra en nombre del DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en su calidad de SECRETARIA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO, debidamente facultada para contratar, por expresa delegación del Decreto NO.000002 de Enero 06 de 2004, y en especial las conferidas en la Resolución 000083 de Mayo 18 de 2004, en concordancia con el artículo 25 Numeral 10 de la Ley 80 de 1.993, quien para efectos del presente contrato, se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte y por la otra, LUIS GUILLERMO NARVAEZ RICARDO mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de ciudadanía 9050725 quien en adelante se llamará el INTERVENTOR, convenimos en celebrar el presente Contrato Adicional al Contrato No.0111*2007* 000096, previas las siguientes consideraciones: PRIMERA: Que el día veintiocho (28) de noviembre de dos mil siete (2007) fue suscrito el contrato No. 0111 *2007*000096 para realizar la INTERVENTORIA TECNICA y FINANCIERA DE LAS OBRAS DE OPTIMIZACION y AMPLIACION DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO DEL CASCO URBANO DEL MUNICIPIO DE MALAMBO DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, por valor de DOSCIENTOS VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA y CUATRO PESOS M. L ($221.201.244.00) valor que incluye IVA y un plazo de CIENTO VEINTE DIAS (120) días calendario SEGUNDA: Que en desarrollo del Contrato No.0111*2007*000096, el Interventor solicitó mediante comunicación de fecha marzo 31 de 2008, la adición del valor y plazo del contrato de acuerdo a las consideraciones tratadas con la interventoria interna del mismo lo cual fue aprobado con el respectivo visto bueno de la SECRETARIA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO. TERCERA: Que el valor de la adición no sobrepasa el 50% del valor inicial (Art. 40 de la Ley 80 de 1993) y está amparado con el certificado de disponibilidad No.280937 expedido el primero (1) de abril de dos milocha (2008), por la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaria de Hacienda. CUARTA: Que de conformidad con los articulo 3, 4 Y 5 de la Ley 80 de 1993, las partes contratantes pueden acordar todo lo pertinente para lograr los fines del Estado pactados en el contrato, por lo cual, dentro de su vigencia, la Entidad Contratante autorizó la adición en valor y prórroga del plazo inicial, considerado necesario por las partes ?
CLAUSULA PRIMERA. OBJETO: El presente Contrato tiene como objeto adicionar el valor del contrato No 0111 *2007*000096 en OCHENTA y DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA OCHO PESOS ($ 82.999.998.00) Y adicionar el término de su ejecución en sesenta y ocho (68) días calendario más de lo señalado en el contrato matriz.
CLAUSULA SEGUNDA. VALOR: El presente contrato adicional aumenta el valor del Contrato matriz, en la suma de OCHENTA y DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA OCHO PESOS ($82.999.998.00), valor que incluye el IVA.
CLAUSULA TERCERA: FORMA DE PAGO. El valor del presente contrato se pagará dentro de los sesenta (60) días calendarios siguientes a la presentación de los respectivos informes mensuales que registraran el avance de la obra. CLAUSULA CUARTA: PLAZO. El término de ejecución del contrato No. 0111*2007* 000096 se prorroga en sesenta y ocho (68) días calendario debido a las razones que mediante el presente se contratan.
CLAUSULA QUINTA: GARANTIAS: El CONTRATISTA se obliga con el DEPARTAMENTO a prorrogar la garantía en sesenta y ocho (68) días calendario más, las vigencias de los amparos de: Cumplimiento del Contrato, Pago de Salarios, Prestaciones Sociales y calidad. Las prórrogas cobijarán, igualmente, los cuatro (4) meses para la liquidación. PARAGRAFO: La SECRETARIA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO será la encargada de aprobar la prórroga de la garantía única. El CONTRATISTA publicará el contrato en la Gaceta Departamental, después de perfeccionado, requisito que se entenderá cumplido con la presentación del recibo de pago de los derechos correspondientes y la certificación del trámite para dicha publicación.
CLAUSULA SEXTA: PERFECCIONAMIENTO: Este Contrato se entenderá perfeccionado con la firma del contrato por las partes.
CLAUSULA SEPTIMA: RATIFICACION. Quedan vigentes todas las cláusulas del Contrato Matriz, en lo que no sean contrarias a lo estipulado en el presente contrato adicional
CLAUSULA OCTAVA. SUJECION PRESUPUESTAL Las sumas de dinero a que el Departamento se obliga a pagar, en este contrato se sujetarán a lo apropiado para ello en el capitulo 231211 articulo 4030, del presupuesto de rentas y gastos del Departamento, para la vigencia fiscal de 2008.
Para constancia se firma en Barranquilla el 03 de Abril de 2008-08-19
LORETTA JIMENEZ SANCHEZ, Secretaria Agua Potable
LUIS GUILLERMO NARVAEZ RICARDO, Interventor.
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO
CONTRATO No 0111*2008 00007 DE 2008
CONTRATO ADICIONAL No. 2 AL CONTRATO 0111 *2006*000090 SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y UNION TEMPORAL INTERVENTORIAS 2006
Entre los suscritos a saber: LORETTA JIMENEZ SANCHEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 32.639.288 de Barranquilla, quien obra a nombre y en representación del DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en su calidad de SECRETARIA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO, nombrada mediante Decreto No. 000203 del 19 de abril de 2005 y con facultades delegadas mediante Resolución 000083 deli8 de mayo de 2004, en concordancia con el Numeral 10 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, quien para efectos de éste contrato, se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte y, por la otra, WALID RAMON ARANA SUS, mayor de edad y vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 72.126.688 de Barranquilla, actuando como representante legal de UNION TEMPORAL INTERVENTORIAS 2006, quien en adelante se llamará EL CONTRATISTA, han convenido celebrar el presente contrato adiciona! al contrato N? 2 al contrato 0111 *2006*000090 del 27 de diciembre de 2006, previas las siguientes consideraciones:
PRIMERA: Que entre el Departamento y el Contratista, se celebró el contrato 0111 *2006*000090 el 27 de diciembre de 2006, para ejecutar la INTERVENTORIA TECNICA y FINANCIERA DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DE LA PRIMERA ETAPA DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO DEL MUNICIPIO DE MANATI EN EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, por valor de CIENTO DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M/L ($102.849.999) y un plazo de SIETE (7) meses.
SEGUNDA: Que mediante el contrato adicional No. 1 del 25 de abril de 2008, se aumento el valor inicia! del contrato 0111*2006*000090 en la suma de VEINTE MILLONES TRES MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS M.L. ($20.003.620) y se prorrogó el plazo inicial en TREINTA (30) días calendario.
TERCERA: Que en desarrollo del contrato 0111 *2006*000090 se hizo necesario adicionar y prorrogar el contrato matriz por !as razones expuestas en acta de fecha 3 de marzo de 2008.
CUARTA: Que la suma de dinero a Que el Departamento se obliga a pagar en éste contrato adicional, se sujeta a lo apropiado para ello, en el Capitulo 231221, Articulo 4080, del Presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento del Atlántico, para la vigencia fiscal del 2008.
QUINTA: Que el Departamento cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, para contratar la ejecución de las mayores cantidades y obras adicionales, por valor de TRECE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS ($13.374.684), según certificado No. 281628 del 14 de mayo de 2008, expedido por el Subsecretario de Presupuesto de la Secretaria de Hacienda Departamental.
SEXTA: Que con fundamento en el artículo 14 de la Ley 80 de 1993, las partes contratantes pueden hacer modificaciones a las obras contratadas, ejecutar mayores cantidades a las mismas y acordar y ejecutar obras adicionales.
CLAUSULA PRIMERA OBJETO: El valor del contrato 0111*2006*000090 del 27 de diciembre de 2006, se aumenta en la suma de TRECE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS ($13.374.684,00), según acta de mayores cantidades obras adicionales de fecha 3 de marzo de 2008.
CLAUSULA SEGUNDA PLAZO: El plazo para la ejecución de la obra objeto del contrato No. 01 2006*000090 del 27 de diciembre de 2006, se prorroga en CUARENTA y CINCO (45) días calendario.
CLAUSULA TERCERA: FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato se pagará dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la presentación de la respectiva Acta de recibo debidamente diligenciada.
CLAUSULA CUARTA: GARANTIA: El Contratista se obliga a modificar y/o amparar la suma asegurada y la vigencia de los amparos de la póliza única de cumplimiento 900168 y sus anexos modificatorios expedidos por la Compañía LlBERTY SEGUROS, en virtud de lo establecido en la cláusula octava del contrato No. 0111 *2006*000090 de! 27 de diciembre de
2006.
