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  Gaceta Numero: 7754

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Gaceta No. 7754 Correspondiente a Agosto 30 de 2005

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO ENCARGADO
DE LA GERENCIA ESTAMPILLA PRO - HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No 0166*2005*000040
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO
DEL ATLANTICO y OSCAR PARDO ABELLO

Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía Juan De Acosta, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanza 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Artículo 25 Numeral 10 Y el Parágrafo del Artículo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominara EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la OSCAR PARDO ABELLO, mayor de edad y vecino de esta ciudad 7.422.359 quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el siguiente contrato de Prestación de Servicio contenido en las siguientes cláusulas:
Para constancia se firma en Barranquilla, en original y dos (2) copias a los primero de julio de 2005.

OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, Subsecretario de Direccionamiento
OSCAR PARDO ABELLO, Contratista.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO ENCARGADO DE LA GERENCIA DE PROYECTO ESTAMPILLA PRO - HOSPITAL UNIVERSITARIO CONTRATO No. 0166*2005*000038
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL
ATLANTICO Y JOSE LUIS ACCINI MENDOZA
Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.728.941 expedida en Juan De Acosta, Departamento del Atlántico, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanza 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Artículo 25 Numeral 10 Y el Parágrafo del Articulo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominara EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra JOSE LUIS ACCINI MENDOZA, mayor de edad y vecino de esta ciudad con la cédula de ciudadanía 92.496.376 de Sincelejo. Quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el siguiente contrato de Prestación de Servicio .
Para constancia se firma en Barranquilla, en original y dos (2) copias a los Primero de Julio Del 2005.

OSCAR URIEL IMITOLA, Subsecretario de Direccionamiento Estratégico.
JOSE LUIS ACCINI MENDOZA, Contratista.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRA TEGICO ENCARGADO
DE LA GERENCIA ESTAMPILLA PRO - HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No. 0166*2005*000042
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO
DEL ATLANTICO y ISABEL FLAUTERO BRIÑEZ
Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía Juan De Acosta, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanza 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Articulo 25 Numeral 10 y el Parágrafo del Articulo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominara EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra ISABEL FLAUTERO BRIÑEZ, mayor de edad y vecino de esta ciudad 51647046 quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el siguiente contrato de Prestación de Servicio .
Para constancia se firma en Barranquilla, en o dos (2) copias a los Primero de Julio Del 2005

OSCAR URIEL IMITOLA, Subsecretario de Direccionamiento.
ISABEL FLAUTERO BRIÑEZ, Contratista.

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO ENCARGADO DE LA GERENCIA ESTAMPILLA PRO - HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No 0166 * 2005* 000043
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO
DEL ATLANTICO y MARIA VICTORIA BLANQUICETT B.

Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía Juan De Acosta, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanza 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Articulo 25 Numeral 10 y el Parágrafo del Articulo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra MARIA VICTORIA BLANQUICETT B., mayor de edad y vecino de esta ciudad 32695271 quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el siguiente contrato de Prestación de Servicio .
Para constancia se firma en Barranquilla, en original y dos (2) copias a los Primero de Julio Del 2005.

OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, Direccionamiento Estratégico
MARIA VICTORIA BLANQUICETT B.,Contratista.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO
CONTRATO No 0110 - 2005 - 000036.
CONTRATO DE APORTE SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL
ATLANTICO y LA FUNDACJON PROBARRANQUILLA.
Entre los suscritos, JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 72.182.398 de Barranquilla, Secretario de Desarrollo Económico, actuando en nombre del Departamento del Atlántico, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo, mediante Resolución No. 000083 del 18 de mayo de 2004, con fundamento en lo normado en los Artículos 12 y 25; numeral 10 de la Ley 80 de 1993. 14 del Decreto 679 de 1994. 51 de la ley 179 de 1994. 9 de la ley 489 de 1998. 37 del Decreto 2150 de 1995, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra parte, TATlANA MARIA OROZCO DE LA CRUZ, mayor, e identificado como aparece al pie de su firma, quien en su calidad de Gerente obra en Representación de la FUNDACION PROBARRANQUILLA, sin ánimo de lucro, que obtuvo su personería jurídica mediante resolución No. 946 del 14 de septiembre de 1988, otorgada por la Gobernación del Atlántico, e inscrita en la Cámara de Comercio de Barranquilla el 19 de mayo de 1997, bajo el No. 666 del libro respectivo, con Nit No. 800.043.442-9, quien en adelante se denominará LA FUNDACION, se ha celebrado un CONTRATO DE APORTE.
Para constancia se firma en Barranquilla, a los 12 de3 agosto de 2005.

