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  Gaceta Numero: 7805 - 2 -

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GACETA 7805 ? 2 CORRESPONDIENTE A JULIO 15 DE 2007.
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No:000518 DE 2007
"Por medio del cual se modifica el Decreto 000726 de 2006 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007"
EL SECRETARIO PRIVADO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en la Ordenanza 000001 de 2007
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Resolución 0636 del 20 de abril de 2007, el Ministerio de Cultura declaró disponible para ser distribuida y transferida la suma de $12.581.782.230.00 provenientes del incremento del 4% de telefonía móvil, de los cuales se apropió para el Departamento del Atlántico la suma de $191.278.043.00 para "apoyo programas de fomento y desarrollo deportivo e infraestructura" y $191.278.043.00 para "apoyo programas de fomento, promoción y desarrollo de la cultura y la actividad artística colombiana".
2. Que, mediante Resolución 0637 del 20 de abril de 2007, el Ministerio de Cultura declaró disponible para ser distribuida y transferida la suma de $6.244.766.073.00 proveniente del incremento del 4% de telefonía móvil, de los cuales se apropió para el Departamento del Atlántico la suma de $94.937.792.00.00 para "apoyo programas de fomento y desarrollo deportivo e infraestructuara " y $94.937.792.00 para "apoyo programas de fomento, promoción y desarrollo de la cultura y la actividad artística colombiana".
3. Que los valores mencionados en los párrafos anteriores, serán asignados para su ejecución a la Secretaría de Cultura e Indeportes, que al hacer un análisis con las cifras apropiadas en el presupuesto aprobado mediante ordenanza 000023 de 2006, se adicionarán a cada una de ellas la suma de $120.427.332.00. y $120.427.333.00 respectivamente.

4. Que el articulo segundo de la ley 663 de julio 30 de 2001, establece que el producido de la estampilla prohospitales de I y 11 niveles de atención en el Departamento del Atlántico, se destinará exclusivamente para: a) Construcción, ampliación y mantenimiento de planta física; b) Adquisición, mantenimiento y reparación de equipos, requeridos y necesarios para desarrollar y cumplir con las funciones propias de las instituciones de 1 y 11 niveles de atención; c) Dotación de instrumentos y suministros requeridos por las instituciones en el área de laboratorios, centros o unidades de diagnósticos, biotecnología, microtecnología, informática y comunicaciones.

5. Que en el presupuesto de gastos de inversión del Departamento del Atlántico, se encuentra disponible la suma de $2.886.364.806.00 en el artículo 4774 " Fortalecimiento de las instituciones de I y 11 nivel de complejidad" el cual se contracreditará y se distribuirá de acuerdo a lo establecido en la ley 663 de 2001.
6. Que, mediante convenio No 0789 de fecha 11 de mayo de 2007, suscrito entre el Ministerio de Cultura y la Gobernación del Atlántico-Secretaría de Cultura, acordaron apoyar el proyecto "Lectura, gente y vida en el Departamento del Atlántico" donde el Ministerio de Cultura transferirá la suma de $9.200.000.00 para la ejecución del proyecto.

7. Que, mediante convenio No 0801 de fecha 11 de mayo de 2007, suscrito entre el Ministerio de Cultura y la Gobernación del Atlántico-Secretaría de Cultura, acordaron apoyar el proyecto "Fortalecimiento del sector teatral en los Municipios del Atlántico- Atlántico teatral 2007", donde el Ministerio de Cultura transferirá la suma de $9.600.000.00 para la ejecución de proyecto.

8. Que, en los capítulos de gastos de funcionamiento se encuentran apropiaciones que pueden ser trasladadas para completar las partidas insuficientes en el presupuesto.

9. Que, según Certificados de Disponibilidad 270069, 270070 Y 270071 emitidos por la Secretaria de Hacienda, se encuentran disponibles la partidas que se van a contracreditar.

10. Que el artículo 11 de la Ordenanza 000023 de 2006 y del Decreto 000726 de 2006 autorizan al Gobernador del Departamento del Atlántico para efectuar por Decreto, previo certificado de disponibilidad expedido por la Secretaria de Hacienda, las modificaciones presupuestales que no modifiquen el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento y servicio a la deuda aprobado por la Asamblea Departamental.

11 Que la ordenanza 000001 del 2007 autorizó al señor Gobernador del Departamento del Atlántico para incorporar recursos adicionales, realizar traslados y crear partidas en el presupuesto de rentas, gastos e inversiones que corresponda ejecutar al Departamento.

12. Que, teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario realizar las respectivas adiciones, incorporaciones, créditos y contracréditos al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Administración Central del Departamento del Atlántico para la vigencia de 2007.
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Adiciónese al anexo del Presupuesto de Ingresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE RENTAS
ADMINISTRACION CENTRAL INGRESOS CORRIENTES
INGRESOS NO TRIBUTARIOS TRANSFERENCIAS
OTRAS TRANSFERENCIAS NACIONALES

1108. Transferencias nacionales al Departamento (inversión) ?..18.800.000

OTRAS TRANSFERENCIAS DEL NIVEL CENTRAL NACIONAL

1116 IVA telefonía móvil celular ??????240.854.665

TOTAL ADICIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ??259.654,665

ARTICULO SEGUNDO: Incorpórese al anexo del presupuesto de egresos de la Administración Central en los capítulos de Gastos de Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION
ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR DEMOCRATIZACION DE LA CULTURA DE BIBLIOTECAS PUBLICAS

5164. Aporte para el desarrollo de la promoción de la lectura, gente y vida en el Departamento

TOTAL INCORPORACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ?9.200.000

ARTICULO TERCERO: Acredítese el anexo del Presupuesto de Egresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO-GOBERNACION DEL ATLANTICO
TRANSFERENCIAS SECRETARIA DE HACIENDA DEPARTAMENTALES


2292. I ndeportes??120.427.333

GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR DEMOCRA TIZACION DE LA CULTURA
DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y DEL PATRIMONIO HISTORICO, ARQUITECTONICO y ECOLOGICO DEL DEPARTAMENTO

5080..Museo Atlántico somos todos? 20427332
5096. Estación ferrocarril de Puerto Colombia?.100.000.000

APOYO FINANCIERO A LA DIFUSION ARTISTICA Y CULTURAL

5132. Apoyo financiero a la difusión artística y eventos culturales?9.600.000

TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 2007.