CLAUSULA QUINTA: PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: Este contrato quedará perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes contratantes y para su ejecución requerirá de su registro presupuesta!, de! pago de los impuestos correspondientes, de la aprobación de la modificación de la garantía por parte de la Secretara de Agua Potable y Saneamiento Básico y de su publicación en la Gaceta Departamental, requisito éste que se entenderá cumplido con el recibo de pago de la tarifa de publicación.
CLAUSULA SEXTA: RATIFICACION. Quedan vigentes todas las demás cláusulas de! contrato N? 01111* 2006*000090 del 27 de diciembre de 2006, en lo que no sean contrarias a lo estipulado en el presente contrato adicional.
CLAUSULA SEPTIMA: IMPUTACION PRESUPUESTAL: El presente contrato adiciona! se imputará al Capitulo: 231221, Articulo 4080 del Presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008.
Para constancia se firma en Barranquilla, a los 9 JUL. 2008
LORETTA JIMENEZ SANCHEZ, Agua Potable
WALID RAMON ARANA SUS. Unión Temporal Interventoría 2006.
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
ORDENANZA No. 000030
POR LA CUAL SE OTORGA AUTORIZACION AL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA APERTURA DE UNA LICITACION PUBLICA Y LA SUSCRIPCION DE UN CONTRATO POR VALOR DE HASTA CUATRO MIL MILLONES DE PESOS ($4.000.000.000) CONSISTENTES EN LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA (ASEO Y CUIDADO) POR SEIS MESES, EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DEPARTAMENTO. DEL ATLANTICO?.
LA HONORABLE ASABLEA DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las establecidas en el numeral 9?. Del artículo 300 de la Constitución Política de Colombia
ORDENA:
ARTICULO PRIMERO: Autorizar al Gobernador del Departamento del Atlántico, para que abra licitación pública y suscriba el correspondiente contrato por valor de CUATRO MIL MILLONES DE PESOS ($4.000.000.000) consistente en la prestación del servicio de aseo y cuidado de las instituciones educativas del departamento del atlantico, durante la vigencia 2008.
ARTICULO SEGUNDO: La presente Ordenanza rige a partir de su sanción y publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Barranquilla a los
FEDERICO UCROS FERNANDEZ, Presidente
MIGUEL PATIÑO DIAZ GRANADOS, Primer Vicepresidente
ELVERTH SANTOS ROMERO, Segundo Vicepresidente
ESTEBAN MOSQUERA ESCAMILLA, Secretario General
Esta ordenanza recibió los tres debates reglamentarios de la siguiente manera:
Primer Debate: 21 de mayo de 2008.
Segundo Debate: Mayo 29 de 2008
Tercer Debate: Junio 3 de 2008.
ESTEBAN MOSQUERA ESCAMILLA
Secretario General
Gobernación del Departamento del Atlántico. Sanciónese la presente ordenanza No 00030 del 17 de junio de 2008.
EDUARDO VERANO DE LA ROSA
Gobernador del Atlántico
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO NR. 291 DE 2008
"Por medio del cual se modifica el Decreto 000933 de 2007 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del atlántico para Ik vigencia fiscal de 2008".
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en artículo tercero de la Ordenanza 00027 de 2008
CONSIDERANDO:
1.- Que mediante el decreto No. 00116 Ele-2008 se incorporaron los recursos necesarios para financiar la reserva presupuestal de 2007 respaldada por recursos propios de capital por $2.026.73~.583, constituida mediante el decreto No.00055 de 2008.
2.- Que erróneamente se certificó la total cobertura de la reserva presupuestal de 2007 al contar con disponibilidad en caja a 31 de diciembre de 2007 de los recursos de capital, sin embargo en un posterior estudio se verificó que sólo se contaba con $640.058.140, de los cuales partes financiarían las cuentas por pagar de 2007.
3.- Que por lo anteriormente expuesto, se hace necesario una reducción en el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversiones del año 2008 por la suma de $1.834.112 .416.
4. Que, según Certificado de Disponibilidad 280072 emitido por la Secretaría de Hacienda, se encuentran disponibles las partidas que se van a contracreditar.
5. Que el artículo tercero de la Ordenanza 00027 de 2008 faculta al señor Gobernador del Departamento del Atlántico para incorporar recursos adicionales, realizar traslados y crear partidas en el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones que corresponda ejecutar al Departamento durante la vigencia fiscal de 2008.
6. Que mediante Decreto 00116 de 2008 se incorporó el artículo 4221 con el nombre errado "Electrificación en los sectores rurales y subnormales en los municipios, corregimientos y veredas en el Departamento del Atlántico (Déficit 2007)", cuando debió ser "Electrificación en los sectores rurales y subnormales en los municipios, corregimiento y veredas en el Departamento del Atlántico (Reserva Presupuestal 2007)".
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Redúzcase el Presupuesto de Ingresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
PRESUPUESTO DE RENTAS
ADMINISTRACION CENTRAL
RECURSOS DE CAPITAL
OTROS RECURSOS DEL BALANCE
1162. Recursos del Balance ????..1.834.112.416
TOTAL REDUCCIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008????????..1.834.112.416
ARTICULO SEGUNDO: Redúzcase el Presupuesto de Egresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO AGUA POTABLE PARA UNA VIDA DIGNA
SECTOR AGUA POTABLE
CONSTRUCCION, REHABILITACION, AMPLIACION, DOTACION Y OPTIMIZACION DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTOS DE LAS CABECERAS MUNICIPALES Y AREA RURAL DEL DEPARTAMENTO
4031.Construcción, rehabilitación, ampliación, dotación y optimización de los sistemas de acueductos de las cabeceras municipales y área rural del Departamento (Reserva Presupuestal 2007)?.183.746.175
DESAFIO CAMBIO CULTURAL PARA CONVIVIR EN PAZ
SECTOR MITIGACION DE RIESGOS NATURALES y ANTROPICOS
ADECUACION DE AREAS EN ZONAS DE ALTO RIESGO
4161. Adecuación zona de alto riesgo (Reserva Presupuestal 2007)
DESAFIO DESARROLLO ECONOMICOS SOSTENIBLE
SECTOR VIAS
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO Y REHABILITACION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL.
4203. Rehabilitación, mantenimiento y mejoramiento de la red vial secundaria y terciaria (Reserva Presupuestal 2007)?..101.639.200
4205. Plan 2500 (Reserva Presupuestal 2007)??622.005.726.
4209. Estudios de preinversión para los proyectos de la Secretaria de Infraestructura Departamental (Reserva Presupuestal 2007).
SECTOR TURISMO
CADENA PRODUCTIVA TURISTICA
ECOTURISTICA
4311. Apoyo a la modernización y desarrollo del sector turismo en el Departamento del Atlántico (Reserva presupuestal 2007)?1.000.000
DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR EDUCACION PARA VIVIR MEJOR
COBERTURA Y ACCESO A LA EDUCACION CON SENTIDO DE EQUIDAD
4381. Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa en los municipios y corregimientos del Departamento del Atlántico (Reserva Presupuestal 2007)?????????8.851.360
4387. Acceso educativo a la población vulnerable (Reserva Presupuestal 2007)?????..17.784.000
SECTOR SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
FONDO DE SALUD DEPARTAMENTAL
PROGRAMA DE SALUD PUBLICA COLECTIVA
4901. Plan de atención básica departamental (Reserva Presupuestal 2007)?..856.869
PROGRAMA PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD EN LO NO CUBIERTO CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA
4921. Hospital Universitario Presupuestal 2007). Cari - Ese (Reserva?.131.815.076.
4945. Fortalecimiento de la red prestad ora de servicios de 11 y 111 Nivel de atención para casos de alta complejidad (Reserva Presupuestal 2007).
SECTOR MUJER, FAMILIA CENTRO DEL DESARROLLO HUMANO JOVENES EMPRENDEDORES
5501. Escuela de liderazgo juvenil (Reserva Presupuestal 2007)?5.000.000
5505. Los Jóvenes se capacitan (Reserva Presupuestal 2007)?.24.000.000
BUEN TRATO EN FAMILIA
5531. Buen trato en familia ( Reserva Presupuestal 2007)
ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
5555. Unidad odonto-oftalmológica(Reserva Presupuestal 2007)?. ?..15.183.695
SECTOR DEPORTE PARA LA FORMACION HUMANA
INFRAESTRUCTURA FISICA DEPORTIVARECREATIVA
5591. Mejoramiento y mantenimiento a la infraestructura deportiva y recreativa en los municipios y corregimientos del Departamento del Atlántico ( Reserva Presupuestal 2007)
SECTOR DEMOCRATIZACION DE LA CULTURA
DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y DEL PATRIMONIO HISTORICO ARQUITECTONICO Y ECO LOGICO DEL DEPARTAMENTO
5601. Museo Atlántico somos todos (Reserva Presupuestal 2007)?..99.991.584.
5603 Adecuación y mejoras internas de la Biblioteca Pública Departamental "Meira Delmar" ( Reserva Presupuestal 2007)192.613.144.