JUAN ANTONIO HADAD LEWIS Secretario de Desarrollo Económico
TATIANA MARIA OROZCO DE LA CRUZ C.C.52.419.421 de Barranquilla En representación de LA FUNDACION.


CONTRATO ADICIONAL No. 2 AL CONTRATO DE OBRAS No. 009 de 2002
A REALIZARSE EN LA E.S.E. HOSPITAL UNIVERSITARIO DE BARRANQUILLA SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO Y
LA EMPRESA CAMCO INGENIERIA S.A.
Entre los suscritos OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad, vecino de Barranquilla, identificado con Cédula de Ciudadanía 3.728.941 expedida en Juan de Acosta (Atlántico), Subsecretario de Direccionamiento Estratégico de la Secretaría de Planeación Departamental, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo para realizar las funciones referentes a la Gerencia del Proyecto Estampilla Pro - Hospital Universitario de Barranquilla y/o del Hospital Universitario que lo sustituya o haga sus veces, mediante las Resoluciones Números 000154 de Diciembre 30 de 2004 y 000156 de Diciembre 31 de 2004 expedidas por el Gobernador del Departamento del Atlántico, quien en adelante se llamará LA GERENCIA, por una parte y por la otra parte, ASDRUBAL NUÑEZ SUAREZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 72.134.333 expedida en Barranquilla, quien actúa en su condición de representante legal de la Empresa CAMCO INGENIERIA S.A., condición que acredita con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio anexo a la oferta, quien manifiesta bajo la gravedad del juramento que ni él ni la firma que representa se encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad para contratar y que para los efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido en forma en forma libre y voluntaria celebrar el presente contrato adicional, por medio del cual se amplia el valor y el plazo del contrato suscrito entre la UNION TEMPORAL HOSPITAL SIGLO XXI en su condición de GERENCIA DE PROYECTO DE LA ESTAMPLILLA PRO - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE BARRANQUILLA y la Empresa CAMCO INGENIERIA S.A. para la Reubicación de las Calderas para la reconstrucción, ampliación, remodelación y dotación de la E.S.E. Hospital Universitario de Barranquilla.
Para constancia se firma en Barranquilla, a los Ocho (08) días del mes de Julio de 2005.

OSCAR URIEL IMITOLA ACERO,
Subsecretario de Direccionamiento Estratégico Encargado de la Gerencia de Proyecto Estampilla
ASDRUBAL NUÑEZ SUAREZ Camco Ingeniería S.A Representante Legal


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO ENCARGADO DE LA
GERENCIA ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No 0166*2005*000075 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y
JAIME ANTONIO RODRIGUEZ ATENCIA
Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.728.941 de Juan De Acosta , en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanza 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Articulo 25 Numeral 10 y el Parágrafo del Articulo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominara EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra JAIME ANTONIO RODRIGUEZ ATENCIA, mayor de edad y vecino de esta ciudad 78.295.845 quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el siguiente contrato de Prestación de Servicio contenido en las siguientes Cláusulas.
Para constancia se firma en Barranquilla, en original y dos (2) copias a los Veintiocho (28) Días del mes de Julio del 2005.
OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, Sub. De Dir. Estratégico.
ASDRUBAL NUÑEZ SUAREZ, Rep. Legal.


DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
CONTRATO No. 0101 ? 2005 - 000030
CONTRATO DE COMPRAVENTA SUSCRITO EN EL DEPARTAMENTO DEL
ATLANTICO E INTEGRAR S.A. E INTEGRAR S.A.