TOTAL INCORPORACIONES Y CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007
120.427.333

ARTICULO CUARTO: Contracredítese el anexo del Presupuesto de Egresos de !a Administración Central en los capítulos de Gastos de Funcionamiento de! Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
ADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO-GOBERNACION DEL ATLANTICO
GASTOS PERSONALES
SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA

2000. Sueldos?????30.000.000

TRANSFERENCIAS-SECRETARIA GENERAL
TRANSFERENCIAS DE PENSIONES Y JUBILACIONES
TRANSFERENCIAS DE CESANTIAS

2274. Intereses sobre cesantías????.8.000.000

JUNTA CIUDADELA UNIVERSITARIA
GASTOS GENERALES

2312. Combustible (J,C.U.) ???.15.000.000
2316. Materiales y suministros (J,C,U.)???..4.000.000
2318. Caja menor/fondo rotatoric (J.C,U.)???????.55.000.000

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
SECTOR FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL y OPERATIVA DE LA ADMINISTRACION

4004. Fortalecimiento institucional de la Secretaría de Planeación ?2.000.000

DESAFIO DESARROLLO HUMANO
CON
SECTOR SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
FORTALECIMIENTO DE LA RED DE PRESTADORES

4774. Fortalecimiento de las instituciones del I y II nivel de complejidad 2.886.806.

TOTAL CONTRACREDITOS Al PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ??3.000.364.806 :

ARTICULO QUINTO: Incorpórese el anexo del Presupuesto de Egresos de la Administración Central en los capítulos de Gastos de inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2007 lo siguiente:
PRESUPUESTO DE GASTOS
ADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOADMINISTRACION CENTRAL
JUNTA CIUDADELA UNIVERSITARIA
GASTOS GENERALES

2319. Pasivos exigíbles (J.C.U.)???..400.000

GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL DOTACION y MEJORAMIENTO DE LA INFAESTRUCTURA HOSPITALARIA COMFORME A LA DISPONIBILIDAD DE LA RED DE SERVICIOS

4878. Construcción y ampliación de planta física hospitales de I y I1 nivel

4880. Interventoría, elaboración de estudios y proyectos hospitales de I y II nivel?..50.000.000

4882. Mantenimiento de planta física hospitales de I y II?.252.000.000

4884. Mantenimiento y reparación de equipos de las instituciones de I y 11 nivel
4886. Dotación de instrumentos y suministros (laboratorios, diagnósticos, biotecnología, microtecnología, informática y comunicaciones)
4888. Pago de personal especializado y seguridad social de los empleados de los hospitales de I y 11 nivel (hasta 10%)??288.000.000

TOTAL INCORPORACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACiON CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007

ARTICULO SEXTO: Acredítese el Anexo del Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capitulo de Gastos de Funcionamiento del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
ADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO-GOBERNACION DEL A TLANTICO
GASTOS PERSONALES
SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

2030. Remuneración servicios técnicos del Departamento..38.000.000
JUNTA CIUDADELA UNIVERSITARIA
GASTOS GENERALES

2310. Asesorías y contratos (J.C. U.)?.73.600
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
SECTOR FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD
INSTITUCIONAL y OPERATIVA DE LA ADMINISTRACION

4008. Capacitación del talento humano de la Gobernación?2.000.000

TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 2007???.113.600.000

TOTAL INCORPORACIONES Y CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 2007

EDILBERTO ALVAREZ GONZALEZ
SECRETARIO PRIVADO ENCARGADO
DE LAS FUNCIONES DE GOBERNADOR


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No. 00519 DE 2007
?Por medio del cual se modifica el anexo del Decreto 000726 de 2006 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007?
EL SECRETARIO PRIVADO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en la Ordenanza 000001 de 2007 y
CONSIDERANDO:
1. Que, el presupuesto actual del rubro Impuesto. Registro para la vigencia de 2007 es de $13.314 millones, y con corte al mes de mayo se ha recaudado $7.237 millones, equivalente al 54% del presupuesto del año. El PAC proyectado se ha ejecutado en un 150%.

2. Que, teniendo en cuenta el comportamiento de esta renta, se proyecta recaudar a diciembre la suma de $15.637 millones, cifra superior en $2.322 millones al actual presupuesto. Lo anterior, hace necesario efectuar una adición al artículo Impuesto Registro, el cual es un ingreso corriente de libre destinación, por valor de $2.322 millones, distribuidos de la siguiente manera: Libre Destinación $1.651 millones; Destinación Específica $671 millones.

3. Que, el presupuesto actual del rubro Impuesto al consumo de cervezas es de $59.878 millones, y con corte al mes de mayo se han recaudado $29.722 millones, 49.6% del total proyectado para el año 2007. El PAC ejecutado para el mismo periodo es de 122%.

4. Que, analizado el comportamiento del ingreso Impuesto al consumo de cervezas, se estima un recaudo a diciembre de este año del orden de los $64.722 millones, por lo tanto, es viable efectuar una adición al artículo del ingreso Impuesto al consumo de cervezas por $5.500 millones, e incorporarlo al presupuesto del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las deducciones de ley.

5. Que, el presupuesto para el año 2007 del rubro de Sanciones es de $5.524 millones, ya corte al mes de mayo se han recaudado $3.795, 68% de la proyección anual. El PAC ejecutado para el mismo periodo es de 250%.

6. Que, con base en este buen comportamiento y las expectativas de ingresos en lo que resta del año, se proyecta un recaudo al final de la vigencia del orden de los $9.394 millones, lo cual se hace necesario realizar una adición en este rubro por valor de $3.870 millones, distribuidos de la siguiente manera: Sanciones por impuesto sobre vehículos $400 millones; Intereses Otros Impuestos Departamentales $7.470 millones; e incorporar estos valores al presupuesto del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las trasferencias y las deducciones de ley.

7. Que, el presupuesto actual de la renta Estampilla Ciudadela para la vigencia de 2007 es de $10.500 millones, y con corte al mes de mayo se ha recaudado $8.160 millones, lo cual corresponde al 77% de la proyección anual. El PAC ejecutado para el mismo periodo es de 200%.

8. Que, teniendo en cuenta el anterior comportamiento, se estima que a diciembre de este año, el recaudo alcance los $15.860 millones, por lo que se hace necesario efectuar una adición de esta renta por valor de $5.310 millones, e incorporar este mayor valor al presupuesto del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las trasferencias y las deducciones de ley.

9. Que, el presupuesto inicial del Impuesto Estampilla Pro.Desarrollo es de $13.080 millones, y con corte al mes de mayo se han recaudado $9.941 millones, para un cumplimiento del 76% y de un 202% del PAC proyectado en el mismo periodo;
10. Que, teniendo en cuenta el anterior comportamiento, se proyecta a diciembre un recaudo de $20.442 millones, por lo que se hace necesario efectuar una adición al ingreso Estampilla ProDesarrollo por valor de $7.362 millones, e incorporarlo al presupuesto de inversión del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las deducciones de ley.

