........
  Comunicaciones » Gaceta Departamental
 

  Gaceta Numero: 7637

........

Otrosí N?1 al convenio de cooperación científica y tecnológica celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Económico, el departamento del Atlántico y la Fundación Probarranquilla

El Ministerio: Augusto Ramírez Ocampo, ministro de Desarrollo Económico.
El Departamento: Rodolfo Espinosa Meola, Gobernador
La Fundación: Alberto Blanco Lara, representante de la Fundación Probarranquilla.
Objeto: Celebrar el presente otrosí al convenio de cooperación N? 64 de 2000, mediante el cual se acepta el certificado de disponibilidad presupuestal N?003177 de julio 4 de 2000, que garantiza el valor del aporte en dinero del Departamento, al convenio original suscrito entre las partes en diciembre 6 del 2000.
Fecha: 26 diciembre de 2000.

Otrosí al contrato de suministro suscrito entre el Departamento del Atlántico y Hely Chaparro Gómez el 19 de marzo de 1999

El Departamento: Rodolfo Espinosa Meola, Gobernador del Atlántico.
El Contratista: Hely Chaparro Gómez.
Objeto: Cláusula primera: Modifíquese el plazo establecido en la cláusula tercera del contrato objeto de otrosí en el sentido de prorrogar el mismo hasta el 30 de marzo del 2001. Cláusula segunda: Modifíquese la vigencia establecida en la cláusula vigésima segunda del contrato objeto de otrosí en el sentido de ampliar seis meses más el plazo inicialmente convenido. Cláusula tercera: De conformidad con lo señalado en la cláusula segunda amplíese el término del cubrimiento de todos los riesgos que ampara la garantía establecida en la cláusula quinta del contrato objeto de otrosí.
Fecha: 14 noviembre de 1999.

Contrato adicional N?01 al Contrato de interventoría de la Concesión
N?2000-01

El Departamento: Rodolfo Espinosa Meola, Gobernador
El Interventor: Rafael Donado Osorio, representante de Unión Temporal Ingenieros Civiles Especialistas- Geotecnia y Cimientos S.A.
Objeto: Adicionar el valor del contrato de interventoría en $40.950.469.50, conforme a la propuesta económica presentada por el Interventor y aprobada por el Secretario de Obras Públicas Departamental y la Jefe del Grupo de Obras Civiles viales, para que ejerza la interventoría en la vía adicionada la concesión Sector Santo Tomás - Polonuevo K3+00 - K5+000.
Fecha: 16 de noviembre de 2000.

Convenio N?35*01*00001. Convenio interadministrativo suscrito entre el Departamento del Atlántico y el Ministerio de Defensa Policía Nacional Seccional Atlántico

El Departamento: Alberto Borelly Borelly, Secretario de Gobierno.
La Policía: Arnaldo Sandoval Salamanca, Comandante del Departamento de policía Atlántico.
Objeto: Es la transferencia de recursos económicos por parte del Departamento a la Policía a efectos de que ésta los destine única y exclusivamente en el servicio de reparación de los equipos de comunicaciones así como el servicio de mantenimiento de la antena del CAD. Parágrafo: El Departamento del Atlántico designará un funcionario suyo como interventor para la supervisión del cumplimiento del objeto del convenio. El interventor podrá solicitar por escrito a la Policía, informes sobre la ejecución del objeto del convenio.
Obligaciones de las partes: a) Administrar correctamente los recursos asignados para la ejecución y desarrollo del objeto contemplado en este convenio b) Llevar los registros adecuados y separados en los cuales aparezca plenamente identificados todas las operaciones efectuadas a fin de que El departamento pueda verificar en cualquier momento el estado de las mismas c) Reintegrar los excedentes de los recursos que por cualquier razón no hayan utilizado en el desarrollo del presente convenio.
Plazo: Será de cuatro meses contados a partir de la entrega de los recursos.
Valor: $40.000.000
Fecha: 20 diciembre de 2000.


Contrato N?35*04*00006. Contrato de compraventa de bien mueble suscrito entre el Departamento del Atlántico y Multiequipos y Cía Ltda.

El Departamento: Alberto Borelly Borelly, Secretario de Gobierno.
El Contratista: Carlos Alberto Parra Ruiz, representante de Multiequipos y Cía Ltda.
Objeto: El contratista se compromete y obliga para con el Departamento a venderle y entregarle los siguientes equipos de informática: 25 computadores marca Compaq Deskpro ep Pentium, 25 impresoras marca EPSON LQ 570 E, 25 estabilizadores 1000W para la C. T.T. de la Fiscalía Seccional Atlántico. Todo de conformidad con su oferta la cual se anexa y hace parte del presente contrato para todos los fines legales.
Obligaciones de las partes: a)Transferir a título de compraventa el bien descrito en la cláusula primera. 2) Cumplir con el objeto del contrato de la forma establecida en su propuesta presentada el día 01 de diciembre de 2000 la cual hace parte del presente contrato para todos los fines legales. 3) Constituir la garantía a que alude la cláusula cuarta.
Plazo: El contratista se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la aprobación de la garantía a que alude la cláusula cuarta.
Valor: $94.982.985
Fecha: 22 diciembre de 2000.

Otrosí N?3 al contrato de administración de bienes muebles suscrito entre el Departamento del Atlántico y la Corporación Luis Eduardo Nieto Arteta

El Departamento: Rodolfo Espinosa Meola, Gobernador del Atlántico.
La Corporación: Cielo Támara De Vendries, representante Corporación Luis Eduardo Nieto Arteta.
Objeto: Los recursos económicos con los cuales el Departamento cancelará a la Corporación correspondiente a la vigencia fiscal del año 2001, se imputarán y subordinarán al rubro 4800 del Decreto N?000938 del 2000. Parágrafo primero: El departamento se compromete y obliga a abrir una cuenta especial para consignar todos los dineros que se recauden para el pago de los señalados en la cláusula precedente. Si se presentaren mayores recaudos los necesarios para la cancelación de los dineros adeudados a la Corporación, tales recaudos se imputarán de manera preferente al rubro 4800. Parágrafo segundo: Los pagos que deba efectuar el departamento durante el año 2002 y subsiguientes y hasta que se encuentre vigente el contrato respectivo, tendrán como fuente de financiación el producto del recaudo de la estampilla Pro- Cultura. Para estos efectos el Departamento siempre mantendrá el recaudo de tales dineros en una cuenta especial.
Fecha: 29 diciembre de 2000


Contrato N?35*11*00005. Contrato de compraventa de bien mueble suscrito entre el Departamento del Atlántico y Servipáramo y Cía S.C.A..