Entre los suscritos, EDILBERTO RAFAEL ALVAREZ GONZALEZ, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.756.592 de Sabanalarga, Secretario Privado, actuando en nombre del Departamento del Atlántico, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo, mediante Resolución No. 0000083 del 18 de mayo de 2004, con fundamento en lo normado en los Artículos 12 y 25; numeral 10 de la Ley ) de 1993,14 del Decreto 679 de 1994, 51 de la ley 179 de 1994, 9 de la ley 489 de 1998,37 del Decreto 2150 de 1995, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra parte, MARCOS EDUARDO PAEZ SAAVEDRA, mayor, e identificado como aparece al pie de su firma, quien en su calidad de Gerente Regional obra en Representación de INTEGRAR S.A. , persona jurídica, constituída por Escritura Pública No. 1553 del 22 de junio de 1999, otorgada en la Notaria 14 de Cali e inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 13 de julio de 1999 bajo el No. 00687857 del libro IX, con NIT 830059918-1 quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha celebrado el presente contrato de compraventa de bien mueble, contenido en las cláusulas que aquí se enuncian.
Para constancia se firma en Barranquilla a los 2 de agosto de 2005.

EDILBERTO RAFAEL ALVAREZ GONZALEZ, Secretario Privado
MARCOS EDUARDO PAEZ SAAVEDRA, Contratista.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA GENERAL
CONTRATO No 0102 2005 000262I
CONTRATO DE APORTE SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
Y EL COLEGIO DE JUECES y FISCALES DEL ATLANTICO.
Entre los suscritos, ESTEBAN MOSQUERA ESCAMILLA, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 8.771.910 de Soledad, Secretario General, actuando en nombre del Departamento del Atlántico, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo, mediante Resolución No. 000083 del 18 de mayo de 2004, con fundamento en lo normado en los Artículos 12 y 25; numeral 10 de la Ley 80 de 1993, 14 del Decreto 679 de 1994, 51 de la ley 179 de 1994, 9 de la ley 489 de 1998, 37 del Decreto 2150 de 1995, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra parte, JOSE DE JESUS LOPEZ ALVAREZ, mayor, e identificado como aparece al pie de su firma, quien en su calidad de Presidente obra en Representación de EL COLEGIO DE JUECES y FISCALES DEL ATLANTICO, entidad sin ánimo de lucro, que obtuvo su personería jurídica mediante Resolución No.414 del 11 de junio de 1993, otorgada por la Gobernación del Atlántico, inscrita en la Cámara de Comercio de Barranquilla el 22 de marzo de 2000, bajo el No. 4.487 del libro respectivo, con Nit No.802.012.034 -1, quien en adelante se denominará LA ASOCIACION, se ha celebrado un CONTRATO DE APORTE.
Para constancia se firma en Barranquilla, a los 05 de agosto de 2005.

ESTEBAN MOSQUERA ESCAMILLA, Secretario General
JOSE DE JESUS LOPEZ ALVAREZ, Representante Asociación.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO
CONTRATO ADICIONAL No. 0110*2005*000028
ADICION No.07. AL CONTRATO DE APORTE No. 0110*2005*000014 SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y CORPORACION TECNOLOGICA DEL EMPAQUE, EMBALAJE Y TRANSPORTE CENPACK EL 25 DE ABRIL DE 2005.
Entre los suscritos, JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 72.182.398 de Barranquilla, Secretario de Desarrollo Económico, actuando en nombre del Departamento del Atlántico, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo, mediante Resolución No. 000083 del 18 de mayo de 2004, con fundamento en lo normado en los Artículos 12 y 25; numeral 10 de la Ley 80 de 1993, 14 del Decreto 679 de 1994, 51 de la ley 179 de 1994, 9 de la ley 489 de 1998, 37 del Decreto 2150 de 1995, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra parte, OMAR DARIO BARRAZA CORONELL, mayor, e identificado como aparece al pie de su firma, quien en su calidad de Director Ejecutivo obra en Representación de la CORPORACION TECNOLOGICA DEL EMPAQUE, EMBALAJE Y TRANSPORTE - CENPACK, entidad sin ánimo de lucro, constituída por acta del 06 de julio de 1999, correspondiente a la Asamblea de Asociados de Barranquilla e inscrita en la Cámara de Comercio de Barranquilla el 07 de septiembre de 1999, bajo el No. 3.877 del libro respectivo, quien en adelante se denominará LA CORPORACION.
Dado en Barranquilla a los...
JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, Secretario de Desarrollo.
OMAR DARIO BARRAZA CORONELL, Por la Corporación.