11. Que, el presupuesto actual del Impuesto Estampilla Pro-Hospital Universitario es de $19.101 millones, y con corte al mes de abril se ha recaudado $8.472 millones, equivalente al 44.4% del presupuesto, superando en un 135.4% el PAC proyectado.

12. Que, teniendo en cuenta este buen comportamiento del ingreso, se espera que a diciembre alcanzará los $22.186 millones, lo cual es viable efectuar una adición de $3.085 millones, e incorporarlo al presupuesto de inversión del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las deducciones de ley.
13. Que, el presupuesto inicial de la Estampilla Pro-Electrificación Rural para la vigencia de 2007 es de $2.209 millones, y con corte al mes de mayo se ha recaudado $1.828 millones, que corresponde al 82% de la proyección anual. El PAC ejecutado para el mismo periodo es de 240%.

14.Que, teniendo en cuenta el anterior comportamiento, se estima que a diciembre el ingreso por este concepto alcance los $3.788 millones, para lo cual se hace necesario efectuar una adición al ingreso Estampilla Pro-Electrificación Rural por valor de $1.578 millones para ser incorporado al presupuesto de inversión del Departamento del Atlantico, después de efectuadas las deducciones de ley.. .

15. Que, el presupuesto inicial del impuesto Estampilla Pro-Cultura es de $1.213 millones, y con corte al mes de mayo se han recaudado $1.084 millones, para una ejecución del 89 %. El PAC proyectado durante el mismo periodo, se incremento en $718 millones.

16. Que, con base en lo anterior, se proyecta que al finalizar el año el ingreso sea de $2.134 millones, para lo cual es viable efectuar una adición al Estampilla Pro-Cultura por valor de $921 millones, e incorporarlo al presupuesto de inversión del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las deducciones de ley.

17. Que, el presupuesto actual del Impuesto Estampilla Pro-Bienestar del Anciano es de $705 millones, y con corte al mes de mayo el ingreso fue de $324 millones, equivalente al 46%. El PAC proyectado para el periodo enero-mayo, registra un cumplimiento del 137%.

18. Que, teniendo en cuenta este comportamiento, se proyecta un ingreso a diciembre de $744 millones, para cual se estima una adición al ingreso Estampilla Pro-bienestar del anciano por $39 millones, e incorporarlo al presupuesto de inversión del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las deducciones de ley.

19. Que, el presupuesto inicial del Impuesto Estampilla Pro-Hospitales de I y 11 nivel para la vigencia de 2007 es de $1.700 millones, y con corte al mes de abril se ha ejecutado ingreso por $1.964 millones, que corresponde a1115% de la proyección anual.
20. Que, teniendo en cuenta el anterior comportamiento, se estima que a diciembre el ingreso por este concepto alcance los $3.014 millones, para lo cual que se hace necesario efectuar una adición al ingreso Estampilla Pro-Hospitales de I y ll nivel por valor de $1.314 millones, e incorporarlo al presupuesto de inversión del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las deducciones de ley.

21. Que, el presupuesto inicial del Impuesto Pagos Cuotas Partes Pensionales para la presente vigencia es de $211 millones. Al mes de mayo, se ha recaudado la cifra $3,700 millones; que al estimar un recaudo adicional a diciembre, se proyecta tener una apropiación final de $4.500 millones.

22. Que, con el objeto de adicionar los recursos por concepto del cobro coactivo de Cuotas Partes Pensionales, proveniente de las gestiones de los contratistas que adeudan por este concepto al Departamento del Atlántico, se ha identificado $1.080 millones y se proyectan cobros en lo resta de la presente vigencia al menos $720 millones. Lo anterior se estima, que por este rubro se recaudará $1.800 millones.

23. Que, el presupuesto actual del Impuesto Tasa Servicios Públicos es de $13.277 millones, y con corte al mes de abril se ha recaudado $4.805 millones, para una ejecución del 36%. El PAC proyectado para el periodo, se incremento en $471 millones.

24. Que, con base en lo anterior, es viable efectuar una adición al ingreso Tasa Servicios Públicos por valor de $471 millones, e incorporarlo al presupuesto de inversión del Departamento del Atlántico, después de efectuadas las deducciones de ley.

25. Que la Ordenanza 000001 del 2007 autorizó al señor Gobernador del Departamento del Atlántico para incorporar recursos adicionales, realizar traslados y crear partidas en el presupuesto de rentas, gastos e inversiones que corresponda ejecutar al Departamento.,

26. Que, teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario realizar las respectivas adiciones, incorporaciones y créditos al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Administración Central del Departamento del Atlántico para la vigencia de 2007.
DECRETA:

ARTICULO PRIMERO: Adiciónese al anexo del Presupuesto de Ingresos de la Administración Central en los capítulos de Rentas del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:
PRESUPUESTO DE RENTAS
ADMINISTRACION CENTRAL
INGRESOS CORRIENTES
INGRESOS TRIBUTARIOS
IMPUESTOS DIRECTOS

1000 Impuesto de Registro??2.322.000.000
10001 Libre Destinación?.1.651.000.000
10002 Destinación Específica?.671.000.000

IMPUESTOS INDIRECTOS
IMPUESTOS AL CONSUMO

1012 Consumo de Cerveza, Sifones (40%) y Ref.20%

IMPUESTO DE ESTAMPILLAS

1034 Estampilla Pro-Electrificación Rural??1.578.000
1036 Estampilla Pro-Desarrollo??????.7.362.000.000
1038. Estampilla Pro-Ciudadela Universitaria?5.310.000.000
1040 Estampilla Pro-Cultura.....921.000.000
1042 Estampilla Pro-Bienestar del Anciano......39.000.000
1044 Estampilla Pro-Hospital Universitario?.3.085.0
1046 Estampilla Pro-Hospitales de 1 y 2 nivel

TASAS

1070 Tasa servicios públicos para la seguridad? 471.000.000

INGRESOS NO TRIBUTARIOS
SANCIONES, INTERESES Y MULTAS

1074. Sanciones por Impuesto Sobre Vehículos Automotores ?.400.000.000
1082. Intereses Otros Impuestos Departamentales??. 7.470.000.000

OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS FONDOS ESPECIALES

1130. Pagos cuotas partes pensionales

RECUPERACIONES

1142. Por gastos cobro coactivo cuotas partes pensionales.

TOTAL ADICIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007?????. 42.072.000.000

ARTICULO SEGUNDO. Incorpórese al anexo del presupuesto de egresos de la Administración Central en los capítulos de Gastos de Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO-ADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO-GOBERNACION DEL A TLANTICO
GASTOS GENERALES
OTROS GASTOS GENERALES

2211.Pasivos exigibles-Secretaria Privada?.257.000.000
2218. Aporte canal regional telecaribe?..200.000.000

GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE
SECTOR ESTIMULO Al ESPIRITU EMPRESARIAL ESPIRITU EMPRESARIAL.