APOYO FINANCIERO A LA DIFUSION ARTISTICA Y CULTURAL
5643. Apoyo financiero a la difusión artística y eventos culturales ( Reserva Presupuestal 2007)?..7.000.000
TOTAL REDUCCIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 2008?..1.843.112.416.
ARTICULO TERCERO: Contracredítese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capitulo de Gastos de Inversión del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO AGUA POTABLE PARA UNA VIDA
SECTOR ALCANTARILLADO
CONSTRUCCION, REHABILITACION. AMPLIACION, DOTACION Y OPTIMIZACION DE LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS CABECERAS MUNICIPALES DEL DEPARTAMENTO
4080. Construcción, rehabilitación, dotación, optimización de los sistemas de alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas residuales en las cabeceras municipales del Departamento???..183.746.175.
DESAFIO CAMBIO CULTURAL PARA CONVIVIR EN PAZ
SECTOR MITIGACION DE RIESGOS NATURALES Y ANTRROPICOS
ADECUACION DE AREAS EN ZONA DE ALTO RIESGO
4160. Adecuación de áreas en zonas de alto riesgo?16.884.600
DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE.
SECTOR VIAS
REHABILITACION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL
4202. Rehabilitación, mantenimiento y mejoramiento de la red vial secundaria y terciaria
4204. Rehabilitación de la entrada principal al Municipio de Usiacurí?622.005.726
SECTOR GAS NATURAL
AMPLIACION DE LA COBERTURA DEL SERVICIO DE GAS NATURAL
4230. Subsidios para la conexión del servicio de gas natural en los municipios y corregimientos del Departamento del Atlántico?100.000.000
SECTOR VIVIENDA ADECUADA
MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA DE INTERES
SOCIAL EN EL DEPARTAMENTO
4240. Programa de mejoramiento para vivienda de interés social en el Departamento del Atlántico????..100.000.000
SECTOR TURISMO
CADENA PRODUCTIVA TURSTICA
ECOTURISTICA
4310. Cadena productiva turística - Ecoturística?..100.000
DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR EDUCACION PARA VIVIR MEJOR
COBERTURA Y ACCESO A LA EDUCACION CON SENTIDO DE EQUIDAD
4386. Acceso educativo a la población vulnerable?.17.784.000
SECTOR SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
FONDO DE SALUD DEPARTAMENTAL
PROGRAMA DE SALUD PUBLICA COLECTIVA
4900. Plan de atención básica Departamental
PROGRAMA PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD
EN LO NO CUBIERTO CON SUBSIDIO A LA DEMANDA
4944. Fortalecimiento de la red prestadoras de servicios
de III y IV nivel de atención para casos de alta complejidad
SECTOR MUJER, FAMILIA CENTRO DESARROLLO HUMANO
JOVENES EMPRENDEDORES
5500. Escuela de liderazgo juvenil??20.183.695
5504. Los jóvenes se capacitan?..24.000.000
BUEN TRATO EN FAMILIA
5530. Buen trato en familia?..13.869.380
SECTOR DEMOCRATIZACION DE LA CULTURA
DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y DEL PATRIMONIO HISTORICO, ARQUICTECTONICO y ECO LOGICO DEL DEPARTAMENTO
5600. Museo Atlántico somos todos?..99.991.584
5602.Adecuación y mejoras internas de la Biblioteca Pública Departamental Meira del Mar?..192.613.144
FOMENTO DE LA PARTICIPACION EN ACTIVIDADES DE LA CULTURA
5690. Apoyo financiero a las actividades culturales de la Secretaría de Cultura y Patrimonio?????7.000.000
TOTAL CONTRACREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008
ARTICULO CUARTO. Incorpórese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL DESAFIO CAMBIO CULTURAL PARA CONVIVIR EN PAZ
SECTOR MITIGACION DE RIESGOS NATURALES Y ANTROPICOS
ADECUACION DE AREAS EN ZONAS DE ALTO RIESGO
4163. Adecuación zonas de alto riesgo (Déficit 2007)
DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE
SECTOR VIAS
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO Y REHABILITACION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL.
4210. Plan 2500 (Déficit 2007)?????622.005.726
4211. Estudios de preinversión para los proyectos de la Secretaría de Infraestructura Departamental (Déficit 2007)?.45.642.716
DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
FONDO DE SALUD DEPARTAMENTAL
PROGRAMA DE SALUD PUBLICA COLECTIVA
4905. Plan de atención básica departamental (Déficit 2007). 856.869
SECTOR MUJER, FAMILIA CENTRO DEL DESARROLLO HUMANO
JOVENES EMPRENDEDORES
5503. Escuela de liderazgo juvenil ( Déficit 2007)?..5.000.000
5507. Los Jóvenes se capacitan (Déficit 2007)?.24.000.000
BUEN TRATO EN FAMILIA
Buen trato en familia (Déficit 2007)??.13.869.380
A TENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Unidad Odonto-Oftalmológica (Déficit 2007)?(Déficit 2007)
SECTOR DEMOCRATIZACION DE LA CULTURA
DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL y DEL PATRIMONIO HISTORICO ARQUITECTONICO Y ECOLOGICO DEL DEPARTAMENTO
Museo Atlántico somos todos (Déficit 2007)?.99.991.584
TOTAL INCORPORACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008
ARTICULO QUINTO: Acredítese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Inversiones del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal: del 2008 de la siguiente manera:
PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO AGUA POTABLE PARA UNA VIDA DIGNA
SECTOR AGUA POTABLE
CONSTRUCCION, REHABILITACION, AMPLIACION; DOTACION Y OPTIMIZACION DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTOS DE LAS CABECERAS MUNICIPALES y AREA RURAL DEL DEPARTAMENTO.
4035. Construcción, rehabilitación, ampliación, dotación y optimización de los sistemas de acueductos de las cabeceras municipales y área rural del Departamento (Déficit 2007)?.183.746.175
DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE
SECTOR VIAS
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO Y REHABILITACION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL
4207. Rehabilitación, mantenimiento y mejoramiento de la red vial secundaria y terciaria (Déficit 2007)????..101.639.200
SECTOR TURISMO
CADENA PRODUCTIVA TURISTICA ECOTURISTICA
4312. Apoyo a la modernización y desarrollo del sector turismo en el Departamento del Atlántico (Déficit 2007)???1.000.000
DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR EDUCACION PARA VIVIR MEJOR
COBERTURA Y ACCESO A LA EDUCACION CON SENTIDO DE EQUIDAD.
4383. Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa en los municipios y corregimientos del Departamento del Atlántico (Déficit 2007).8.851.360
4391. Acceso educativo a la población vulnerable (Déficit 2007)..17.784.000
PROGRAMA PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD EN LO NO CUBIERTO CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA
4925. Hospital Universitario Cari -- Ese (Déficit 2007)?.131.815.076
4948. Fortalecimiento de la red prestadora de servicios de 11 y 111 nivel de atención para casos de alta complejidad (Déficit 2007)?.7.580.000
SECTOR DEPORTE PARA LA FORMACION HUMANA
INFRAESTRUCTURA FISICA DEPORTIVARECREATIVA
5592. Mejoramiento y mantenimiento a la Infraestructura deportiva y recreativa en los municipios y corregimientos del Departamento del Atlántico (Déficit 2007)???..338.648.891
SECTOR DEMOCRATIZACION DE LA CULTURA
.
DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL y DEL PATRIMONIO HISTORICO ARQUITECTONICO Y ECOLOGICO DEL DEPARTAMENTO
5607
Adecuación y mejoras internas de la Biblioteca Pública Departamental "Meira Delmar" (Déficit 2007)?.192.613.144
APOYO FINANCIERO A LA DIFUSION ARTlSTICA Y CULTURAL
5645. Apoyo financiero a la difusión artística y eventos culturales (Déficit 2007)?.7.000.000
TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008.