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DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA GENERAL

Entre los suscritos, MARIA LUISA MERCADO CEPEDA, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 22.638.660 de Sabanalarga, Secretaria General, actuando en nombre del Departamento del Atlántico, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo, mediante Resolución No. 000083 del 18 de mayo de 2004, con fundamento en lo normado en los Artículos 12 y 25; numeral 10 de la Ley 80 de 1993, 14 del Decreto 679 de 1994, 51 de la ley 179 de 1994, 9 de la ley 489 de 1998, 37 del Decreto 2150 de 1995, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra parte, ERNESTO PUENTE GONZALEZ RUBIO, mayor e identificado como aparece al pie de su firma, quien en su condición de Gerente obra en representación legal de LA PREVISORA S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS, mayor e identificado como aparece al pie de su firma, quien en su condición de Gerente obra en representación legal de LA PREVISORA S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS, persona jurídica constituída por Escritura Pública NO.2327 del 23 de diciembre de 1982, otorgada en la Notaría Undécima de Bogotá D.C. e inscrita en la Cámara de Comercio de Barranquilla el 18 de enero de 1983 bajo el No. 224 del libro respectivo, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha celebrado un contrato para la Expedición de Seguros.
Para constancia se firma en Barranquilla, a los
MARIA LUISA MERCADO CEPEDA, Secretaría General
ERNESTO PUENTE GONZALEZ RUBIO, Contratista.


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DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO ENCARGADO
DE LA GERENCIA ESTAMPILLA PRO - HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No 0166*2005*000054 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y RAMIRO ALFONSO OSORIO MASTRODOMENICO.

Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía Juan de Acosta , en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanza 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Articulo 25 Numeral 10 Y el Parágrafo del Articulo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominara EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra RAMIRO ALFONSO OSORIO MASTRODOMENICO, mayor de edad y vecino de esta ciudad 8637001 quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el siguiente contrato de prestación de servicio.
Para constancia se firma en Barranquilla, en original y dos (2) copias a los Ocho días del mes de Julio de 2005

OSCAR URIEL IMITOLA ACERO,
Subsecretario de Direccionamiento Estratégico
RAMIRO OSORIO MASTRODOMEDICO, Contratista.

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO ENCARGADO DE LA GERENCIA ESTAMPILLA PRO - HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No 0166*2005*000056
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO
DEL ATLANTICO y LINDA IVONNE ANGULO SANCHEZ
Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía Juan de Acosta, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanza 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Artículo 25 Numeral 10 y el Parágrafo del Articulo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominara EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra LINDA IVONNE ANGULO SANCHEZ, mayor de edad y vecino de esta ciudad 22414951 quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el siguiente contrato de Prestación de Servicio.
Para constancia se firma en Barranquilla, en original y dos (2) copias a los Ocho días del mes de Julio del 2005

OSCAR IMITOLA ACERO, Subsecretario
LINDA IVONNE ANGULO SANCHEZ, contratista.

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO
ENCARGADO DE LA GERENCIA DE PROYECTO ESTAMPILLA
PRO - HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No 0166*2005*000048
CONTRATO MENOR SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO Y ARQUIDISEÑOS LTDA
A FAVOR DE: ARQUIDISEÑOS LTDA
VALOR : $21,390,530.00
1.-0BJETO: El contratista se obliga para con el DEPARTAMENTO a realizar por el sistema de precios unitarios la CONSTRUCCION DE BAÑOS PARA HOMBRES Y MUJERES EN EL SOTANO DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO, dentro del proyecto de mantenimiento extraordinario que se ejecuta.
Para constancia se firma en Barranquilla, en original y dos (2) copias a los Seis días del mes de Julio del 2005
OSCAR URIEL IMITOLA ACERO,Subsecretario de Direccionamiento Estratégico
ARQUIDICENOS LTDA
ANTONIO JOSE ARRIETA MARON, Representan Legal CONTRATISTA