4256.Pasivos exigibles-sector estimulo al espíritu empresarial
112.900.000.

TOTAL INCORPORACIONES Al PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ??.569.900.000

ARTICULO TERCERO: Acredítese el anexo del Presupuesto de Egresos de la Administración Central en los capítulos de Gastos de Funcionamiento e inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO-ADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO-GOBERNACION DEL A TLANTICO
GASTOS PERSONALES
SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA

2010. Prima de navidad. ???..400.000.000

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

2032. Remuneración servicios técnicos de la Secretaría de Hacienda
5.119.942.000

GASTOS GENERALES ADQUISICON DE SERVICIOS

2086. Comunicación y transporte ????. 162.000.000
2088. Gastos vigilancia ???.. 170.000.000
2016. Gastos trámite cobro persuasivo y coactivo rentas Departamentales ????..1.620.000.000

OTROS GASTOS GENERALES

2198. Comisión fidecomiso ley 617 ????. 39.000.000


TRANSFERENCIAS -SECRETARIA GENERAL
TRANSFERENCIAS DE PENSIONES JUBILACIONES
FONDO DE PENSIONES TERRITORIALES

2244. Fondo Nacional de Pensionados de las Entidades Territoriales ?FONPET????. 2.134.383.000
2246 Pasivos Pensionales Territoriales.. 3.072.200.000
2248. Fondo pasivo pensional Universidad del Atlantico?. 849.600.000

OTRAS TRANSFERENCIAS RECURSOS HUMANOS PASIVOS

2260. Cancelación cuotas partes pensionales otras entidades.. 4.500.000

TRANSFERENCIAS SECRETARIA DE HACIENDA
TRANSFERENCIAS A EMPRESAS NO FINANCIERAS DISTRITALES O MUNICIPALES

2288. Municipios (Sanciones por impuesto sobre vehículo automotor) ?.80.000.000

SECRETARIA DE SALUD
TRANSFERENCIAS-SECRETARIA DE SALUD
OTRAS TRANSFERENCIAS DE PREVISION SEGURIDAD SOCIAL

2532. Seguridad social gestor cultural 10%........92.100.000

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ? ASAMBLEA DEPARTAMENTAL GASTOS DE PERSONAL
SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA

2600. Remuneración diputados?.15600.000
2602. Prestaciones sociales diputados??..10.000.000

GASTOS GENERALES

2620. Gastos generales-Asamblea Departamental??..8.400.000
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO AGUA POTABLE PARA UNA VIDA DIGNA
SECTOR DE AGUA POTABLE
CONSTRUCCION, REHABILlTACION, AMPLIACION, DOTACION y OPTIMIZACION DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTOS DE LAS CABECERAS MUNICIPALES Y AREA RURAL DEL DEPARTAMENTO

4030. Construcción, rehabilitación, ampliación, dotación y optimización de los sistemas de acueductos de las cabeceras municipales y áreas rural del Departamento

SECTOR ALCANTARRILLADO
CONSTRUCCION, REHABILITACION, AMPLIACION, DOTACION y OPTIMIZACION DE LOS SISTEMAS DE ALCANTARRILLADO y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS CABECERAS MUNICIPALES DEL DEPARTAMENTO

4080. Construcción, rehabilitación, dotación y optimización de los sistemas de alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas residuales en las cabeceras municipales del Departamento

DESAFIO CAMBIO CULTURAL PARA CONVIVIR EN PAZ
SECTOR SEGURIDAD
SEGURIDAD INTEGRAL DEL DEPARTAMENTAL

4120. Convivencia ciudadana

DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE SECTOR VIAS
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO Y REHABILITACION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL

4202. Rehabilitación, mantenimiento y mejoramiento de la red vial secundaria y terciaria

SECTOR ELECTRIFICACION
ELECTRIFICACION DE LAS ZONAS RURALES DEL OPTO DEL ATLANTICO
4220. Electrificación en los sectores rurales y subnormales en los municipios, corregimientos y veredas en el Departamento del Atlántico

SECTOR VIVIENDA ADECUADA
MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL EN EL DEPARTAMENTO

4236.Obras de desarrollo urbano y vivienda de interés social en el Departamento del Atlántico ??849.600.000

SECTOR TURISMO
CADENA PRODUCTIVA TURISTICA-ECOTURISTICA

4302. Apoyo a la modernización y desarrollo del sector turismo en el Departamento del Atlántico.107.100.000
4304. Aportes para la puesta en marcha del programa de enlucimiento de fachadas en el Departamento del Atlántico. 25.000.000

DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR EDUCACION PARA VIVIR MEJOR COBERTURA Y ACOESO A LA EDUCACION CON SENTIDO DE EQUIDAD

4380.Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa en los municipios y corregimientos del Departamento del Atlántico?. 2.490.000.000

MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD

4670. Mejoramiento de la calidad educativa? 50.000.000

EDUCACION SUPERIOR Y ARTICULACION CON EDUCACION MEDIA

4690. Rediseño, construcción obras complementarias?. 950.000.000
4692. Mantenimiento y dotación???..2.448.400.000
4694. Educación superior y articulación con educación media?. 100.000.000
SECTOR SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD
4822. Fortalecimiento de la red prestadoras de servicios de 111 y IV nivel de atención para casos de alta complejidad?.23.220.000

DOTACION y MEJORAMIENTO DE LA INFAESTRUCTURA HOSPITALARIA COMFORME A LA DISPONIBILIDAD DE LA RED DE SERVICIOS

4864. Amortización LLP. Obras civiles y especiales PHU
4866. Amortización LI.P. Dotación
4878. Construcción y ampliación de planta física hospitales de I y II nivel
4882. Mantenimiento de planta física hospitales de I y 11 nivel
Mantenimiento y reparación de equipos de las instituciones de I y 11 nivel
4884. Dotación de instrumentos y suministros (laboratorios, diagnósticos, biotecpologia, microtecnología, informática y comunicaciones)
4886. Pago de personal especializado y seguridad social de los empleados de los hospitales de I y 11 nivel (hasta 10%)

LOS NIÑOS PRIMERO

5000. Mejoramiento de la seguridad alimentaría y nutricional de la población mas vulnerable en el Departamento del Atlántico? 350.000.000