El Departamento: Alberto Borelly Borelly, Secretario de Gobierno.
El Contratista: Yohana Pía Alzamora, representante de Servipáramo y Cía S.C.A.
Objeto: El contratista se compromete y obliga para con el Departamento a venderle y entregarle equipos de aire acondicionado para las áreas de atención a las víctimas y estructura de apoyo al C.T.T. de la Fiscalía Seccional Atlántico ubicadas en el Edificio Lara Bonilla. Todo de conformidad con su oferta la cual se anexa y hace parte del presente contrato para todos los fines legales.
Obligaciones de las partes: a)Transferir a título de compraventa el bien descrito en la cláusula primera. 2) Cumplir con el objeto del contrato de la forma establecida en su propuesta presentada el día 29 de noviembre de 2000 la cual hace parte del presente contrato para todos los fines legales. 3) Constituir la garantía a que alude la cláusula cuarta.
Plazo: El contratista se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato dentro de los 20 días calendarios siguientes a la aprobación de la garantía a que alude la cláusula cuarta.
Valor: $34.330.950


Contrato N?01*19*0001. Contrato de arrendamiento suscrito entre el Departamento del Atlántico y la Compañía Comercial de Oriente Ltda.

El Departamento: Rodolfo Espinosa Meola, Gobernador del Atlántico.
El Contratista: Margarita Duque Román, representante de Compañía Comercial de Oriente Ltda.
Objeto: el arrendamiento por parte del Departamento al Contratista de un espacio de dos metros de largo por uno de ancho en el ala sur de la oficina de pasaportes del Departamento del Atlántico, de conformidad con plano anexo el cual hace parte de este contrato para todos los fines legales pertinentes, a fin de ubicar en el mismo una cabina para la toma de fotografías a los usuarios del servicio de expedición de pasaportes.
Obligaciones de las partes: 1) utilizar el área objeto de arrendamiento única y exclusivamente al servicio de fotografía para las personas usuarias del servicio de expedición de pasaportes. 2) Prestar el servicio respectivo dentro del horario de atención al público de la oficina de pasaportes. 3) Cancelar a el Departamento, dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes como valor mensual de arrendamiento la suma de $726.000 valor éste que debe consignar en la cuenta corriente N?4790-134741-6 del Banco de Colombia. 4) Entregar dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes a la Secretaría General del Departamento copia del recibo de consignación mensual del arrendamiento. 5) Entregar a el Departamento al término del arrendamiento el área objeto del contrato en el mismo estado en que fue recibido siendo de su cargo los costos en que deba incurrir para el efecto. Al término del arrendamiento el Contratista debe desocupar el área respectiva sin necesidad de solicitud de restitución por parte de El Departamento.
Valor: $8.712.000
Plazo: Es de un año contado a partir de la aprobación de la garantía a que alude la cláusula quinta. Parágrafo: Vencido el plazo establecido en la presente cláusula el contratista deberá desocupar el área que se entrega en arriendo sin necesidad de solicitud previa por parte de El Departamento.


Contrato N?31*11*00003. Contrato de aporte suscrito entre el Departamento del Atlántico y Fundación Banda de Música Departamental Atlántico y Bachillerato Musical Carlos Miguel Acosta Romero de Baranoa

El Departamento: Doris María Bolívar Ebratt, secretario de Desarrollo Social.
La Fundación: Cirilo Agustín Cantillo Pertuz, representante de la Fundación de Banda de Música Departamental Atlántico y Bachillerato Musical Carlos Miguel Acosta Romero de Baranoa.
Objeto: La entrega por parte del Departamento a la Fundación de recursos económicos con el fin de que este último lo destine única y exclusivamente a la ejecución del proyecto Compra de sede Banda Departamental de Baranoa. Todo de conformidad a lo señalado en el proyecto registrado en la Secretaría de Planeación Departamental bajo el código 000197.
Obligaciones del contratista: 1) Destinar los aportes objeto del contrato única y exclusivamente a lo señalado en la cláusula primera y de acuerdo con lo establecido en su propuesta. 2) Constituir la garantía a que alude la cláusula quinta. 3) Suministrar al interventor del contrato, designando por el Departamento toda la información que éste le requiera sobre el desarrollo del objeto contractual. 4) Presentar anticipadamente al Departamento el cronograma de actividades a realizarse en cumplimiento del contrato. 5) Dejar claramente establecido en todo acto, evento que se realice en cumplimiento del objeto del contrato la participación del Departamento en la ejecución del proyecto.
Plazo: Se establece en un mes contado a partir de la entrega del pago anticipado. Parágrafo: Vencido el término estipulado en esta cláusula, se tendrá por terminado el contrato, aún cuando el Departamento guarde silencio.
Valor: $49.600.000
Fecha: 29 diciembre de 2000


Decreto N?00000023 por el cual se modifica el decreto 000326 del 19 de abril de 1995

El Gobernador del departamento del Atlántico en uso de las facultades legales especialmente las consagradas en el artículo 13, de la Ley 87 de 1993 y,

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que la Ley 87 de 1993 señala, en su artículo 5? que esta norma ?se aplicará en todos los organismos y entidades de las ramas del poder público en sus diferentes órdenes y niveles...? y, en su artículo 13, que estos organismos ?deberán establecer, al mas alto nivel jerárquico, un comité de coordinación del sistema de control interno, de acuerdo con la naturaleza y de las funciones propias de la organización?.
SEGUNDO: Que el artículo 6? de la misma Ley indica que ?El establecimiento y desarrollo del sistema de control interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo?. Por lo tanto,

DECRETA

ARTICULO PRIMERO. Naturaleza Jurídica y Objetivos:
El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno es un cuerpo asesor y consultivo establecido para servir de apoyo al Gobernador en todos los aspectos relacionados con la optimización del control interno en la Gobernación del Departamento del Atlántico.