TOTAL INCORPORACIONES Y CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008
ARTICULO SEXTO: Cámbiese detalle del artículo 4221 Electrificación en los sectores rurales y subnormales en los municipios, corregimientos y veredas en el Departamento del Atlántico (Déficit 2007) del Presupuesto de gastos de la vigencia 2008, Quedando de la siguiente manera:
SECTOR ELECTRIFICACION
ELECTRIFICACION DE LAS ZONAS RURALES
DEL DPTO DEL ATLANTICO
4221. Electrificación en los sectores rurales y subnormales en los municipios, corregimientos y veredas en el Departamento del Atlántico (Reserva Presupuestal 2007).
PUBLIQUESE y CUMPLASE
Dado en Barranquillla a los 24 de Junio de 2008.
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
ORDENANZA N? 000 2 8
"POR MEDIO DE LA CUAL SE FIJAN LAS ESCALAS DE REMUNERACION Y ASIGNACIONES CIVILES Y NOMENCLATURA DE CARGOS CORRESPONDIENTES A LAS DISTINTAS CATEGORIAS DE EMPLEO DE LA ADMINISTRACION DEPARTAMENTAL PARA LA VIGENCIA DE 2008 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
La Asamblea del Departamento del Atlántico, en uso de sus facultades legales que le otorga el Artículo 300 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el Acto Legislativo 01 de 1996 Articulo 2?, Decreto Ley 1222 de 1986. Artículo 231 del Decreto Ordenanzal No. 000324 de Agosto de 1990, Artículo 114 Numeral 5 y demás disposiciones legales, Decreto 785 de 2005 reglamentario de la Ley 909 de 2004.
ORDENA
ARTICULO PRIMERO: DE LA ESCALA DE REMUNERACION DE LAS
DISTINTAS CATEGORIAS DE EMPLEO
Establézcanse las siguientes escalas de remuneración mensual, para las diferentes categorías de Empleos de la Administración Departamental y del Instituto Departamental de Transito y Transporte del Atlántico. .
CODlGO GRADO SUELDO GASTOS DE REPRESENTACION
NIVEL DIRECTIVO
001 01 4.075.834 4.075.834
020 02 3.498.040 3.498.040
039 05 4.851.896 3.498.040
NIVEL ASESOR
105 03 6.229.081
105 05 4.851.896
115 04 5.093.878
NIVEL PROFESIONAL
206 08 4.049.346
222 09 3.069.554
219 10 2.610.162
219 11 2.219.265
NIVEL TECNICO
367 12 2.103.569
367 13 1.868.023
367 14 1.669.403
367 15 1.669.380
367 17 2.275.039
367 20 974.204
NIVEL ASISTENCIAL
425 16 1.660.578
440 19 1.020.148
440 21 962.829
407 18 1.035.475
407 23 716.488
480 20 974.204
480 22 957.358
470 24 645.611
ARTICULO SEGUNDO DE LAS ASIGNACIONES DE LAS
DISTINTAS CATEGORIAS DE EMPLEO
Establezcanse las siguientes asignaciones Civiles, para las diferentes categorías de Empleos de la Administración Departamental.
CODIGO GRADO CARGO
NIVEL DIRECTIVO
001 03 GOBERNADOR
020 02 SECRETARIO DE DESPACHO
039 02 GERENTE
045 05 SUB-SECRETARIO DE DESPACHO
CODIGO GRADO CARGO
NIVEL ASESOR
105 03 ASESOR
105 05 ASESOR
115 04 JEFE DE OFICINA
NIVEL PROFESIONAL
206 08 LIDER DE PROGRAMA
222 09 PROFESIONAL ESPECIALIZADO
219 10 PROFESIONAL UNIVERSITARIO
219 11 PROFESIONAL UNIVERSITARIO
NIVEL TECNICO
367 12 TECNICO ADMINISTRATIVO
367 13 TECNICO ADMINISTRATIVO
367 14 TECNICO ADMINISTRATIVO
367 15 TECNICO ADMINISTRATIVO
367 17 TECNICO ADMINISTRATIVO
367 20 TECNICO ADMINISTRATIVO
NIVEL ASISTENCIAL
425 16 SECRETARIO EJECUTIVO
440 19 SECRETARIO
440 21 SECRETARIO
407 18 AUXILIAR ADMINISTRATIVO
407 23 AUXILIAR ADMINISTRATIVO
480 20 CONDUCTOR
480 22 CONDUCTOR
470 24 AUXILIAR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
ARTICULO TERCERO: A partir de la vigencia del Decreto 1919 del año 2002, del Departamento Administrativo de la Función Pública, todos los empleados públicos vinculados o que se vinculen a la entidades del Sector Central. y Descentralizado de la Rama Ejecutiva del nivel Departamental, como de las Empresas Sociales del Estado del orden Departamental gozarán del régimen de prestaciones sociales señalado para los empleados, públicos de la Rama Ejecutiva del poder público del Orden Nacional.
Autorizase al Gobernador del Departamento por el término de seis (6) meses para establecer la escala de remuneración de las asignaciones correspondientes a las diferentes categorías de empleo del orden Administrativo del sector Central.
PARAGRAFO: Los aumentos consignados en la presente ordenanza corresponden a un porcentaje del 5.69%, el cual corresponde a la inflación certificada por el DANE para el año 2007, lo anterior de acuerdo al artículo 53 de la Constitución Política de Colombia y la Sentencia C-931 de 2004, de la Corte Constitucional.
ARTICULO CUARTO: Las escalas de remuneración de las distintas categorías de empleo del orden administrativo del sector educativo, financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, serán ajustados conforme a .lo dispuesto en el Decreto Nacional emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, por medio del cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del Orden Nacional y se dictan otras disposiciones para el año 2008 y/o a lo estipulado en el Decreto Departamental que con objeto del estudio de homologación de cargos se emita.
Establézcanse las siguientes Asignaciones Civiles, para las diferentes categorías de Empleo del personal Administrativo del Sector Educativo financiado con recursos del Sistema General de Participaciones Educación.
CODIGO GRADO CARGO SUELDO
NIVEL PROFESIONAL
1222 18 Profesional Especializado $ 2.866.394
1222 18 Profesional Especializado (Mt) $ 1.433.197
219 12 Profesional Universitario $ 1.830.924
NIVEL TECNICO
314 05 Técnico Operativo $ 618.166
314 09 Técnico Operativo $ 894.619
314 10 Técnico Operativo $ 936.171
314 12 Técnico Operativo $ 1.046.558
314 13 Técnico Operativo $ 1.116.071
314 16 Técnico Operativo $ 1.366.046
NIVEL ASISTENCIAL
407 08 Auxiliar Administrativo $ 581.096
407 09 Auxiliar Administrativo $ 618.166.
407 10 Auxiliar Administrativo $ 679.437
407 11 Auxiliar Administrativo $ 733.373
407 13 Auxiliar Administrativo $ 842.906
407 16 Auxiliar Administrativo $ 894.619
407 18 Auxiliar Administrativo $ 936.171
407 22 Auxiliar Administrativo $ 1.094.961
407 23 Auxiliar Administrativo $ 1.209.036
412 09 Auxiliar Area Salud $ 618.166
440 09 Secretario $618.166
440 10 Secretario $ 679.437
440 12 Secretario $ 787.451
440 13 Secretario $ 812.906
440 14 Secretario $ 830.713
4401 18 Secretario $ 936.171
440 22 Secretario $ 1.094.961
470 06 Auxiliar de Servicios Generales $ 501.082
470 09 Auxiliar de Servicios Generales $ 618.166
477 06 Celador $ 501.082
480 09 Conductor $ 618.166
480 10 Conductor $ 679.437
487 06 Operario $ 501.082
487 10 Operario $ 679.437
PARAGRAFO: El personal Administrativo del Sector Educativo financiado con los Recursos del Sistema General de Participación Educación, correspondiente a las anteriores nomenclaturas de cargos y asignaciones civiles establecidas en fa presente ordenanza que venían de la Nación y los que han sido nombrados por virtud de la autonomía administrativa y nominadora del Departamento del Atlántico para el manejo descentralizado de la Educación, estará adscrito a la Secretaría de Educación Departamental.
ARTICULO SEXTO: DE LA ESCALA DE REMUNERACION DE LAS DISTINTAS CATEGORIAS DE EMPLEO DEL ORDEN ADMINISTRATIVO DEL SECTOR EDUCATIVO FINANCIADO CON SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACION EDUCACION Y LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL ORDEN DEPARTAMENTAL.