POR UNA VEJEZ DIGNA

5060. Por una vejez digna ????.31.200.000

SECTOR DEMOCRA TIZACION DE LA CULTURA
DOTACION, CONSTRUCCION, MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL y DEL PATRIMONIO HISTORICO, ARQUITECTONICO y ECOLOGICO DEL DEPARTAMENTO
5090..Adecuación y dotación segunda etapa de la casa de la cultura de Sabanalarga .190.000.000

5092. Convenio Luis Eduardo Nieto Arteta?150.000.000
APOYO FINANCIERO A LA DIFUSION ARTISTICA Y CUL TURAL

5136. Fortalecimientos la banda Departamental de Baranoa?30.000.000

FORTALECIMIENTO A LA RED DEPARTAMENTAL DE BIBLIOTECAS PUBLICAS

5162. Promoción y fomento de la lectura en el Departamento?.330.000

FOMENTO DE LA PARTICIPACION EN ACTIVIDADES DE LA CULTURA

5190 Apoyo financiero a las actividades culturales de la Secretaría de Cultura y Patrimonio?..243.7000.000

5194. Programa de estímulo?..6.000.000

TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO ,DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2006 ?. 41.502.100

TOTAL INCORPORACIONES Y CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ?. 42.072.000.000

DADO EN BARRANQUILLA A LOS 01 DE JUNIO DE 2007.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE
EDILBERTO ALVAREZ GONZALEZ
Secretario Privado, encargado de las funciones de Gobernador.


FEPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO
CONTRATO No. 0110*2007*000025
CONTRATO DE COMPRA VENTA SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y CAU SYSTEMAS CIA LIMITADA - CONTRATANTE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO,
RODOLFO ACUÑA HIGGINS, mayor de edad, identificado con la cc. N?72,1 72,889 de Barranquilla, actuando en su condición de SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO. CONTRATISTA: CAV SYSTEMAS ClA LIMITADA representante legal MIGUEL URQUIJO ILLERA, identificado con la c.c No. 72,157.786 de Barranquilla, actuando en su condición de Representante Legal. OBJETO: EL CONTRA TISTA se compromete y obliga para con EL DEPARTAMENTO a COMPRA DE EQUIPOS DE COMPUTO PARA LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO. Todo de conformidad con las estipulaciones, cantidades y calidades consignados en su propuesta y los requerimientos entregados por la Administración, los cuales para todos los fines legales y pertinentes hacen parte integra] del presente contrato, A) El CONTRATISTA se compromete a entregar los bienes objeto aquí contratados bajo su total responsabilidad y riesgo, para lo cual deberá tomar las garantías solicitadas en la cláusula respectiva, B) El CONTRATISTA asumírá con sus propios recursos todos 10 gastos inherentes a la ejecución de la propuesta, ya sea por desplazamiento, operación y/o logística. PARAGRAFO: El personal utilizado por el CONTRATISTA para el cumplimiento del objeto contractual no generará ninguna responsabilidad ni vinculación laboral con el Departamento de] Atlántico, C) Para la celebración, renovación o liquidación del presente contrato, requerirá del cumplimiento por parte del CONTRATISTA de sus obligaciones con el sistema de seguridad social integral. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, PLAZO DE EJECUCION: EL CONTRATISTA deberá entregar el (los) bien (bienes) objeto del presente contrato de compraventa dentro de sesenta (60) días calendarios. VIGENCJA: La vigencia del presente contrato se establece por 4 meses contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato. VALOR y FORMA DE PAGO: El valor total de] contrato corresponde a la suma de TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS MIL DE PESOS MIL ($30,400,000,00), La Suma antes señalada se cancelará así: a) Anticipo del veinte por ciento (20 %) por valor de $6,080,000.00. b)El saldo, es decir, el ochenta por ciento (80%) restante del valor del contrato se cancelará Contraentrega, INHAIHLIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de este que no se haya incurso en inhabilidad e incompatibilidad de orden constitucional o legal para suscribirlo, GARANTIA: El contratista prestará garantía única para avalar las obligaciones surgidas de este contrato la cual podrá consistir en garantía bancaria o póliza de compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, La misma debe cubrir los siguientes riesgos: I )Anticipo: por el 100 % del valor del anticipo durante de la vigencia del mismo y cuatro meses más.,2)Cumplimiento del contrato: por el 10% del valor del contrato por la vigencia de éste y 4 meses más., 3)Calidad del objeto del contrato: por el 10% del valor de] contrato por la vigencia de éste y 4 meses más, 4)Suministro de repuestos de] objeto del contrato: por el 5% del valor del contrato por la vigencia de éste y 4 meses más. CLAUSULAS EXCEPCIONALES: El Departamento podrá aplicar las cláusulas excepcionales de interpretación, modificación, terminación y caducidad del contrato de acuerdo a lo consagrado en los artículos 14, 15, 16, 17 Y 18 de la Ley 80 de 1993, ] PRINCIPIOS RECTORES: El Contratista, para ]os efectos legales del contrato acepta, mediante la firma del presente, los principios de terminación, modificación e interpretación unilateral, los cuales se entienden incorporados a su desarrollo, MULTAS, En caso de incumplimiento parcial o de cumplimiento tardío o defectuoso a sus obligaciones, EL CONTRATISTA se hará acreedor a multas diarias sucesivas equivalentes al uno por ciento (10%) del valor total del contrato, sin que llegue a superar el cinco por ciento (5,0%) del valor del contrato, PARAGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza a EL DEPARTAMENTO a la deducción del valor correspondiente por este concepto del saldo que se le adeude en virtud de la ejecución del presente contrato, CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: El contratante fija como valor de esta cláusula 1,1 suma de TRES MILLONES CUARENTA MIL PESOS ($3.040,000), la cual se deducirá del valor de la garantía del contrato, o del saldo a favor del CONTRATISTA si 10 hubiere y se hará efectiva directamente por ]a entidad contratante, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total, y se considerará como pago parcial, pero definitivo de los perjuicios causados a ]a entidad contratante. IMPUTACION PRESUPUESTAL: El presente contrato se imputará al Capitulo: 231461, Artículo: 4273 del Presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2007, El 1% del valor del contrato por estampilla pro-Hospitales de 1er y 2do. nivel (0802), el 1% del valor del contrato por estampilla pro-Cultura (0648), el 1% del valor del contrato por estampilla pro-Desarrollo (0040), el 1 % del valor del contrato por estampilla pro-Electrificación (0314), el 1.5% del valor del contrato por estampilla proCiudadela (0326), PERFECCIONAMIENTO: Este contrato se perfecciona con la firma de las partes y la expedición de] registro presupuesta!. PUBLICACION: El presente contrato debe ser publicado en la Gaceta Departamental por cuenta del CONTRATISTA.
Dado en Barranquilla a los seis días del mes de junio de 2007,
RODOLFO ACUÑA HIGGINS.
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMlCO
MIGUEL URQUIJO ILLERA
Contratista.



REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE HACIENDA
CONTRATO ADICIONAL No. 0105-2007-000014.
ADICIONAL No.01 AL CONTRATO DE SUMINISTRO No. 0105*2006*000072 SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y FESA S.A. EL 15 DE DICIEMBRE DE 2006.
Entre los suscritos, EZEQUIEL PALADINES CUELLAR, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 10.549.700 de Popayán, quien actúa en nombre y representación de El Departamento del Atlántico en sus funciones de Secretario de Hacienda, en uso de las facultades a él delegadas, mediante Resolución No. 000083 del 18 de mayo del 2004, y con fundamento en lo normado en los Artículos 12 y 25, numeral 10 de la ley 80 de 1993, 14 del Decreto 679 de 1994, 51 de la ley 179 de 1994, 9 de la ley 489 de 1998, 37 del Decreto 2150 de 1995, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO y, por una parte, y por la otra, ARTURO IVAN MARTINEZ OSORIO, mayor, e identificado como aparece al pie de su firma, quien en su calidad de Representante Legal de la firma FESA S.A., sociedad comercial con domicilio en la ciudad de Bucaramanga, constituida mediante Escritura Pública No. 7943 de la Notaria 2? de Cali del 16 de diciembre de 1981, inscrita en la Cámara de Comercio de Cali el17 de febrero de 1982 bajo el No. 51283 del libro IX, con Nit No. 890.321.151-1, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha celebrado el presente adicional al contrato de suministro previas las siguientes consideraciones: 1) Que el 15 de diciembre de 2006 el Departamento del Atlántico suscribió con EL CONTRATISTA el contrato No.0105*2006*000072.2) Que el objeto del contrato es el suministro de Estampillas de señalización de productos sujetos al impuesto al consumo y participación. 3) Que el valor del contrato inicial se estableció en cuarenta millones de pesos M/L ($40.000.000). y su plazo de ejecución en cuatro (04) meses siguientes a la aprobación de la garantía. 4) Que por oficio No. 0936 del 14 de marzo de 2007, el Secretario de Hacienda solicita el adicional de valor y plazo fundamentado en: 1. El Departamento del Atlántico suscribió el contrato de suministro No. 0105*2006*000072, cuyo objeto consiste en suministrarle en el sitio indicado por éste, las estampillas de señalización de productos sujetos al impuesto al consumo y participación. .2 El plazo inicial se pactó en cuatro meses a partir de la aprobación de la garantía o sea, del 26 de diciembre de 2006 hasta el 26 de abril de 2007. 3. El valor del contrato inicial se estableció en cuarenta millones de pesos M/L ($40.000.000). 5. El Departamento debe cumplir con los preceptos legales de señalización de los productos sujetos al impuesto al consumo y participación para lo cual tiene implementado la adhesión de una estampilla en cada botella de licores, vinos, aperitivos y similares. . 5. La Federación de Departamentos aún no tiene implementado el sistema único de señalización a nivel nacional, dentro del cual participa el Atlántico, por lo que es necesario que, mientras se definen aspectos relacionados con el proceso de licitación, FESA S.A. continúe suministrando las estampillas. 5) Que el Interventor del contrato solicitó la adición de valor por veinte millones de pesos ($20.000.000) y su plazo en dos (02) meses. 6) Que existe la disponibilidad requerida según certificado No.2T1190 del 15 de marzo de 2007. 7) Que con fundamento en lo anterior, la Secretaría Jurídica procede la elaboración del presente contrato adicional el cual quedará de la siguiente manera.

CLAUSULA PRIMERA: Modificar el plazo de ejecución del contrato No.0105*2006*000072, ampliando su plazo por dos (02) meses más al inicialmente convenido.

CLAUSULA SEGUNDA: Modificar el valor del Contrato aumentando su valor en VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000), quedando su valor total en sesenta millones de pesos mil ($60.000.000), el cual lleva incluido el l. V .A. correspondiente.

CLAUSULA TERCERA: De conformidad con lo señalado en la Cláusula Primera y Segunda amplíese la cuantía de todos los riesgos que ampara la garantía del contrato objeto de adición.

CLAUSULA CUARTA: El valor adicionado se imputará y subordinará al Capítulo 231121 Artículo 4010 del presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento para la vigencia fiscal de 2007.

CLAUSULA QUINTA: EL CONTRATISTA ha convenido renunciar a cualquier tipo de reclamación que se derive de la suscripción del presente adicional.

CLAUSULA SEXTA: Para efectos de la suscripción del presente adicional EL CONTRATISTA deberá certificar encontrarse a Paz y Salvo en los pagos por concepto de Seguridad Social Integral y Aportes Parafiscales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la ley 789 de 2002.

CLAUSULA SEPTIMA: Todas las demás cláusulas del contrato objeto de la presente adición continúan iguales.

CLAUSULA OCTAVA: EXCLUSION DE RELACION LABORAL Este contrato no genera relación laboral ni prestaciones sociales a favor del CONTRATISTA en desarrollo de este contrato.

CLAUSULA NOVENA: Esta adición deberá publicarse en la Gaceta Departamental por cuenta de EL CONTRATISTA. Además deberá cancelar el 1.5% del valor de la adición por Estampilla Pro-Ciudadela Universitaria, el 1.0% del valor de la adición por concepto de Estampilla Pro-Electrificación Rural, el 1.0% del valor de la adición por estampilla Pro-Cultura, el 1.0% del valor de la adición por concepto de Estampilla pro-Desarrollo. Y el 1.0% del valor de la adición por concepto de Estampilla Pro-Hospitales de Primer y Segundo Nivel de Atención en el Departamento del Atlántico.
Dado en Barranquilla a los?.
EZEQUIEL PALADINES CUELLAR.
Secretario de Hacienda
ARTURO IVAN MARTINEZ OSORIO
El Contratista.

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No. 000518 DE 2007
"Por medio del cual se modifica el anexo del Decreto 000726 de 2006 "Por medio del cual se liquida al Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007"
EL SECRETARIO PRIVADO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en la Ordenanza 000001 de 2007 y
CONSIDERANDO:
1. Que la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de la Protección Social mediante oficio 82.013 del 20 de abril de 2007, informa que los recursos de inversión del programa de prevención y control de las ETV asignados al Departamento del Atlántico-Secretaría de Salud por la Nación-Ministerio de la Protección Social para la presente vigencia es por la suma de $111.653.000.00.