ARTICULO SEGUNDO. Integrantes del Comité:
El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno estará integrado por los siguientes funcionarios: el Gobernador del Departamento o su delegado, quien lo presidirá, los Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Directores de Direcciones Técnicas, el Secretario de Control Interno quien no tendrá derecho a voto, ejercerá las funciones de secretario y levantará las actas correspondientes.
PARAGRAFO. Los Subdirectores, Subsecretarios y Jefes de grupo podrán asistir a las reuniones del Comité siempre y cuando sean convocados para debatir los asuntos relacionados con el temario

ARTICULO TERCERO. Funciones del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno:
Conceptuar sobre el cumplimiento de los objetivos fundamentales del control interno (protección de los activos, información confiable y oportuna, eficiencia, eficacia y economía en las operaciones, ejecución de actividades adheridas a las políticas y disposiciones existentes, planes y programas concordantes con la Misión, Visión y Objetivos Institucionales).
Analizar la efectividad de las políticas trazadas en materia de Control Interno y su grado de cumplimiento en las diferentes escalas jerárquicas de la Entidad.
Evaluar el nivel de desarrollo alcanzado en la planeación institucional (analizar entre otros si la gestión de la Gobernación del Departamento del Atlántico está direccionada por un plan estratégico, si las dependencias enmarcan su acción en planes dirigidos a lograr las metas y objetivos propuestos, si los planes de las dependencias en menor jerarquía lineal o funcional se ajustan a los fines, objetivos y propósitos a su superior jerárquico lineal o funcional).
Analizar la confiabilidad, oportunidad y utilización gerencial de la información, para la toma de decisiones. Los sistemas de información deben apoyar eficazmente el desarrollo de las labores y suministrar cifras e informes que reflejen con exactitud los resultados de las operaciones y actividades individualmente consideradas y de la entidad en conjunto.
Evaluar el nivel de ejecución del Plan de Desarrollo y organización, y del Plan de Supervisión y Control.
Evaluar el grado de desarrollo alcanzado en los proceso organizacionales, manuales de funciones y procedimientos, técnicas y mecanismos de dirección, verificación y evaluación del Sistema de Control Interno.
Evaluar la supervisión al cumplimiento de las políticas generales de control y las estrategias para la implementación, operatividad y optimización del Sistema de Control Interno.
Sugerir sistemas de mejoramiento continuo y máximo aprovechamiento del talento humano.
Sugerir sistemas de evaluación y control de gestión, basados en indicadores específicos para cada una de las áreas técnicas y de apoyo.
Revisar, analizar y proponer los ajustes necesarios para la adecuada formulación de políticas, planes y programas y los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales.
Las demás que le sean asignadas por el Gobernador del Departamento.

ARTICULO CUARTO. Reuniones Ordinarias del Comité:
Las fechas de reuniones del Comité, así como los objetivos y temas por tratar, serán establecidas por el Gobernador del Departamento del Atlántico, por medio de una circular; y las mismas se realizarán en la última semana de cada mes.
PARAGRAFO. Para la realización del Comité, los integrantes contarán con un informe presentado por la Secretaría de Control Interno.

ARTICULO QUINTO. El temario adicional será sugerido por los integrantes del Comité, ocho (8) días antes de la fecha de reunión, en forma escrita al Secretario del Comité, sin perjuicio de que en la reunión se sugieran o analicen temas adicionales, previa autorización del presidente del Comité.

ARTICULO SEXTO. Reuniones Extraordinarias:
El Comité se reunirá en forma extraordinaria cuando lo convoque el Gobernador del Departamento, con miras al fortalecimiento del Sistema de Control Interno.

ARTICULO SEPTIMO Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas aquellas normas que le sean contrarias.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE ,

Dado en Barranquilla, a los 23 enero de 2001

VENTURA DIAZ MEJIA, Gobernador del Departamento


Contrato de compraventa de equipos de cómputos entre el Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad y Online Future Limitada

El Contratante: Luz Marina Suárez Blanco, gerente Hospital Departamental Juan Domínguez Romero.
El Contratista: Ramón Contreras Miranda, representante de Online Future Limitada.
Objeto: El contratista se compromete a la instalación de cinco computadoras incluyendo los software y las instalaciones respectiva.
Valor: $14.294.500
Plazo: El contrato tendrá una vigencia de un mes.
Fecha: 26 diciembre de 2000


Contrato de compraventa de equipamiento para sala de partos entre el Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad y Hijos de Enrique Roca Ltda

El Contratante: Luz Marina Suárez Blanco, gerente Hospital Departamental Juan Domínguez Romero.
El Contratista: Jaime Roca Donado, representante de Hijos de Enrique Roca limitada.
Objeto: El contratista se compromete a entregar al Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad a título de venta real los siguientes elementos: mesa obstétrica en acero inoxidable de superficie lisa, con base hidráulica obh marca dometal, con sección del cuerpo de posición variable a tredelemburg e inversa, cabecera con movimiento de giro de 180 grados, el cuerpo de la mesa está equipado con platina deslizantes para los carros porta accesorios, acabada en cromo plateado.
Valor: $20.872.500
Plazo: Tendrá vigencia de cinco meses contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento.
Fecha: 18 diciembre de 2000

Contrato de compraventa de equipo médico entre el Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad y Mic Autoclaves