Autorizase al Gobernador del Departamento por el término de seis (6) meses para establecer la escala de remuneración de las asignaciones correspondientes a las diferentes categorías de empleo del orden Administrativo del sector educativo financiado con el Sistema General de Participación, Educación y las Empresas Sociales del estado del Orden Departamental.
ARTICULO SEXTO: FIJACION DE VIATICOS
A partir de la vigencia de la presente Ordenanza establézcase los viáticos para el Gobernador del Departamento, los Diputados y el Contralor General del Departamento, en la suma de $ 310.805.00 diarios cuando deban cumplir comisiones de servicios fuera del Departamento. Para el resto de empleados oficiales y/o públicos del Departamento que deban cumplir comisiones de servicios fuera del Departamento en los porcentajes de las respectivas remuneraciones que a continuación se indican:
COMISIONES DE SERVICIOS EN EL INTERIOR DEL PAIS
VIATICOS DIARIOS EN
BASE DE LIQUIDACION PESOS
Hasta 643.277 Hasta 58.339
De 643.278 a 1.010.848 Hasta 79.734
De 1.010.848 a 1.349.846 Hasta 96.746
De 1.349.846 a 1.712.096 Hasta 112.573
De 1.712.097 a 2.067.713 Hasta 129.269
De 2.067.714 a 3.118.427 Hasta 145.908
De 3.118.428 a 4.358.488 Hasta 177.228
De 4.358.489 a 5.175.100 Hasta 239.081
De 5.175.101 en adelante Hasta 310.805
PARAGRAFO: Autorícese al señor Gobernador por el término de seis (6) meses para que ajuste los viáticos, teniendo en cuenta los topes que fije el Gobierno Nacional para la vigencia 2008.
Para determinar el valor de los viáticos, se tendrán en cuenta el sueldo más los Gastos de Representación.
Para el otorgamiento de las Comisiones de Servicios en el interior del país, excluido el territorio del Departamento del Atlántico se fijará el valor de los viáticos según la remuneración mensual del funcionario comisionado hasta por las cantidades equivalentes señaladas en el presente Artículo.
Dentro del Territorio Nacional solo se reconocerán viáticos cuando el comisionado deba permanecer por lo menos un día completo en el lugar de la comisión fuera de su sede habitual del trabajo.
Cuando el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión sólo se reconocerá el 50% del valor fijado.
COMISIONES DE SERVICIO EN EL EXTERIOR
VIATICOS DIARIOS EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
PARA COMISIONES EN:
CENTRO AMERICA, ESTADOS UNIDOS, EUROPA, ASIA,
EL CARIBE Y CANADA, MEXICO, OCEANIA y
SURAMERlCA CHlLE, BRASlL, ARGENTINA
BASE DE LIQUIDACION EXCEPTO BRASIL, AFRICA Y PUERTO
CHILE, ARGENTINA Y RICO
PUERTO RICO
Hasta 643.277 Hasta 80 Hasta 100 Hasta 140
De 643.278 A 1.010.848 Hasta 110 Hasta 150 Hasta 220
De 1.010.849 A 1.349.845 Hasta 140 Hasta 200 Hasta 300
De 1.349.846 A 1.712.096 Hasta 150 Hasta 210 Hasta 320
De 1.712.097 A 2.067.713 Hasta 160 Hasta 240 Hasta 350
De 2.067.714 A 3.118.427 Hasta 170 Hasta 250 Hasta 360
De 3.118.428 A 4.358.488 Hasta 180 Hasta 260 Hasta 370
De 4.358.489 A 5.175.100 Hasta 200 Hasta 265 Hasta 380
De 5.175.101 en adelante Hasta 210 Hasta 275 Hasta 390
La fijación del valor de los viáticos para comisión de servicios en el exterior se hará por Decreto del
Gobernador del Departamento.
Aplíquese la reglamentación en los viáticos contemplada en esta Ordenanza a los recursos incorporados en el Presupuesto del Departamento del Atlántico.
ARTICULO SEPTIMO: GASTOS DE TRANSPORTE
Los empleados del Departamento que deban viajar fuera de su sede de trabajo en desarrollo de comisiones de servicios dentro del país, excluido el territorio del Departamento del Atlántico o en el exterior tendrán derecho a el reconocimiento y pago de los gastos de Transporte.
ARTICULO OCTAVO: GASTOS DE MOVILIZACION
Fíjese la suma de TREINTA MIL PESOS M/L diarios para movilización, correspondientes a la comisión por servicios cuando esta se efectúe dentro del territorio del Departamento del Atlántico, excluyendo el Area Metropolitana de la Ciudad de Barranquilla.
Fíjese la suma de SESENTA MIL PESOS M/L. Diarios para movilización, correspondientes a la comisión por servicios cuando esta se efectúe en el interior del país, excluido el territorio del Departamento del Atlántico y que corresponda a invitación que cubra los gastos de alojamiento y manutención.
Aplíquese la reglamentación en los Gastos de Movilización contemplada en esta Ordenanza a los recursos incorporados en el Presupuesto del Departamento del Atlántico.
ARTICULO NOVENO: Esta Ordenanza rige a partir de la fecha de su promulgación y entrará en vigencia el 1? de Enero del 2008.
Dada en Barranquilla a los
FEDERICO UCROS FERNANDEZ, Presidente
MIGUEL PATIÑO DIAZGRANADOS, Primer Vicepresidente
ELVERTH SANTOS ROMERO, Segundo Vicepresidente
ESTEBAN MOSQUERA ESCAMILLA, Secretario General
Esta Ordenanza recibió los tres debates reglamentarios de la siguiente manera:
PRIMER DEBATE: Febrero 22 de 2008.
SEGUNDO DEBATE: Febrero 27 de 2008.
TERCER DEBATE: Febrero 29 de 2008.
ESTEBAN MOSQUERA ESCAMILLA
Gobernación del Atlántico, sanciónese la Ordenanza No. 000028 del 5 de marzo de 2008.
JAIME AMIN HERNANDEZ,
Secretario Privado encargado
De las funciones de Gobernador
EDUARDO VERANO DE LA ROSA
Gobernador del Departamento del Atlántico
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO NR. 00336 DE 2008
"Por medio del cual se modifica el Decreto 000933 de 2007 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del atlántico para la vigencia fiscal de 2008"
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en artículo tercero de la Ordenanza 00027 de 2008
CONSIDERANDO:
1. Que el Departamento suscribió con Recaudos & Tributos S.A. el contrato No 05*02*05001 para el apoyo de la gestión de cobro persuasivo y coactivo del impuesto sobre vehículos automotores.
2. Que mediante otrosí No 1 del 10 de julio de 2007 fue modificada la forma de pago prevista en el contrato 05*02*05001, en virtud de que inicialmente el contratista recibía directamente en su cuenta bancaria el valor de su remuneración, pero al efectuarse el recaudo a partir del 01 de diciembre de 2006 a través de todas las oficinas del Banco de Occidente, el contratista se obligó a presentar facturas mensuales por concepto del pago de honorarios por su gestión de cobro.
3. Que de acuerdo a certificación de fecha 31 de julio de 2008 expedida por el Subsecretario de Contabilidad, el valor recaudado por honorarios o gastos de administración por el cobro coactivo del impuesto sobre vehículos automotores, registrado en la contabilidad en la cuenta 242552-062 durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007 asciende a la suma de $27.454.079. Se adjunta certificación en mención.
4. Que el contratista está requiriendo el pago del valor pactado en el contrato, para lo cual presentó la factura por su gestión adelantada durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007.
5. Que el valor recaudado por honorarios o gastos administrativos por el cobro coactivo por cuotas partes pensionales, registrado en la contabilidad en la cuenta 480803-012 durante los meses de enero a julio de 2008 asciende a la suma de $483.764.716 y es certificada por la Dra Olga Cardenas Herrrera, Profesional Especializado de la Subsecretaria de Rentas el cual coincide con lo reportado y registrado en la contabilidad. De otra parte en el presupuesto de Ingresos se encuentra apropiado la suma de $100.000.000, por lo tanto se requiere adicionar el valor de $383.764.716.
6. Que con el fin de desarrollar y cumplir metas del Plan de Desarrollo "Atlántico unido. Todo se puede lograr", dentro del plan se encuentran el eje estratégico fortalecimiento institucional , una de sus prioridades es proveer acciones que permitan una cultura ciudadana de todo y para todos; en lo relacionado con la gestión pública y cultural se desarrollan procesos de formación en artes escénicas y en las otras áreas se impulsan programas enfocados a incrementar las capacidades de las distintas comunidades y grupos poblacionales para acceder a inventivos y oportunidades a lo largo de la cadena de valor cultural en proceso de creación, producción y circulación artística y cultural.