2. Que el presupuesto inicial de rentas, gastos e inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia de 2007, aprobado por la Honorable Asamblea Departamental mediante Ordenanza No. 000023 de 2006 y liquidado mediante Decreto No 000726 de 2006,se apropiaron recursos para inversión de! programa de prevención y control de la ETV, articulo 4726, la suma de $112.303.771,00.
3. Que, por lo anterior, se hace necesario reducir la suma de $650 771,00 al presupuesto de ingresos, gastos e inversiones del Departamento de Atlántico-Secretaría de Salud, para la vigencia fiscal de 2007.

4. Que durante la vigencia de 2005, la Secretaría de Infraestructura Departamental suscribió contratos enmarcados dentro de los sectores de educación, recreación y deportes vías y transporte, los cuales desarrollaron su objeto durante la vigencia de 2006, quedando pendiente por cancelar los saldos por concepto de recibo de obras.

5. Que, según certificado expedido por la Subsecretaria de Contabilidad, el impuesto de Deguello de Ganado Mayor presentó un saldo por valor de $765.740.337.32 a corte de 31 de diciembre de 2006 como disponible, del cual se incorporará al presupuesto de rentas, gastos e inversiones de la administración central la suma de $25.950.000.00 para cancelar pasivos exigibles de los sectores mencionados en el numeral anterior.

6. Que, la Subsecretaría de Presupuesto, después de realizar el análisis de las reservas de caja y presupuestal con los saldos bancarios al cierre de la vigencia de 2006 y certificados por la Subsecretaría de Contabilidad, determinó un excedente de $3.056 millones de la estampilla pro-desarrollo, del cual $2.863 millones se incorporaron en el Decreto 000136 del 21 de marzo de 2007 y $170 millones en el Decreto 000380 del 12 de abril del 2007, quedando para asignar $23.6 millones. De estos, se apropiarán $2.880.000.00 para cancelar pasivos exigibles del sector educación, solicitado por la Secretaría de Infraestructura.

7 Que en los capitulas de gastos de funcionamiento se encuentran apropiaciones que pueden ser trasladadas para completar las partidas insuficientes en el presupuesto.

8 Que según Certificado de Disponibilidad 270057 emitido por la Secretaría de Hacienda, se encuentra disponible la partida que se va a contracreditar.

9 Que el artículo 11 de la Ordenanza 000023 de 2006 y del Decreto 000726 de 2006 autorizan al Gobernador del Departamento del Atlántico para efectuar por Decreto, previo certificado de disponibilidad expedido por la Secretaría de Hacienda, las modificaciones presupuestales que no modifiquen el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento y servicio a la deuda aprobado por la Asamblea Departamental.

10 Que, teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario realizar las respectivas reducciones, incorporaciones y créditos al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Administración Central del Departamento del Atlántico para la vigencia de 2006.

DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Redúzcase el anexo del presupuesto de ingresos de la administración central del presupuesto de rentas, gastos e inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE RENTAS
ADMINISTRACION CENTRAL INGRESOS CORRIENTES
INGRESOS NO TRIBUTARIOS TRANSFERENCIAS
OTRAS TRANSFERENCIAS NACIONALES

1110 Transferencias nacionales al sector salud ?..650.771

TOTAL REDUCCIONES Al PRESUPUESTO DE INGRESOS DE lA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ?650.771

ARTICULO SEGUNDO. Redúzcase el anexo del presupuesto de egresos de la administración central en los capítulos de gastos de inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:
PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR EDUCACION PARA VIVIR MEJOR
PRESTACION DEL SERVICIO EDUCATIVO
(SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACION)
EDUCACION BASICA PRIMARIA
SERVICIOS PERSONALES

4726. Control de enfermedades trasmitidas por vectores ETV
650.771

TOTAL REDUCCIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ?.650.771

ARTICULO TERCERO: Adiciónese al anexo del Presupuesto de Ingresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones Del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal del 2007 lo siguiente

PRESUPUESTO DE RENTAS
ADMINISTRACION CENTRAL
RECURSOS DE CAPITAL
OTROS RECURSOS DEL BALANCE

1162. Recursos del Balance 28.829842

TOTAL ADICIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ?..28.829.842

ARTICULO CUARTO: Incorpórese al anexo del presupuesto de egresos de la Administración Central en los capitulas de Gastos de Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:

DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE
SECTOR VIAS
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO Y REHABILlTACION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL

4212. Pasivos exigibles, sector vías y transporte ..10800.000

DESAFIO DESARROLLO HUMANO CON EQUIDAD SOCIAL
SECTOR EDUCACION PARA VIVIR MEJOR COBERTURA Y ACCESO A LA EDUCACION CON SENTIDO DE EQUIDAD

4394. Pasivos exigibles, sector educación ? 2879 342

INFRAESTRUCTURA FISICA DEPORTIVA RECREATIVA

5073. Pasivos exigibles, sector recreación y deporte ?15.150.000

TOTAL INCORPORACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ?? 28.829.842

ARTICULO SEGUNDO: Contracredítese el anexo del Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Funcionamiento del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOGOBERNACION DEL A TLANTICO
GASTOS GENERALES
OTROS GASTOS GENERALES

2134 Premio de periodismo "Carlos Lajub Catalán ???10.000.000

TOTAL CONTRACREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ??..10.000.000
ARTICULO SEGTUNDO: Acredítese el Anexo del Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Funcionamiento del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
GASTDS DE FUNCIONAMIENTOADMINISTRACION CENTRAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTOGOBERNACION DEL ATLANTICO
GASTOS PERSONALES
SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

2032. Remuneración servicios técnicos de la Secretaría de Hacienda
10.000.000

TOTAL CREDITOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ??..10.000.000

DADO EN SARRANQUILLA. A LOS

EDILBERTO ALVAREZ GONZALEZ
SECRETARIO PRIVADO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE GOBERNADOR DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No. 000549 DE 2007
"Por medio del cual se modifica el Decreto 000726 de 2006 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007"
EL SECRETARIO DE HACIENDA ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en la Ordenanza 000001 de 2007 y
CONSIDERANDO:
1. Que el Departamento del Atlántico contrató las obras de rehabilitación de la prolongación de la vía Cascajal - Sabanalarga hasta empalmar con la carretera La Cordialidad.

2. Que en el empalme con la carretera La Cordialidad existe una propiedad privada que se constituye en un elemento que no permite la visibilidad de los usuarios de la vía e impide la construcción de elementos encausadores del flujo vehicular.