El Contratante: Luz Marina Suárez Blanco, gerente Hospital Departamental Juan Domínguez Romero.
El Contratista: Heberth Jarly García Machado, representante de Mic Autoclaves.
Objeto: El contratista se compromete a entregar al Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad a título de venta real los siguientes elementos: autoclave mic modelo 1042 con capacidad de 125 litros a gas natural, con doble cámara en acero inoxidable calibre 12, tapa tipo araña en acero inoxidable calibre ? presostato con cápsula de mercurio para control de presión en calderín y cámara horizontal, entre otros elementos
Valor: $28.500.000
Plazo: Tendrá vigencia de cinco meses contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento y legalización
Fecha: 19 octubre de 2000

Contrato de compraventa de un horno incinerador de desechos patológicos y orgánicos entre el Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad y Análisis, Mantenimiento, Tecnología A.M.T. Medical Limitada

El Contratante: Luz Marina Suárez Blanco, gerente Hospital Departamental Juan Domínguez Romero.
El Contratista: Guillermo Rodríguez Toledo , representante de Análisis, Mantenimiento, Tecnología A.M.T. Medical Limitada
Objeto: El contratista se compromete a entregar al Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad a título de venta real los siguientes elementos: un horno incinerador de desechos patológicos y orgánicos.
Valor: $29.000.000
Plazo: Tendrá vigencia de cuatro meses contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento y legalización

Contrato de compraventa de equipos de medicina entre el Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad y Codimédica Ltda.

El Contratante: Luz Marina Suárez Blanco, gerente Hospital Departamental Juan Domínguez Romero.
El Contratista: Horacio Galán González, representante de Codimédica Ltda.
Objeto: El contratista se compromete a entregar al Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad a título de venta real los siguientes elementos: equipo de cesárea, equipo de histerectomía, equipo de ortopedia
Valor: $55.876.867
Plazo: Tendrá vigencia de cuatro meses contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento y legalización


Contrato de prestación de servicios y compraventa N?08 celebrado entre la Contraloría General del departamento del Atlántico y Talleres Automotores Rodríguez

El Contratante: María Clara Araújo Llinás, secretaria general, Contraloría Departamental.
El Contratista: Fernando Rodríguez Bustillo, representante Talleres Automotores Rodríguez
Objeto: El objeto de este contrato es el prestar por parte del contratista los servicios técnicos especializados de reparación general de los vehículos de propiedad de la Contralora: Camioneta Chevrolet Rodeo, Automóvil Fial Tempra modelo 95; Camioneta Station Wagon Kia modelo 97, Campero Chevrolet Jimmy modelo 98; Campero Lada 2121 placas Ops -000. 016, 001 y 004 y la venta que el contratista hace a la contraloría y la adquisición a título de compra que ésta hace a aquel de los repuestos originales que sean necesarios para garantizar la operación continua de los vehículos incluida la instalación por parte del Contratista, de los repuesto que se le compran.
Valor: $17.431.700
Plazo: Será de 15 días a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución.


Contrato de compraventa N?09 celebrado entre la Contraloría General del departamento del Atlántico y Jiménez Rueda Distribuciones E.

El Contratante: María Clara Araújo Llinás, secretaria general, Contraloría Departamental.
El Contratista: Oscar Jiménez Sinning, representante Jiménez Rueda Distribuciones E.U.
Objeto: El objeto de este contrato es la venta que el Contratista hace a la Contraloría y la adquisición a título de compra que ésta hace a aquel de útiles de oficina e insumos para computadores.
Valor: $21.068.195
Plazo: Será de 15 días a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución.


Contrato de prestación de servicios N?10 celebrado entre la Contraloría General del departamento del Atlántico y Talleres Automotores Blas Osorio Nárvaez

El Contratante: María Clara Araújo Llinás, secretaria general, Contraloría Departamental.
El Contratista: Blas Osorio Nárvaez.
Objeto: El objeto de este contrato es el prestar servicios profesionales por parte del Contratista, en la asesoría y elaboración de un estudio técnico previo a la reestructuración que debe realizar la Contraloría General del Departamento del Atlántico, en cumplimiento a lo ordenado en la Ley 617 de octubre del 2000 que disminuye casi en un 50%, el presupuesto de la Contraloría General del Departamento, para la vigencia fiscal del año 2001.
Valor: $14.000.000
Plazo: Será de 15 días a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución.

Otrosí N? 05*10*00004. Otrosí N? 1 al convenio de comercialización y venta de licores suscrito entre el Departamento del Atlántico y Empresar Limitada el 06 de octubre de 2000

El Departamento: Marcela Salcedo Jiménez, subsecretaria de presupuesto encargada de las funciones de Secretario de Hacienda.
El Contratista: David Maestre Castro representante de Empresar Limitada.
Objeto: Cláusula primera: Modificar la cláusula primera del convenio objeto de otrosí en el sentido de cambiar el importador de los licores allí descrito.

Contrato N?041 de prestación de servicios de salud suscrito entre la Empresa Social del Estado Hospital Universitario de Barranquilla e Instrumentadora Quirúrgica Costa Caribe LTDA ?IQCC?.

El Hospital: Guillermo Mendoza Santiago; gerente Empresa social del Estado Hospital Universitario de Barranquilla.
El Contratista: Lesbia Romero Polo, representante de Instrumentadora Quirúrgica Costa Caribe Ltda. ?IQCC?.
Objeto: El Contratista se obliga para con el Hospital a la prestación del servicio de 2.464 horas/mes de servicio de Instrumentación Quirúrgica en las instalaciones del hospital, además de asesorar, coordinar el manejo y administración de la central de esterilización, para lo cual el contratista contará con personal idóneo para la realización del servicio contratado, de acuerdo a la programación que realice el Hospital, sin que ello en ningún momento implique subordinación con el Contratante, lo anterior de acuerdo con la propuesta presentada por el Contratista y que hace parte integral del presente contrato.
Valor: $24.640.000
Plazo: Tendrá una duración de noviembre 1? a diciembre 31 del 2000.
Fecha: 18 de octubre de 2000


Contrato N?33*02*00003. Contrato de servicios de aseo suscrito entre el Departamento del Atlántico - Junta Especial Ciudadela Universitaria del Atlántico y Aseo Global Limitada.