7. Que por tal razón la Secretaria de Cultura y Patrimonio solicita unos traslados presupuestales por valor de $900.000.000.oo , y contracreditar la suma de $400.000.000.oo del artículo 5600 para la creación de un nuevo artículo para la recuperación del Muelle de Puerto Colombia.
8. Que la fuente de recursos de la nación para la financiación de los estudios de patología del Muelle de Puerto Colombia, son provenientes de los impuestos de la telefonía móvil celular, estos recursos son girados por el Ministerio de Cultura así: 50% para deporte y 50% para la ejecución de proyectos encaminados para la recuperación del Patrimonio Cultural del Departamento del Atlántico, y son ejecutados por la Secretaria de Cultura.
9. Que la Secretaria de Agua Potable solicita un traslado presupuestal de $2.000.000.000.oo para poder financiar obras de acueducto en municipios del Departamento, entre los que se destacan Luruaco, Malambo, Soledad y los municipios pertenecientes a la zona noroccidental.
10. Que, según Certificados de Disponibilidad 280084, 280085 Y 280086 emitidos por la Secretaría de Hacienda, se encuentran disponibles las partidas que se van a contracreditar.
11. Que el artículo 11 de la Ordenanza 00024 de 2007 y del Decreto 00933 de 2007, autorizan al Gobernador del Departamento del Atlántico para efectuar por Decreto, previo certificado de disponibilidad expedido por la Secretaría de Hacienda, las modificaciones presupuestales que no modifiquen el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento y servicio de la deuda aprobado por la Asamblea Departamental.
12. Que por lo anteriormente expuesto se hace necesario realizar las adiciones, contracréditos y créditos correspondientes en el presupuesto gastos de la vigencia 2008.
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Adiciónese el Presupuesto de Ingresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
1. INGRESOS DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
1.1. ADMINISTRACION CENTRAL
1.1.1. INGRESOS CORRIENTES
1.1.1.3. OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS
1.1.1.3.3. RECUPERACIONES
1140 Por gastos cobro coactivo rentas Departamentales 27.454.079
1142 Por gastos cobro coactivo cuotas partes pensionales 383.764.716
TOTAL ADICIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 411.218.795
ARTICULO SEGUNDO: Acredítese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
2. PRESUPUESTO DE GASTOS
2.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
2.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO - ADMINISTRACION CENTRAL
2.1.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO - GOBERNACION DEL ATLANTICO
2.1.1.1.2. GASTOS GENERALES
2.1.1.1.2.2. ADQUISICION DE SERVICIOS
2108 Gasto trámite cobro persuasivo y coactivo rentas Departamentales 27.454.079
2.1.1.1.2.3. OTROS GASTOS GENERALES
2208 Gastos tramite cobro coactivo cuotas partes pensionales 383.764.716
TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 2008 ????????.411.218.795
ARTICULO TERCERO: Contracredítese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Inversión del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
2. PRESUPUESTO DE GASTOS
2.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
2.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO- ADMINISTRACION CENTRAL
2.1.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO -GOBERNACION DEL ATLANTICO
2.1.1.1.2. GASTOS GENERALES
2.1.1.1.2.1. ADQUISICION DE BIENES
2.1.1.1.2.1.1. ADQUISICION DE BIENES DE CONSUMO
2052 Materiales y Suministros 50.000.000
2.1.1.1.2.2. ADQUISICION DE SERVICIOS
2098 Mantenimiento equipos especiales 100.000.000
2.1.1.1.2.3. OTROS GASTOS GENERALES
2128 Viáticos del Gobernador 50.000.000
2.1.1.1.3.1.2. OTRAS TRANSFERENCIAS
2.1.1.1.3.1.2.1. RECURSOS HUMANOS PASIVOS
2250 Gastos funerarios pensionados del Departamento 50.000.000
2252 Indexaciones mesadas 210.000.000
2.3. GASTOS DE INVERSION
2.3.1. TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
2.3.1.2. DESAFIO AGUA POTABLE PARA UNA VIDA DIGNA
2.3.1.2.2. SECTOR ALCANTARRILLADO
2.3.1.2.2.1. CONSTRUCCION, REHABILITACION, AMPLIACION, DOTACION Y OPTIMIZACION DE LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO Y PLANTAS DE TRATAMIENTODE AGUAS RESIDUALES EN LAS CABECERAS MUNICIPALES DEL DEPARTAMENTO
4080 Construcción, rehabilitación, dotación y optimización de los sistemas de alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas residuales en las cabeceras municipales del Departamento 2.000.000.000
2.3.1.5. DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
2.3.1.5.5. SECTOR DEMOCRATIZACION DE LA CULTURA
2.3.1.5.5.1. DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y DEL PATRIMONIO HISTORICO, ARQUITECTONICO Y ECOLOGICO DEL DEPARTAMENTO
5600 Museo Atlántico somos todos 551.000.000
5602 Adecuación y mejoras internas de la Biblioteca Pública Departamental Meira Delmar 52.000.000
5608 Casa Bolívar de Soledad 20.000.000
5612 Apoyo a las casas de la cultura de los Municipios del Atlántico 7.500.000
2.3.1.5.5.2. APOYO FINANCIERO A LA DIFUSION ARTISTICA Y CULTURAL
5644 Fortalecimiento a la banda sinfónica del Departamento del Atlántico 100.000.000
5646 Apoyo a bandas de los municipio del Departamento del Atlántico 120.000.000
5648 Encuentro de educación artística 20.000.000
5650 Atlántico teatral 32.000.000
5652 Cinemateca del caribe 25.000.000
2.3.1.5.5.3. FORTALECIMIENTO A LA RED DEPARTAMENTAL DE BIBLIOTECAS PUBLICAS
5672 Fomento de la lectura gente y vida 50.000.000
2.3.1.5.5.4. FOMENTO DE LA PARTICIPACION EN ACTIVIDADES DE LA CULTURA
5690 Apoyo financiero a las actividades culturales de la Secretaría de Cultura y Patrimonio 39.800.000
5692 Apoyo al desarrollo musical en el Departamento del Atlántico 35.000.000
5694 Programa de estímulo 89.700.000
2.3.1.5.5.5. FOMENTO Y ESTIMULO A LA CREACION E INVESTIGACION EN ARTE Y CULTURA
5700 Fomento y estimulo a la creación e investigación en arte y cultura 73.000.000
5702 Programa departamental de publicaciones culturales 50.000.000
2.3.1.5.5.6. EQUIPARACION DE OPORTUNIDADES PARA PERSONAS EN SITUACION DE DISCAPACIDAD
5720 Apoyo cultural al desarrollo de programas para personas en situación de discapacidad ???????..35.000.000
TOTAL CONTRACREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 3.760.000.000
ARTICULO CUARTO: Incorpórese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Inversión del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
2.3. GASTOS DE INVERSION
2.3.1. TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
2.3.1.5. DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
2.3.1.5.5. SECTOR DEMOCRATIZACION DE LA CULTURA
2.3.1.5.5.1. DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y DEL PATRIMONIO HISTORICO, ARQUITECTONICO Y ECOLOGICO DEL DEPARTAMENTO
5625 Muelle de Puerto Colombia 400.000.000
TOTAL INCORPORACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 400.000.000
ARTICULO QUINTO: Acredítese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Funcionamiento del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
2. PRESUPUESTO DE GASTOS
2.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
2.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO- ADMINISTRACION CENTRAL
2.1.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO -GOBERNACION DEL ATLANTICO
2.1.1.1.2. GASTOS GENERALES
2.1.1.1.2.2. ADQUISICIONES DE SERVICIO
2088 Transporte 240.000.000
2090 Gastos de vigilancia 220.000.000
2.3. GASTOS DE INVERSION
2.3.1. TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
2.3.1.2. DESAFIO AGUA POTABLE PARA UNA VIDA DIGNA
2.3.1.2.1. SECTOR AGUA POTABLE
2.3.1.2.1.1. CONSTRUCCION, REHABILITACION, AMPLIACION, DOTACION Y OPTIMIZACION DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTOS DE LAS CABECERAS MUNICIPALES Y AREA RURAL DEL DEPARTAMENTO.