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO
CONTRATO No. 0110*2005*000024
CONTRATO DE COMPRAVENTA SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO
DEL ATLANTICO y MIGUEL ANTONIO ROA CABALLERO
JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, mayor de edad, identificado con la C.C. 72.182.398 de Barranquilla, actuando en su condición de Secretario de Desarrollo Económico. CONTRATISTA: MIGUEL ANTONIO ROA CABALLERO, mayor de edad, identificado con la C.C. 72.179.938, actuando en su condición de CONTRATISTA. OBJETO: SUMINISTRAR 200 GALONES DE PINTURA PARA CONTRIBUIR CON EL EMBELLECIMIENTO DE LAS PLAZAS PRINCIPALES DE LOS MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO.
Dado en Barranquilla a los 24 de junio de 2005.

JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, Secretario Desarrollo
MIGUEL ANTONIO ROA CABALLERO, Contratista.

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No.000450 DE 2005
"Por medio del cual se modifica el anexo del Decreto 000545 de 2004 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2005"
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en los artículos 18 de la Ordenanza 000019 de 2004 v del Decreto 000545 de 2004

Dado en Barranquilla a los 6 de agosto de 2005.

PUBLIQUESE y CUMPLASE

CARLOS RODADO NORIEGA, Gobernador.

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No.000448
"Por medio del cual se modifica el anexo del Decreto 000545 de 2004 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2005"
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en los artículos 11, 16 Y 18 de la Ordenanza 000019 de 2004 v del Decreto 000545 de 2004

PUBLIQUESE y CUMPLASE

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No. de 2005

"Por medio del cual se modifica el anexo del Decreto 000545 de 2004 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2005"

EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en el artículo 18 de la Ordenanza 000019 de 2004 del Decreto 000545 de 2004
PUBLIQUESE y CUMPLASE
Dado en Barranquilla a los 17 de agosto de 2005.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO 000461 DE 2005
"Por medio del cual se modifica el anexo del Decreto 000545 de 2004 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto de Rentas, Gastos e Inversión del Departamento del Atlántico para la vigencia fiscal de 2005"

EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las consignadas en los artículos 11 y 18 de la Ordenanza 000019 de 2004 v del Decreto 000545 de 2004

PUBLlQUESE y CUMPLASE

Dado en Barranquilla a los

AUGUSTO GARCIA RODRIGUEZ, Encargado de Gobernador.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO ENCARGADO DE LA
GERENCIA ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No 0166*2005*000047
CONTRATO DE COMPRAVENTA SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y DISCONCOR
LTDA. DISTRIBUIDORES CONSULTORES y CORREDORES

Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de Barranquilla, identificado con la cédula de ciudadanía Juan De Acosta, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanza 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Articulo 25 Numeral 10 y el Parágrafo del Articulo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominara EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra ROSMERY LOPEZ CASTILLO, mayor de edad y vecino de esta ciudad 51.557.043, en su calidad de Representante Legal de la firma DISCONCOR LTDA, con Nit: 802.018.734 - 6 quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato de Compraventa, previa las siguientes consideraciones:

Para constancia se firma en Barranquilla, a los 6 de julio de 2005.

OSCAR URIEL IMITOLA ACERO.
Subsecretario de Direccionamiento Estratégico.
ROSMERY LOPEZ CASTILLO
Contratista.


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SUBSECRETARIA DE DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO ENCARGADO
DE LA GERENCIA ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL UNIVERSITARIO
CONTRATO No 0166*2005*000044
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVIC10S SUSCRITO ENTRE
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y EDUARDO VALENCIA FAJURY
Entre los suscritos a saber, OSCAR URIEL IMITOLA ACERO, mayor de edad vecino de la ciudad de BarranquilIa identificado con la cédula de ciudadanía Juan De Acosta , en uso de sus facultades legales conferidas por la Ordenanz8 000017 de 2004, la Resolución 000154 de Diciembre 30 de 2004, la Resolución 000156 de Diciembre 31 de 2004, y el Articulo 25 numeral 10 y el Parágrafo del Articulo 39 de la Ley 80 de 1993, quien en adelante se denominara EL DEPARTAMENTO, por una parte. y por la otra EDUARDO VALENCIA FAJURY, mayor de edad y vecino de esta ciudad 10515872 quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el siguiente contrato de Prestación de Servicio contenido en las siguientes cláusulas

Para constancia se firma en Barranquilla en original y dos (2) copias a los Primero de Julio Del 2005.