El Departamento: Rodolfo Espinosa Meola.
El Contratista: Max Rodríguez Arenas, representante Aseo Global Limitada.
Objeto: El contratista se compromete y obliga para con el Departamento al servicio de aseo en las instalaciones de la Ciudadela Universitaria, de conformidad con su oferta la cual hace parte del presente contrato para todos los fines legales.
Obligaciones del contratista: 1) Cumplir con el objeto del contrato de la forma establecida en su propuesta presentada el día 27 de julio de 2000 la cual hace parte del presente contrato para todos los fines legales. 2) Constituir la garantía a que alude la cláusula sexta. 3) Presentar toda la información{ que el interventor designado por el Departamento le requiera sobre la ejecución del objeto del contrato.
Plazo: Por el término de cinco meses.
Valor: $99.579.780


Contrato de compraventa N?2-051 entre el Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico y la Compañía Pintuco S.A.

El Contratante: Nelcy Villa Estarita, directora Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico.
El Contratista: Jorge Iván Hurtado, representante Compañía Pintuco.
Objeto: el objeto del presente contrato es la compra de los siguientes elementos destinados al Programa de Demarcación Vial Departamental cuya descripción y precios unitarios se detalla a continuación: pintura acrílica amarilla para tráfico, pintura acrílica blanca para tráfico, esferas reflectivas.
Valor: $44.789.614
Plazo: es de 15 días contados a partir de la aprobación de las respectivas pólizas.


Contrato de prestación de servicios N?2-055 celebrado entre el Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico y Proteger Ltda.

El Contratante: Nelcy Villa Estarita, directora Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico.
El Contratista: Mesías Numpaque Piracoca, representante Proteger Seguridad Ltda.
Objeto: El contratista se obliga a prestar el servicio de vigilancia privada de toda las instalaciones del instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico ubicado en la calle 45 carrera 27 esquina incluido el Patio N?2, las agencias de Puerto Colombia, Galapa y el Parque Didáctico de Tránsito ubicado en Soledad, responder por los bienes muebles e inmuebles del Instituto, de acuerdo a los turnos discriminados, así: 1) Dos turnos de 24 horas para la sede de Murillo, incluido el Patio N?2, por el valor de 2.670.570 cada turno para un total de $5.341.140 mensuales, servicio que comprende la custodia y vigilancia de todos los vehículos, enseres y demás bienes muebles que ingresen y salgan debidamente inventariados a dicho patio previa orden del Jefe de la Unidad de Operaciones. Parágrafo: En vista de que la empresa Proteger Seguridad Ltda viene prestando el servicio de vigilancia privada en el Instituto, el inventario de vehículos detenidos en el patio 2, lo mismo que los inventarios de las agencias y el parque didáctico recibidos en el contrato anterior, N?2-027 de junio 28/2000, continúan vigentes y harán parte integral de este contrato. 2) Un turno de 24 horas para la Agencia de Tránsito de Puerto Colombia, por valor de $2.670.570 mensual. 3) Un turno de 24 horas para la Agencia de Tránsito de Galapa por valor de 2.670.570 mensuales 4) Un turno de 24 horas para el parque didáctico de tránsito ubicado en Soledad por valor de $2.670.570 mensuales.
Valor: $29.376.270
Plazo: Es de tres meses para las Agencias de Puerto Colombia, Galapa y el Parque Didáctico de Tránsito ubicado en Soledad y un mes para la sede Murillo, en virtud a que el instituto trasladará estas oficinas para el edificio de la Gobernación, contados a partir del 1 de enero hasta el 31 de marzo del 2001, previa aprobación de las pólizas respectivas.


Contrato de prestación de servicios profesionales N?016 entre el Instituto Departamental de Transportes y el señor Jesús María Audivet Gaviria.

El Contratante: Nelcy Villa Estarita, directora Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico.
El Contratista: Jesús María Audivet Gaviria.
Objeto: El objeto del presente contrato es: a) prestar sus servicios profesionales como abogado externo en la asistencia y defensa técnica en los procesos que cursan contra el Instituto b) Las consultas escritas o verbales que se sometan a consideración y estudio c) Informar a la jefatura de la Oficina Legal del Instituto, de las actuaciones y procesos en que sea parte o tenga interés el Instituto.
Obligaciones del Contratista: El Contratista se obliga a: a) Prestar sus servicios profesionales al instituto de acuerdo al objeto contratado b) Afiliarse al Sistema de Seguridad Social en Salud y en Pensiones previstos en la Ley 100 de 1993 c) Presentar certificado de antecedentes disciplinarios y certificado de antecedentes penales expedido por el Das d) Diligenciar el Formato Unico de Hoja de Vida y Formato de Declaración juramentada de los bienes y actividades económicas e) Las demás obligaciones que corresponden a la naturaleza del contrato.
Valor: $1.600.000
Plazo: Dos meses contados a partir de la fecha de aprobación de la póliza.
Fecha: 30 octubre de 2000


Contrato de prestación de servicios profesionales N?017 entre el Instituto Departamental de Transportes y la señora Paola Torres D?Nubbila

El Contratante: Nelcy Villa Estarita, directora Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico.
El Contratista: Paola Torres D? Nubbila.
Objeto: El objeto del presente contrato es: a) prestar asesoría en materia administrativa en lo relacionado a la rendición de cuentas a las entidades de control, manejo de políticas de endeudamiento con entidades bancarias, manejo de fondos especiales y fórmulas para el mejoramiento de recaudos de la entidad.
Obligaciones del Contratista: El Contratista se obliga a: a) Prestar sus servicios profesionales al instituto de acuerdo al objeto contratado b) Afiliarse al Sistema de Seguridad Social en Salud y en Pensiones previstos en la Ley 100 de 1993 c) Presentar certificado de antecedentes disciplinarios y certificado de antecedentes penales expedido por el Das d) Diligenciar el Formato Unico de Hoja de Vida y Formato de Declaración juramentada de los bienes y actividades económicas e) Las demás obligaciones que corresponden a la naturaleza del contrato.
Valor: $2.2.50.000
Plazo: Tendrá una duración de 45 días contados a partir de la fecha de aprobación de la póliza.
Fecha: 15 noviembre de 2000


Contrato de prestación de servicios profesionales N?016 entre el Instituto Departamental de Transportes y el señor Jesús María Audivet Gaviria.