3. Que esta propiedad privada, según avalúo comercial efectuado por la Lonja de Propiedad Raíz, tiene un valor de $92.000.000, que sumado los gastos legales, se requiere apropiar un total de $ 95.000.000.00

4. Que el proyecto en mención, para poder cumplir su función de garantizar a los usuarios de la vía la seguridad y comodidad de circulación, debe cumplir con unos requisitos de orden técnico como son: Construcción de carriles por sentido del flujo vehicular, construcción del separador central que canalice el flujo vehicular por sentido, áreas entre carriles de tránsito, para controlar el movimiento de vehículos y andenes para refugio de peatones.

5. Que los anteriores componentes no pueden ejecutarse por la presencia del obstáculo de la propiedad privada existente.

6. Que, para poder llevar a cabo el proyecto, se requiere que el Departamento adquiera el lote privado y lo convierta en parte del área de la vía que se viene ejecutando.

7. Que la Ordenanza 000001 de 2007 autoriza al Gobernador del Departamento del Atlántico para incorporar recursos adicionales, realizar traslados y crear partidas en el presupuesto de rentas, gastos e inversiones que corresponda ejecutar al Departamento.

8. Que, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal 270083 emitido por la Secretaría de Hacienda se encuentra disponible la Partida que se va a contracreditar.

9. Que, teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario realizar el respectivo contracredito e incorporaci6n al presupuesto de gastos de la administración central del Departamento del Atlántico para la vigencia de 2007.

DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Contracredítese el anexo Presupuesto de Egresos de la Administración Central del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 con lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE
SECTOR VIAS
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO Y REHABILITACION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL

4204. Rehabilitación de la vía Cascajal - Sabanalarga hasta empalmar con la carretera La Cordialidad??.95.000.000

TOTAL CONTRACREDlTOS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACiON
CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ??.95.000.000

ARTICULO SEGUNDO: Incorpórese al anexo del Presupuesto de Egresos de la Administración Central en el capítulo de Gastos de Inversión del Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversiones del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2007 lo siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS
GASTOS DE INVERSION
TOTAL INVERSION ADMINISTRACION CENTRAL
DESAFIO DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE
SECTOR VIAS
MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO Y REHABILITACION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL

4213. Compra de inmuebles, gastos de trámites notariales y/o registrales y demás gastos pertinentes para la rehabilitación de la vía Cascajal Sabanalarga hasta empalmar con la carretera La Cordialidad?..95.000.000

TOTAL INCORPORACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GASTOS E INVERSIONES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2007 ?.. 95.000.000

PUBLIQUESE y CUMPLASE

Dado en Barranquilla a los 29 de junio de 2007.

EZEQUIEL ALADINES CUELLAR,
Secretario de Hacienda, encargado
De las funciones de Gobernador





REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
RESOLUCION No. 000044 de 2007

"Por la cual se hacen unas delegaciones en materia de contrato y ordenación del gasto público al Secretario de Infraestructura del Departamento del Atlántico"
EL SECRETARIO PRIVADO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por los Articulas 209 y 211 de la C-N; Artículo 12 de la Ley 80 de 1,993, Art. 110 del Decreto 111 de 1996, Art. 9?de la ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que el Artículo 209 de la Constitución Nacional, establece: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones,.. "

SEGUNDO: Que de conformidad a lo establecido en el articulo 211 constitucional corresponde a la ley fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

TERCERO: Que la Ley 489 de 1.998 estableció la facultad a las autoridades administrativas para transferir mediante delegación el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o similares, siempre que no se tratase de la expedición de reglamentos de carácter general, funciones recibidas en función de delegación o por su naturaleza, expresamente prohibidas en la Constitución o la ley,

CUARTO: Que en caso de delegación en subordinados, la ley establece que debe hacerse mediante acto administrativo, debe recaer en funcionarios que se encuentren en niveles dírectivos o asesores y los actos de los delegatarios estarán sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por la autoridad delegante.

QUINTO: Que específicamente en materia de contratación, el artículo 12 de la Ley 80 de 1.993 autoriza a los representantes de las entidades estatales para delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y el artículo 110 del Decreto 111 de 1.996 en materia presupuestal, autoriza la delegación de la ordenación del gasto público por parte de los jefes de cada organismo en funcionarios del nivel directivo.
SEXTO: Que la delegación constituye una forma de organización administrativa que propende por la descongestión de los despachos públicos y el manejo responsable y eficiente de la gestión administrativa.

SEPTIMO: Que mediante ordenanza número 000017 de 2006 la Asamblea del Departamento del Atlántico autorizó al Gobernador para la contratación de obras de desarrollo urbano y Vivienda de Interés Social en los municipios del Departamento del Atlántico, dentro del marco del Plan de Desarrollo del Departamento 2004-2007 "Compromiso para una vida digna" y para celebrar todos los convenios y/o contratos requeridos en la ejecución del programa en mención.

OCTAVO: Que por razones de eficiencia y celeridad en la realización de los trámites contractuales y ordenación del gasto público, se considera conveniente delegar en el Secretario de Infraestructura del Departamento del Atlántico la ordenación del gasto público y la celebración de los convenios y/o contratos requeridos para la ejecución de obras de desarrollo urbano y Vivienda de Interés Social en los municipios del Departamento del Atlántico, dentro del marco del Plan de Desarrollo del Departamento 2004-2007 "Compromiso para una vida digna". Y por las citadas razones igualmente se considera conveniente delegar la ordenación del gasto en la ejecución de dichos programas de viviendas, conforme a las apropiaciones presupuéstales asignadas.

Que de conformidad a lo anterior,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Delegar en el Secretario de Infraestructura del Departamento del Atlántico las funciones que competen al Gobernador del Departamento relacionadas con la celebración de los convenios o contratos requeridos para la ejecución del programa de obras de desarrollo urbano y Vivienda de Interés Social en los municipios del Departamento del Atlántico. Igualmente, se delega la ordenación del gasto público relativo a tales contrataciones con sujeción a los rubros presupuéstales asignados para el efecto.

Parágrafo Unico: La competencia delegada a través del presente artículo, comprende la realización de todos los actos y trámites requeridos en las etapas precontractual, contractual y postcontractual.
Los actos expedidos por el Secretario de Infraestructura del Departamento del Atlántico estarán sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por el Gobernador del Departamento del Atlántico y serán susceptibles de los recursos procedentes contra los actos del delegante.

ARTICULO TERCERO: La delegación conferida a través de esta resolución exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, sin perjuicio de que la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario.

PUBLlQUESE COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Barranquilla a los

EDILBERTO ALVAREZ GONZALEZ
Secretario Privado encargado de las
funciones de Gobernador del Departamento del Atlántico

 

     Publicado: Sunday, July 15, 2007    

 

 
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