OSCAR IMITOLA ACERO , Subsecretario de Direccionamiento
EDUARDO VALENCIA FAJURY, Contratista.


CONTRATO DE COMPRAVENTA SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO
DEL ATLANTICO y CARLOS ALEXANDER PAREDES RAMIREZ

CONTRATANTE: DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO. JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, mayor de edad, identificado con la c.c. 72.782.398 de Barranquilla, actuando en su condición de Secretario de Desarrollo Económico.
Dado en Barranquilla a los 04 de Agosto de 2005.

JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, Secretario de Desarrollo Económico.
CARLOS ALEXANDER PAREDES RAMIREZ, Contratista.

REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA DEPARTAMENTAL
CONTRATO No 0108*2005*000053
CONVENIO SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y MUNICIPIO DE USIACURI

Entre los suscritos a saber NURY LOGREIRA DIAZGRANADOS, identificada con la Cédula de ciudadanía No.32.716.911 de Barranquilla, quien obra en nombre del Departamento de Atlántico, en calidad de Secretaria de Infraestructura Departamental, debidamente facultada para contratar, por expresa delegación del Decreto No. 000002 de Enero 06 de 2.004 y en especial las conferidas en la Resolución No. 000083 de Mayo 18 de 2.004 , en concordancia con el Art. 25 Numeral 10 de la Ley 80 de 1.993 quien para efectos del presente convenio, se denominará el DEPARTAMENTO, por una parte y por la otra, y DORIS MARIA BOLIVAR EBRATT, Alcalde del Municipio de USIACURI identificado con la cédula de ciudadanía 22.456.813 de Baranoa, quien para los efectos del presente convenio se denominará EL MUNICIPIO, hemos decidido celebrar el presente convenio ínteradministrativo, previas las siguientes consideraciones:
En constancia se suscribe en la ciudad de Barranquilla, a los 11 de agosto de 2005
POR EL DEPARTAMENTO: Nury Logreira Diazgranados
POR El MUNICIPIO DE USIACURI. Doris Bolívar Ebratt.


CONVENIO INTERADMINISTRATlVO DE INTERCAMBIO
DE LICORES ENTRE LOS DEPARTAMENTOS
DE ATLANTICO y BOLIVAR
Entre los suscritos a saber, CARLOS RODADO NORIEGA, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 17.086.956 de Bogotá, en su condición de Gobernador del Departamento del Atlántico y NELSON AMAYA CORREA, mayor de edad, identificado con cédula a de ciudadanía No. 17.805.832 de Riohacha, en su condición de. Secretario de Hacienda Departamental debidamente facultado por los artículos 61,63, y 64ete la ley 14 de 1983, artículos 121 y 123 del Decreto 1222 de 1986 y articulo 54 de la Ordenanza No 000041 de 2002 para celebrar convenios y ejecutar adecuadamente el monopolio sobre la producción, introducción y venta de licores destilados, quienes actúan en nombre y representación del DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, como Gobernador y Secretario de Hacienda respectivamente, quienes en adelante se denominaran DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, por una parte, y por la otra LIBARDO SIMANCAS TORRES, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No 9.079.604 de Cartagena y AUGUSTO SALAS BADRAN, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No 9.132.052 de Magangué, quienes actúan en calidad de Gobernador y Secretario de Hacienda del Departamento de Bolívar, respectivamente y debidamente facultades por los artículos 61, 63, Y 64 de la ley 14 de 1983, Ordenanza 12 de 1970 y Decreto 1222 de 1986, para celebrar convenios y ejercer adecuadamente el monopolio sobre la producción, introducción y venta de licores destilados, quienes para efectos del presente convenio se denominaran DEPARTAMENTO DE BOLIVAR , se ha acordado celebrar el presente convenio de intercambio de licores, con base en las prescripciones normativas arriaba señaladas, el cual habrá de regirse por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO.- EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y EL DEPARTAMENTO DE BOLIVAR, intercambiaran a partir de la ejecución del presente convenio todos los licores que introduzcan o llegaren a producir en sus respectivos Departamentos, permitiendo la libre circulación de ellos en dicho territorio, previo el lleno de los requisitos estipulados en eI presente convenio de intercambio. El Departamento destinatario permitirá la distribución o venta en sus respectivos territorios de los productos que el otro envíe o suministre sin ninguna restricción.
Para constancia se firma a los 01 de Agosto de 2005.