El Contratante: Nelcy Villa Estarita, directora Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico.
El Contratista: Jesús María Audivet Gaviria.
Objeto: El objeto del presente contrato es: a) prestar sus servicios profesionales como abogado externo en la asistencia y defensa técnica en los procesos que cursan contra el Instituto b) Las consultas escritas o verbales que se sometan a consideración y estudio c) Informar a la jefatura de la Oficina Legal del Instituto, de las actuaciones y procesos en que sea parte o tenga interés el Instituto.
Obligaciones del Contratista: El Contratista se obliga a: a) Prestar sus servicios profesionales al instituto de acuerdo al objeto contratado b) Afiliarse al Sistema de Seguridad Social en Salud y en Pensiones previstos en la Ley 100 de 1993 c) Presentar certificado de antecedentes disciplinarios y certificado de antecedentes penales expedido por el Das d) Diligenciar el Formato Unico de Hoja de Vida y Formato de Declaración juramentada de los bienes y actividades económicas e) Las demás obligaciones que corresponden a la naturaleza del contrato.
Valor: $1.600.000
Plazo: Dos meses contados a partir de la fecha de aprobación de la póliza.
Fecha: 30 octubre de 2000


Contrato de compraventa N?2-045 entre el Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico y Verytel Ltda

El Contratante: Nelcy Villa Estarita, directora Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico.
El Contratista: Raúl Arias Guarín , representante Verytel Ltda.
Objeto: el objeto del presente contrato es la compra y venta de equipos de comunicación, instalación de los mismos, puesta en marcha y capacitación para las Agencias de Puerto Colombia, Galapa y Murillo de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en la oferta de fecha septiembre 7/2000, la cual hace parte integral de este contrato de forma tal que se logre la conexión de los equipos informáticos de las agencias.
Valor: $30.724.029
Plazo: La entrega de la solución totalmente funcional será 60 días hábiles después de la entrega del anticipo. El contratista se compromete a configurar e instalar los equipos en la ciudad de Barranquilla, Puerto Colombia y Galapa, capacitar al personal para la programación y el manejo de los equipos según lo estipulado en la propuesta.


Contrato de obra N? 2-046 celebrado entre el Instituto Departamental de Transportes y el señor Juan Manuel Alvarez

El Contratante: Nelcy Villa Estarita, directora Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico.
El Contratista: Juan Manuel Alvarez.
Objeto: El contratista se obliga para con el Instituto, a ejecutar, por el sistema de precios unitarios, la obra: Adecuaciones varias en el acceso de las nuevas instalaciones del Instituto de Transporte y Tránsito del Atlántico en el edificio de la Gobernación.
Valor: $29.147.950
Plazo: Será de 45 días calendario.
Fecha: 09 octubre de 2000


Contrato de suministro, transporte e instalación N? 2-048 celebrado entre el Instituto Departamental de Transportes y el señor Salim Suz Maya

El Contratante: Nelcy Villa Estarita, directora Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico.
El Contratista: Salim Suz Maya.
Objeto: El presente contrato tiene por objeto el suministro, transporte e instalación de 11 paraderos de buses y una baranda de protección peatonal, por el sistema de precisos unitarios dentro del programa de demarcación y señalización vial del Departamento del Atlántico.
Valor: $63.565.725
Plazo: Sesenta días calendario, contados a partir de la entrega del anticipo del contratista.
Fecha: 20 octubre de 2000

Ampliación de la prórroga al contrato A.P. 001/99 de distribución y comercialización de talonarios oficiales del juego de apuestas permanentes en la ciudad de Barranquilla y el Departamento del Atlántico, suscrito entre la Empresa de Loterías y Apuestas Permanentes del Atlántico y Carr-Gar Carrascal Garcés & Cia Ltda.

El Contratante: Luis Fernando Polo Hernández , representante de la Empresa de Loterías y Apuestas Permanentes.
El Contratista: María Soledad Garcés Salazar, representante de Carr-Gar Carrascal Garcés &Cía Ltda.
Objeto: Ampliar la prórroga del contrato AP 001/99 suscrito con Carr-Gar, Carrascal Garcés & Cía Ltda., por el término de un mes, cuyo objeto lo constituye la distribución y comercialización de Talonarios Oficiales del Juego de Apuestas Permanentes que la Contratante suministrará al Contratista para que éste ciñéndose a todas las normas que rige la materia y sometiéndose durante las etapas contractuales , a la vigencia y control de la entidad Contratante, realice por su cuenta y riesgo todos los actos comerciales inherentes al Plan de Premios establecido legalmente para la explotación del juego de apuestas permanentes, siendo su exclusiva responsabilidad todos los actos u omisiones de sus agentes, colocadores, vendedores y promotores (pachangueros).
Valor: $11.900.000
Plazo: Será de un mes contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento.


Ampliación de la prórroga al contrato A.P. 004/99 de distribución y comercialización de talonarios oficiales del juego de apuestas permanentes en la ciudad de Barranquilla y el Departamento del Atlántico, suscrito entre la Empresa de Loterías y Apuestas Permanentes del Atlántico y Carrascal Robles & Cia Ltda.

El Contratante: Luis Fernando Polo Hernández , representante de la Empresa de Loterías y Apuestas Permanentes.
El Contratista: Adiel Carrascal Numa, representante de Carrascal Robles &Cía Ltda.
Objeto: Ampliar la prórroga del contrato AP 004/99 suscrito con Apuestas Permanentes Olímpico S.A., por el término de un mes, cuyo objeto lo constituye la distribución y comercialización de Talonarios Oficiales del Juego de Apuestas Permanentes que la Contratante suministrará al Contratista para que éste ciñéndose a todas las normas que rige la materia y sometiéndose durante las etapas contractuales , a la vigencia y control de la entidad Contratante, realice por su cuenta y riesgo todos los actos comerciales inherentes al Plan de Premios establecido legalmente para la explotación del juego de apuestas permanentes, siendo su exclusiva responsabilidad todos los actos u omisiones de sus agentes, colocadores, vendedores y promotores (pachangueros).
Valor: $17.000.000
Plazo: Será de un mes contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento.