4030 Construcción, rehabilitación, ampliación, dotación y optimización de los sistemas de acueductos de las cabeceras municipales y área rural del Departamento. 2.000.000.000
2.3.1.5. DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIA
2.3.1.5.5. SECTOR DEMOCRATIZACION DE LA CULTURA
2.3.1.5.5.1. DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y DEL PATRIMONIO HISTORICO, ARQUITECTONICO Y ECOLOGICO DEL DEPARTAMENTO
5624 Diseño y construcción del parque cultural del Caribe 900.000.000
TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 3.360.000.000
TOTAL INCORPORACIONES Y CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 2008 3.760.000.000
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
DADO EN BARRANQUILLA A LOS 14 de Agosto 2008
EDUARDO VERANO DE LA ROSA
Gobernador del Departamento del Atlántico
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL ATLANTICO
ORDENANZA No. 000032
"POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL PROGRAMA DE VIAS SECUNDARIAS Y TERCIARIAS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y AUTORIZA AL SEÑOR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO PARA SUSCRIBIR CONVENIOS INTERADMINISTRA TIVOS y CONTRATOS".
LA HONORABLE ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en-especial las conferidas en el Artículo 300 numeral 9? de la Constitución Política, Numeral 10 del artículo 60 del Decreto 1222 de 1996, y el artículo 9 de la ley 179 de 1994.
ORDENA:
ARTICULO PRIMERO: Aprobar el Programa de Vías Secundarias y Terciarias del Departamento del Atlántico Período 2008-2011, cuyo objeto es la ejecución de proyectos sostenibles que brinden condiciones adecuadas de transitabilidad y conectividad, en sus vías secundarias y terciarias, entre otras las siguientes vías:
> Cordialidad (Molinero)- Hibacharo- El Cerrito- Autopista al Mar.
> Cordialidad- Palmar de Candelaria- Hibacharo- Piojó.
> Repelón -Las Tablas - Cien Peso- Santa Cruz- Cordialidad.
> Usiacurí - Aguas Vivas- Piojó.
> Tubará - Bajo la Habana- Autopista al Mar- Playa Tubará
> Las Flores - La Playa- Vuelta al Country
> Malambo- Caracolí - Cordialidad.
> Sexta Entrada a Barranquilla (Sectores 1 y 2)
> Repelón - Villa Rosa- Santa Lucia- Carretera Oriental.
> Manatí - Carreto - Candelaria- Carretera Oriental.
> Acceso a Usiacurí
VIAS TERCIARIAS
> Cordialidad - Pital de Megua.
> Felicidad- San Juan de Tocagua - Pendales.
> Acceso al Volcán del Totumo.
> Acceso a Sabanilla.
> Autopista al Mar- El Morro - Juaruco.
> Carretera del Algodón - San José de Saco- Aguas vivas.
> Carretera a Manatí - Aguada de Pablo- La Peña. - Polonuevo - Pitalito.
> Autopista al Mar- Bocatocino.
> Tubará - Guaimaral
> Paluato ?Galapa
ARTICULO SEGUNDO: Autorizar al señor Gobernador del Departamento del Atlántico para suscribir los convenios Interadministrativos y contratos que se requieran para la ejecución de los proyectos viales incluidos en el Programa de Vías Secundarias y Terciarias del Departamento del Atlántico.
ARTICULO TERCERO: Autotizar al señor Gobernador del Departamento del Atlántico para la ampliación y/o prorroga del Convenio Interadministrativo N?186 de 2005 suscrito entre el Departamento del Atlántico y el Instituto Nacional de Vías para la ejecución del programa PLAN 2500.
ARTICULO CUARTO: La presente ordenanza rige a partir de la fecha de publicación. .
PUBLIQUESE y CUMPLASE
Dada en Barranquilla a los
FEDERICO UCROS FERNANDEZ, Presidente
MIGUEL PATIÑO DIAZ GRANADOS, Primer Vicepresidente
ELVERTH SANTOS ROMERO, Segundo Vicepresidente
ESTEBAN MOSQUERA ESCAMILLA, Secretario General
Esta ordenanza recibió los tres debates reglamentarios de la siguiente manera:
Primer Debate: 25 de Junio de 2008.
Segundo Debate: Julio 22 de 2008
Tercer Debate: Julio 23 de 2008.
ESTEBAN MOSQUERA ESCAMILLA
Secretario General
Gobernación del Departamento del Atlántico. Sanciónese la presente ordenanza No 00032 del 29 de julio de 2008.
JAIME AMIN HERNANDEZ
Secretario Privado encargado de las funciones de Gobernador
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO NR. 00343 DE 2008
"Por medio del cual se modifica el Decreto 000933 de 2007 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2008"
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en artículo tercero de la Ordenanza 00027 de 2008
CONSIDERANDO:
1. Que la Dra. Myriam Plata, Subsecretaria de Tesorería mediante oficio SH-SST-4753 del 19 de junio de 2008, certificó al Dr. José Luis García, Subsecretario de Presupuesto, la consignación de remanente de embargos de procesos en contra del Departamento del Atlántico, entre los cuales se encuentran tres (3) títulos financiados con recursos del Sistema General de Participaciones- Salud Pública.
2. Que la Subsecretaría de Contabilidad mediante certificación No 018 de 2008, certifica los saldos que aparecen en las conciliaciones bancarios y en los extractos bancarios a 31 de diciembre de 2007, de las cuentas correspondientes al Sector Salud del Atlántico, donde se recaudan los recursos por concepto de Sistema General de Participaciones Salud Pública.
3. Que la Dra. Myriam Plata, Subsecretaria de Tesorería mediante oficio SH-SST-4398 del 19 de mayo de 2008, certificó los saldos bancarios de las cuentas donde se recaudan los recursos del Sistema General de Participaciones- Salud Pública.
4. Que una vez descontados las cuentas por pagar a 31 de diciembre de 2007 y reservas de las vigencias 2007 financiadas con los recursos de Sistema General de Participaciones-Salud Pública, existe una disponibilidad de recursos por la suma de $335.812.201 para ser incorporados al Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversión de la Administración Central vigencia 2008.
5. Que los anteriores recursos son de destinación especifica para Salud Pública de acuerdo a lo establecido en la Ley 715 de 2001.
6. Que el Ministerio de la Protección Social mediante resolución No 01159 del 7 de abril de 2008, asignó al Departamento del Atlántico- Secretaría de Salud del Atlántico la suma de $40.232.000, para el Programa-Asistencia ancianos, niños adoptivos y población desplazada.
7. Que teniendo en cuenta lo anterior se hace necesario adicionar estos recursos al Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico-Secretaría de Salud para la vigencia fiscal 2008.
8. Que el artículo tercero de la Ordenanza 00027 de 2008 faculta al señor Gobernador del Departamento del Atlántico para incorporar recursos adicionales, realizar traslados y crear partidas en el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones que corresponda ejecutar al Departamento durante la vigencia fiscal de 2008.
9. Que la Secretaría de Desarrollo Económico solicita ante la Secretaría de Hacienda Departamental, una modificación presupuestal sobre el presupuesto de inversiones de la Secretaría de Desarrollo Económico para la vigencia fiscal de 2008, con el fin de atender los compromisos adquiridos por la secretaría durante la vigencia 2006, constituido como reserva en la vigencia 2007, y que a la fecha aún no han sido cancelados. Estos compromisos por normatividad presupuestal se encuentran desfinanciados y deben ser cancelados con recursos disponibles en la presente vigencias.
10. Que una vez cumplido con estos procesos presupuéstales, se solicitará el cumplimiento a los pagos respectivos.
11. Que teniendo en cuenta la necesidad prioritaria de contratar la prestación de los servicios docentes y con el fin de cubrir la necesidad del sector educativo de la presente vigencias, se hace necesario trasladar los recursos que inicialmente fueron asignados al artículo de sueldos docentes, por valor de $1.687.280.000 al rubro de administración de la prestación del servicio educativo.
12. Que se hace necesario cubrir la falta de sede propia de una Institución Educativa de Puerto Colombia por lo cual se trasladara del artículo viáticos y Gastos de Movilización al artículo arrendamiento el valor de $1.950.000.
13. Que de la misma manera se debe cancelar unas horas extras y días festivos a un funcionario de la administración (conductor) que ha adquirido el derecho por tanto se debe trasladar del artículo de sueldos cuota de administración hacia el artículo horas extras y días festivos por un valor de $9.482.108.
14. Que en consecuencia y atendiendo las normas vigentes contenidas en el decreto 111 de 1996, por el cual se compila la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del presupuesto y en aplicación a la Ley 819 de de 2003, el ordenador del gasto de la Secretaria de Educación expresa la necesidad de realizar unos créditos y contracréditos que garanticen la adecuada atención de las necesidades relacionadas con la prestación del servicio educativo en el departamento guardando equilibrio presupuestal entre ingresos y gastos establecidos por las normas de presupuesto actualmente vigentes.