CARLOS RODADO NORIEGA
NELSON MAYA CORREA
LIBARDO SIMANCAS TORRES
AUGUSTO SALAS BADRAN


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE DESARROLLO DEPARTAMENTAL
CONTRATO ADICIONAL No. 10*10*05012
ADICION No. 01 AL CONTRATO DE APORTE No.10*11*04018 SUSCRITO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO y LA FUNDACION UNIVERSIDAD DEL NORTE EL 09 DE NOVIEMBRE DE 2004.
Entre los suscritos, JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía, No.72.182398 de Barranquilla, Secretario de Desarrollo, actuando en nombre del Departamento del Atlántico, en ejercicio de las facultades delegadas a su cargo, mediante Resolución No. 000083 del 18 de mayo de 2004, con fundamento en lo normado en los Artículos 12 y 25 numeral 10 de la Ley 80 de 1993, 14 del Decreto 679 de 1994, 51 de la ley 179 de 1994, 9 de la ley 489 de 1998, 37 del Decreto 2150 de 1995, quien en adelante se denominará EL DEPARTAMENTO por una parte, y por la otra parte, JESUS MARIA FERRO BAYONA, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No.17.094.584 de Bogotá, quien en su calidad de Rector obra en Representación de la FUNDACION UNIVERSIDAD DEL NORTE, Persona Jurídica, constituída mediante Resolución No.149 de fecha febrero 14 de 1966, emanada de la Gobernación del Atlántico, quien en adelante se denominará LA FUNDACION, se ha celebrado la presente adición al contrato de aporte No.10*11*04018 suscrito entre las partes.
Dado en Barranquilla, a los 27 días de julio de 2005.

JUAN ANTONIO HADAD LEWIS, Secretario de Desarrollo.
JESUS MARIA FERRO BAYONA .En representación del Contratista


REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO
CONTRATO MENOR SUSCRITO ENTRE DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO JULIAN SAADE y CIA. LTDA.

A FAVOR DE : JULlAN SAADE y CIA. LTDA. NIT 830504499
VALOR : $22,763,000.00
1.-OBJETO: El contratista se obliga para con el DEPARTAMENTO a realizar por el sistema de precios unitarios la CONSTRUCCION DEL MURO DE CONTENCION EN GAVIONES y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN LA PARTE INFERIOR DE LA DARSENA DEL DISTRITO DE RIEGO DE REPELON, DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO.

2.-1TEM DE DESCRIPCION: El CONTRATISTA se obliga para con el DEPARTAMENTOI a ejecutar, por el sistema de precios unitarios, la CONSTRUCCION DEL MURO DE CONTENCION EN GAVIONES y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN LA PARTE INFERIOR DE LA DARSENA DEL DISTRITO DE RIEGO DE REPELON, DEPARTAMENTO DEL A TLANTICO, de acuerdo con los ítems descritos especificaciones y programas de trabajo presentado en la propuesta, los cuales quedan integrados en este contrato. Así como las disposiciones pertinentes aplicables y a las que debe sujetarse toda obra.
Para constancia se firma en Barranquilla, en original y dos (2) copias a los Primero de Agosto Del 2005

JUAN ANTONIO HADAD LEWIS
Secretario de Desarrollo
JULIAN SAADE Y CIA. LTDA.
Contratista.

 

     Publicado: Tuesday, August 30, 2005    

 

 
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