Modificación bilateral que forma parte integral del contrato A.P. 28 de concesión para la explotación del Juego de Apuestas Permanentes en la Ciudad de Barranquilla y el Departamento del Atlántico suscrito entre la Empresa de Loterías y Apuestas Permanentes del Atlántico y Apuestas La Arenosa y Curramba ltda, el día 29 de septiembre de 1998.

El Contratante: Juan Manuel Sánchez Vergara, Empresa de Loterías y Apuestas Permanentes del Atlántico.
El Contratista: Renato Pardo Donado, Apuestas La Arenosa y Curramba Ltda.
Objeto: a) La cláusula segunda relativa al valor quedará así: Segunda: Valor: Las partes acuerdan que el valor de la presente modificación será la suma de $14.875.000 constituido por el valor de la regalía, más los derechos que cause el suministro de los formularios, en función del costo de su elaboración, de acuerdo con la cantidad que se compromete a adquirió el Concesionario durante el término de la presente concesión. El costo de elaboración de los talonarios será el que se determine en el contrato o contratos que para el efecto celebre la entidad concedente. B) Cantidad de talonarios a adquirió: el Concesionario se obliga a adquirió un mínimo de 10 cajas de 500 talonarios de 50 formularios equivalente a 5 cajas mensuales, las cuales comprará a la concedente dentro del correspondiente mes contractual. En caso de retardo, éste pagará a la entidad concedente a título de mora el interés diario sobre valor de los talonarios no adquiridos, el cual será liquidado conforme a lo establecido en el Código de Comercio para este tipo de intereses, este liquidará y pagará automáticamente por parte del Concesionario.
Plazo: Será de dos meses contados a partir de 30 de marzo de 1999.
Fecha: 30 de marzo de 1999.


Ordenanza N?000001 por medio de la cual se autoriza al Gobernador del Departamento del Atlántico a celebrar un convenio con el Ministerio de Educación.

La Asamblea Departamental del Atlántico, en uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas en el numeral 9? del artículo 300 de la C.N. numeral 10? del artículo 60 del Decreto 1222 de 1986, numeral 11 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 9 de la Ley 179 de 1994.

Ordena:

Artículo Primero: Autorizar al Gobernador del Departamento para suscribir un convenio con el ministerio de Educación Nacional y los convenios adicionales que sean necesarios, tendiente a la puesta en marcha y ejecución del programa Nuevo sistema Escolar: Transformación de la Gestión y Participación Educativa.
Artículo Segundo: La presente ordenanza rige a partir de la fecha de su promulgación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase

Dada en Barranquilla

Miguel Salomón Calvano, Presidente
Edgar Beltrán Romero, primer vicepresidente
Adolfo Pacheco Anillo, segundo vicepresidente

Daysy Assis D? Arco, Secretaria General

Esta ordenanza recibió los tres debates reglamentarios de la siguiente manera:

Primer debate diciembre 14 de 2000
Segundo debate diciembre 21 de 2000
Tercer debate diciembre 22 de 2000

Daysy Assis D?Arco, secretaria General

Gobernación del Departamento del Atlántico. Sanciónese la presente Ordenanza N?000001 del 24 de enero de 2001.

Ventura Díaz Mejía Gobernador.


Contrato estatal de obras pública

El Municipio: Astrid Barraza Mora, alcaldesa de Soledad
El Contratista: Julio Cera Noriega.
Objeto: Tiene por objeto ejecutar por el sistema de precisos unitarios de las obras de Muro de Cerramiento en la I.E. Básica N?9.
Valor: $11.548.849
Plazo: Es de 60 días calendario a partir de la fecha de su perfeccionamiento

Contrato de obra civil N?17 de 4 noviembre 2 de año 2000

El Contratante: Nicolás Solano Julio, alcalde de Repelón.
El Contratista: Efraín Cucunuba Bermúdez.
Objeto: El contratista se obliga para con el municipio de Repelón a ejecutar las obras de construcción nuevo matadero de la cabecera municipal de Repelón Atlántico.
Obligaciones del contratista: Se obliga para con el Municipio de Repelón: 1) Emplear materiales y elementos de la mejor calidad y durabilidad. 2) Contratar personal calificado para responder por la calidad de la obra. 3) Iniciar las obras dentro de los cinco días siguientes a la entrega del anticipo y entregar la obra dentro del término y con las especificaciones pactadas; las demás inherentes al contrato.
Valor: $90.000.000
Plazo: Será de 90 días calendario contados a partir de su perfeccionamiento
Fecha: 2 de noviembre de 2000


Contrato de suministro entre la Empresa Social del Estado y José Luis Villar Múñoz

El Contratante: Arturo Castillo Velasco, gerente de la Ese Hospital Departamental de Sabanalarga.
El Contratista: José Luis Del Villar Múñoz
Objeto: El contratista se compromete a suministrar a la Empresa Social del Estado Hospital de Sabanalarga un equipo de Transductor lineal de 3.5 MHZ , para ecógrafo Siemens. Modelo 250 SL de Sabanalarga.
Obligaciones del contratista: Se obliga para con el Municipio de Repelón: 1) Emplear materiales y elementos de la mejor calidad y durabilidad. 2) Contratar personal calificado para responder por la calidad de la obra. 3) Iniciar las obras dentro de los cinco días siguientes a la entrega del anticipo y entregar la obra dentro del término y con las especificaciones pactadas; las demás inherentes al contrato.
Valor: $5.200.000
Plazo: Será de cinco días siguientes a la entrega de la respectiva orden de compra