15. Que el artículo 11 de la Ordenanza 00024 de 2007 y del Decreto 00933 de 2007, autorizan al Gobernador del Departamento del Atlántico para efectuar por Decreto, previo certificado de disponibilidad expedido por la Secretaría de Hacienda, las modificaciones presupuestales que no modifiquen el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento y servicio de la deuda aprobado por la Asamblea Departamental.
16. Que, según Certificados de Disponibilidad 280080, 280082 y 280083 emitidos por la Secretaría de Hacienda, se encuentran disponibles las partidas que se van a contracreditar.
17. Que, teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario realizar los respectivos contracréditos, créditos y adiciones al presupuesto de gastos e inversiones de la administración central del Departamento del Atlántico para la vigencia de 2008.
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Adiciónese el Presupuesto de Ingresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
1 PRESUPUESTO DE RENTAS
1.1. ADMINISTRACION CENTRAL
1.1.1. INGRESOS CORRIENTES
1.1.1.2. INGRESOS NO TRIBUTARIOS
1.1.1.2.5. TRANSFERENCIAS
1.1.1.2.5.2. OTRAS TRANSFERENCIAS NACIONALES
1112 Transferencias nacionales al sector salud 40.232.000
1.1.2. RECURSOS DE CAPITAL
1.1.2.2. OTROS RECURSOS DEL BALANCE
1162 Recursos del Balance 335.812.201
TOTAL ADICIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 376.044.201
ARTICULO SEGUNDO: Incorpórese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Funcionamiento del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
2.3. GASTOS DE INVERSION
2.3.1. TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
2.3.1.5. DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
2.3.1.5.2. SECTOR SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
2.3.1.5.2.1. FONDO DE SALUD DEPARTAMENTAL
2.3.1.5.2.1.4. OTROS GASTOS EN SALUD
2.3.1.5.2.1.4.2. EFICIENCIA EN LA GESTION
4991 Programa para la asistencia ancianos, niños adoptivos y población desprotegida 40.232.000
TOTAL INCORPORACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 40.232.000
ARTICULO TERCERO: Acredítese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Inversión del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
2.3. GASTOS DE INVERSION
2.3.1.5. DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
2.3.1.5.2. SECTOR SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
2.3.1.5.2.1. FONDO DE SALUD DEPARTAMENTAL
2.3.1.5.2.1.1. PROGRAMA DE SALUD PUBLICA COLECTIVA
4900 Plan de atención básica Departamental 333.612.201
2.3.1.5.2.1.4. OTROS GASTOS DE SALUD
2.3.1.5.2.1.4.5. GASTOS DE APOYO AL DESPACHO DEL SECRETARIO DE SALUD
2.3.1.5.2.1.4.5.4. GASTOS GENERALES DE APOYO AL DESPACHO DEL SECRETARIO DE SALUD
2.3.1.5.2.1.4.5.4.4. OTROS GASTOS GENERALES
5208 Pasivos exigibles vigencias anteriores 2.200.000
TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 2008 335.812.201
TOTAL INCORPORACIONES Y ADICIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 376.044.201
ARTICULO CUARTO: Contracredítese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Inversión del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
2. PRESUPUESTO DE GASTOS
2.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
2.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO- ADMINISTRACION CENTRAL
2.1.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO -GOBERNACION DEL ATLANTICO
2.1.1.1.1. GASTOS PERSONALES
2.1.1.1.1.2. SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS
2036 Supernumerarios 25.000.000
2.1.1.1.2. GASTOS GENERALES
2.1.1.1.2.2. ADQUISICION DE SERVICIOS
2100 Mantenimiento Edificio 60.000.000
2.1.1.1.2.3. OTROS GASTOS GENERALES
2150 Preparación y participación juegos nacionales 30.000.000
2154 Examen de admisión 10.000.000
2160 Gastos clínicos, médicos, odontológicos y hospitalarios 20.000.000
2164 Viáticos y pasajes 20.000.000
2.3. GASTOS DE INVERSION
2.3.1. TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
2.3.1.4. DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE
2.3.1.4.7. SECTOR IMPULSO A LAS CADENAS PRODUCTIVAS
2.3.1.4.7.2. CADENA PRODUCTIVA ACUICULTURA
4290 Programa de revitalización de la actividad pesquera y acuícola en el Departamento del atlántico 25.480.571
2.3.1.5. DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
2.3.1.5.1. SECTOR EDUCACION PARA VIVIR MEJOR
2.3.1.5.1.1. COBERTURA Y ACCESO A LA EDUCACION CON SENTIDO DE EQUIDAD
2.3.1.5.1.1.1. SOSTENIMIENTO Y EXPANSION DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL DEPARTAMENTO (SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACION)
2.3.1.5.1.1.1.1. DOCENTES DEL SISTEMA EDUCATIVO
2.3.1.5.1.1.1.1.1. GASTOS DE PERSONAL
2.3.1.5.1.1.1.1.1.1. SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA
2.3.1.5.1.1.1.1.1.1.1. SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA
4410 Sueldos 1.687.280.000
2.3.1.5.1.1.1.3. PERSONAL ADMINISTRATIVO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS
2.3.1.5.1.1.1.3.2. GASTOS GENERALES
2.3.1.5.1.1.1.3.2.2. ADQUISICION DE SERVICIOS
4634 Viáticos y gastos de movilización 1.950.000
2.3.1.5.1.1.1.4. CUOTA ADMINISTRACION
2.3.1.5.1.1.1.4.1. GASTOS DE PERSONAL
2.3.1.5.1.1.1.4.1.1. SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA
2.3.1.5.1.1.1.4.1.1.1. SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA
4660 Sueldos 9.482.108
TOTAL CONTRACREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 1.889.192.679
ARTICULO QUINTO: Acredítese el Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Inversiones del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2008 de la siguiente manera:
2. PRESUPUESTO DE GASTOS
2.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
2.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO- ADMINISTRACION CENTRAL
2.1.1.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO -GOBERNACION DEL ATLANTICO
2.1.1.1.1. GASTOS PERSONALES
2.1.1.1.1.2. SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS
2030 Remuneración servicios técnicos del Departamento 40.000.000
2.1.1.1.2. GASTOS GENERALES
2.1.1.1.2.1. ADQUISICION DE BIENES
2.1.1.1.2.1.2. ADQUISICION DE PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO
2070 Compra de equipos 40.000.000
2.1.1.1.2.2. ADQUISICION DE SERVICIOS
2084 Fondo rotatorio de publicaciones 20.000.000
2.1.1.1.2.3. OTROS GASTOS GENERALES
2140 Seguros 40.000.000
2162 Gasto de transporte todas las dependencias 25.000.000
2.3. GASTOS DE INVERSION
2.3.1. TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
2.3.1.4. DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE
2.3.1.4.7. SECTOR IMPULSO A LAS CADENAS PRODUCTIVAS
2.3.1.4.7.1. CADENA PRODUCTIVA AGROPECUARIA
4278 Pasivos exigibles- Secretaría de Desarrollo Económico 25.480.571
2.3.1.5. DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
2.3.1.5.1. SECTOR EDUCACION PARA VIVIR MEJOR
2.3.1.5.1.1. COBERTURA Y ACCESO A LA EDUCACION CON SENTIDO DE EQUIDAD
4388 Administración de servicios educativo 1.687.280.000
2.3.1.5.1.1.1. SOSTENIMIENTO Y EXPANSION DEL SERVICIO EDUCACION DEL DEPARTAMENTO (SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACION)
2.3.1.5.1.1.1.3. PERSONAL ADMINISTRATIVO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS
2.3.1.5.1.1.1.3.2. GASTOS GENERALES
2.3.1.5.1.1.1.3.2.2. ADQUISICION DE SERVICIOS
4644 Arrendamientos 1.950.000
2.3.1.5.1.1.1.4. CUOTA ADMINISTRACION
2.3.1.5.1.1.1.4.1. GASTOS PERSONALES
2.3.1.5.1.1.1.4.1.1. SERVICIOS PERSONAL ASOCIADOS A LA NOMINA
2.3.1.5.1.1.1.4.1.1.1. SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA
4666 Horas extras y días festivos 9.482.108
TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2008 1.889.192.679
DADO EN BARRANQUILLA A LOS 22 de Agosto de 2008
EDUARDO VERANO DE LA ROSA
Gobernador del Departamento del Atlántico
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