Contrato de prestación de servicios temporales, trabajadores en misión entre la Empresa Social del Estado Hospital Departamental de Sabanalarga y la Empresa Facturación y Admisiones Limitada

El Contratante: Arturo Castillo Velasco, gerente de la Ese Hospital Departamental de Sabanalarga.
El Contratista: Yoel De la Hoz Mercado, representante de Facturación y Admisiones Limitada.
Objeto: Es la prestación de servicios temporales, mediante la labor desarrollada por personas naturales, contratada directamente por la empresa de servicios temporales, estas personas naturales que desarrollan la labor, tarea o servicios contratados en la empresa usuaria, para los efectos legales son llamados trabajadores en misión, las personas requeridas para el desarrollo de los servicios serán dos o tres técnicos de acuerdo a la necesidad del servicio, realizando labores de admisión de pacientes y estarán bajo la coordinación del supervisor de facturación quien deberá establecer el número de personas que requieran en le área respectiva y al mismo tiempo debe certificar el servicio prestado.
Valor: $4.000.000
Plazo: Tendrá una duración de dos meses contados a partir del 1 de octubre hasta el 30 de noviembre del año 2000.


Contrato de prestación de servicios profesionales entre la Empresa Social del Estado Hospital universitario de Barranquilla y Javier Fontalvo López

El Contratante: Guillermo León Mendoza, gerente de la Ese Hospital Universitario de Barranquilla.
El Contratista: Javier Fontalvo López
Objeto: El contratista se compromete a realizar todas las acciones necesarias para el pronto y debido cobro pre-judicial y judicial de la cartera de El Hospital.
Valor: $1.000.000
Plazo: Será de tres años, contados a partir de la aprobación por parte del Hospital de la póliza de garantía.
Fecha: 28 de noviembre de 2000

Contrato de prestación de servicios de salud entre la Empresa Social del Estado Hospital universitario de Barranquilla y Unidad Toxicológica del Caribe Limitada

El Contratante: Guillermo León Mendoza, gerente de la Ese Hospital Universitario de Barranquilla.
El Contratista: Agustín Guerrero Salcedo, Unidad Toxicológica del Caribe limitada
Objeto: El contratista se obliga para con el Hospital a la prestación del servicio de Medicina Especializada en Toxicología, mensualmente interconsultas 60, en las instalaciones de la Empresa Social del Estado Hospital Universitario de Barranquilla, para lo cual el contratista contará con personal idóneo para la realización del servicio contratado, de acuerdo a la programación que realizada entre las partes, sin que ello en ningún momento implique subordinación con El Hospital, lo anterior de acuerdo con la propuesta presentada por el Contratista y que hace parte integral del presente contrato.
Valor: $1.286.520
Plazo: Tendrá una duración de dos meses y 21 días, a partir del 10 de octubre del 2000 a 31 de diciembre del 2000
Fecha: 14 de octubre de 2000

Contrato de prestación de servicios de salud entre la Empresa Social del Estado Hospital universitario de Barranquilla y Cooperativa de Trabajo Asociado de Profesionales de la Salud - Servicio Coonsalud

El Contratante: Guillermo León Mendoza, gerente de la Ese Hospital Universitario de Barranquilla.
El Contratista: Alfredo Niño Maldonado, representante de Cooperativa de Trabajo Asociado de Profesionales de la Salud Coonsalud.
Objeto: El contratista se obliga para con el Hospital a la prestación del servicio del servicio de Urología y mensualmente deberá realizar los siguientes eventos: consultas externas 80, interconsultas 5 cirugías 5 en las instalaciones del Contratante para lo cual contará con personal idóneo para la realización del servicio contratado, de acuerdo a la programación que realice El Hospital sin que ello en ningún momento implique subordinación con el Contratante, lo anterior de acuerdo con la propuesta presentada por el Contratista y que hace parte integral del presente contrato.
Valor: $3.888.030
Plazo: Tendrá una duración de tres meses y 19 días , a partir del 12 de septiembre al 31 de diciembre de 2000.
Fecha: 12 septiembre de 2000

Convenio de comercialización y venta de licor nacional y extranjero suscrito entre el Departamento del Atlántico y Distribuidora de Licores Limitada.

El Departamento: Marcela Salcedo Jiménez, subsecretaria de presupuesto encargada de las funciones del Secretario de Hacienda.
El Contratista: Miguel Antonio Vélez Arango, representante de Distribuidora de Licores Limitada.
Objeto: El Departamento otorgará exclusividad al Contratista, la comercialización y venta del licor nacional y extranjero que se relaciona a continuación dentro de la jurisdicción del Departamento del Atlántico. Lista licor nacional: Brandy Don Pedro (Pedro Domecq Colombia S.A.), Brandy Domecq (Pedro Domecqu Colombia S.A). Lista de licor extranjero: whisky Highland supreme Blended Scotch (Pedro Domecq Colombia S.A) Licor Bitter Campari (Marpico S.A.)
Valor: $2.846.160
Plazo: Será de un año contado a partir de la aprobación de la garantía a que alude la cláusula sexta.
Fecha: 14 de octubre de 2000

Otrosí N?36*10*00001. Otrosí N?1 al contrato N?36*000003 suscrito entre el Departamento del Atlántico y el Heraldo Ltda el 09 de marzo de 2000

El Departamento: Rodolfo Espinosa Meola, Gobernador
El Contratista: Juan Fernández Renowitzky, representante del El Heraldo Ltda.
Objeto: Cláusula primera: modifícase el valor del contrato sin formalidades plenas objeto de otrosí en el sentido de adicionar en $2.500.000 el valor inicialmente convenido. Cláusula segunda: De conformidad con lo señalado en la cláusula primera amplíese la cuantía de todos los riesgos que ampara la garantía del contrato objeto de otrosí. Cláusula tercera: El valor adicionado se imputará y subordinará al capitulo 0201010102 Artículo 2028 del presupuesto de rentas y gastos del Departamento de 2000.

 

     Publicado: Wednesday, January 31, 2001    

 

 
........